Cambios en las bajas temporales

Iniciado por +gvr, Abril 26, 2021, 12:33:33 pm

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+gvr

Abril 26, 2021, 12:33:33 pm Ultima modificación: Abril 26, 2021, 20:37:43 pm por +gvr
Recientemente cambió el Regalmento General de Vehículos limitando a un año las bajas temporales de los vehículos inactivos. No tiene efectos retroactivos por lo que la bajas tramitadas hasta el 15 de abril son indefinidas, pero las que se tramites a posteriori las hay que renovar anualmente.

No creo que haya muchos foreros que se planteen esta situación para hacer un proxecto de camperización a largo plazo, pero por si acaso sirva esto para que lo tenga presente.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1999-1826&p=20210414&tn=1#a36

Artículo 36. Bajas temporales.

1. Los vehículos matriculados causarán baja temporal en el Registro de Vehículos en los casos siguientes:


a) Cuando su titular manifieste expresamente la voluntad de retirarlos temporalmente de la circulación.

Las bajas temporales de los vehículos cuyo titular manifieste su voluntad de retirarlos temporalmente de la circulación tendrán una duración de 1 año desde la fecha de solicitud de baja temporal. Pasado ese plazo sin que previamente el interesado solicite la prórroga la situación de baja temporal, finalizará la baja temporal y el vehículo volverá a estar en situación activa.

Las prórrogas del plazo de baja temporal se podrán solicitar a la Jefatura de tráfico como máximo 2 meses antes de la fecha de finalización de la baja temporal.
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

eskerrikasko


barbatxano

Gracias por la info ...  ;)

Bastante más preocupante es el reciente decreto 265/2021 del pasado 13 de abril sobre el final de la vida útil de los vehículos ...  >:(  >:(


Disposición final primera. Modificación del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.

Tres. Se sustituye el artículo 35 que queda redactado de la siguiente forma:

«Artículo 35. Bajas definitivas.

5. En el caso de que cualquier Jefatura de Tráfico acuerde la baja definitiva de oficio, mediante la oportuna resolución, por existir la presunción de que el vehículo no existe o no circula al no haberse cumplido las exigencias en materia de inspección ITV obligatoria y de seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria en los últimos diez años. Esta baja definitiva de oficio, en cualquier caso, no impide que si el vehículo cumple a posteriori las condiciones para poder volver a obtener la autorización administrativa para circular, pueda ser rehabilitado.


Es decir, que si detectan que tienes un vehículo sin pasar ITV ni pagas seguro desde hace 10 años, aunque estes pagando religiosamente su impuesto municipal, te lo pueden dar de baja definitiva sin más ...  :o  :o

Aunque luego dicen que sea posible darlos de alta de nuevo, a qué fin darlos de baja ? A mí no me afecta para nada, pero a cuñados de amigos de primos de unos que conocen a una sobrina de mi ahijado, si ...  :P

+gvr

Cita de: barbatxano en Abril 26, 2021, 15:34:52 pmGracias por la info ...  ;)

Bastante más preocupante es el reciente decreto 265/2021 del pasado 13 de abril sobre el final de la vida útil de los vehículos ...  >:(  >:(


Disposición final primera. Modificación del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.


Tres. Se sustituye el artículo 35 que queda redactado de la siguiente forma:

«Artículo 35. Bajas definitivas.

5. En el caso de que cualquier Jefatura de Tráfico acuerde la baja definitiva de oficio, mediante la oportuna resolución, por existir la presunción de que el vehículo no existe o no circula al no haberse cumplido las exigencias en materia de inspección ITV obligatoria y de seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria en los últimos diez años. Esta baja definitiva de oficio, en cualquier caso, no impide que si el vehículo cumple a posteriori las condiciones para poder volver a obtener la autorización administrativa para circular, pueda ser rehabilitado.


Es decir, que si detectan que tienes un vehículo sin pasar ITV ni pagas seguro desde hace 10 años, aunque estes pagando religiosamente su impuesto municipal, te lo pueden dar de baja definitiva sin más ...  :o  :o

Aunque luego dicen que sea posible darlos de alta de nuevo, a qué fin darlos de baja ? A mí no me afecta para nada, pero a cuñados de amigos de primos de unos que conocen a una sobrina de mi ahijado, si ...  :P

Parecido pero distinto  ;)

"... por existir la presunción de que el vehículo no existe o no circula al no haberse cumplido las exigencias en materia de inspección ITV obligatoria y de seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria en los últimos diez años..."

ITV Y seguro obligatorio. O sea que cruzan bases de datos para darlos de baja de oficio.
No le veo un problema mayor y creo que tiene por finalidad última el que el registro de vehículos esté actualizado.

El registro de la inspeción y da la vigencia del seguro se cotejan en un periquete pero lo importante es que el no tenerlos vigentes puede derivar en responsabilidades penales indirectas.

El pagar o no un impuesto de matriculación no deja de ser una cuestión administrativa y como es un impuesto transferido a los ayuntamientos pues no hay capacidad centralizada para hacer un seguimiento por parte de la DGT.
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

barbatxano

Cita de: barbatxano en Abril 26, 2021, 15:34:52 pmEs decir, que si detectan que tienes un vehículo sin pasar ITV ni pagas seguro desde hace 10 años, aunque estes pagando religiosamente su impuesto municipal, te lo pueden dar de baja definitiva sin más ...  :o  :o 

Cita de: +gvr en Abril 26, 2021, 16:08:48 pmParecido pero distinto  ;)

ITV Y seguro obligatorio. O sea que cruzan bases de datos para darlos de baja de oficio.
No le veo un problema mayor y creo que tiene por finalidad última el que el registro de vehículos esté actualizado.

El registro de la inspeción y da la vigencia del seguro se cotejan en un periquete pero lo importante es que el no tenerlos vigentes puede derivar en responsabilidades penales indirectas.

Había visto el matiz de ambos dos requisitos ...  ;)

Más útil sería para todos que en vez de dar de baja de oficio por esas razones a vehiculos sin saber si se mueven, multasen más a los que circulesen sin esos requisitos. Todos los radares de velocidad leen perfectamente las matrículas y pueden comorobar fácilmente si cada vehículo lkeva al día seguro y/o ITV. Sería más beneficioso para la seguridad de todos, aunque crearía mucho descontento, claro ...  ;D

+gvr

Abril 26, 2021, 17:04:31 pm #5 Ultima modificación: Abril 26, 2021, 20:36:59 pm por +gvr
Cita de: barbatxano en Abril 26, 2021, 16:53:53 pmHabía visto el matiz de ambos dos requisitos ...  ;)

Más útil sería para todos que en vez de dar de baja de oficio por esas razones a vehiculos sin saber si se mueven, multasen más a los que circulesen sin esos requisitos. Todos los radares de velocidad leen perfectamente las matrículas y pueden comorobar fácilmente si cada vehículo lkeva al día seguro y/o ITV. Sería más beneficioso para la seguridad de todos, aunque crearía mucho descontento, claro ...  ;D

Si, también. Totalmente de acuerdo

De las bajas de oficio veo la ventaja que se deje de usar el argumento del parque móvil muy viejo para beneficiar ciertas cuestiones en detrimento de otras realidades. Por ejemplo, el caso de la accidentalid que muchas veces en dice entender en base la antigüedad del parque automovilistico cuando este no es el que se dice porque no tiene sentido que se computen coches que no circulan...
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barbatxano

Y no sigamos, que me pongo triste ...  .nono

Ahora el lobby admite un vehículo con más de 7 años para el plan renove ...  .panico

Eso sí, debe tener la ITV pasada. Vamos que nada de que la peña se deshaga de los zarrios que tengan por ahí ...  :o  :o


barbatxano

Cita de: +gvr en Abril 27, 2021, 21:37:17 pmPues parece que el motivo de no hacer las bajas definitivas es para evitar el engaño...

Ya conocía el tema. Y vuelvo a lo mismo: nos machacan con la velocidad, cuando hay otros muchos temas en los que podían meter caña, sin fastidiar a la gente que no engaña y que tiene coches de baja temporal esperando a tener tiempo, ganas y/o dinero para ponerlos de nuevo en circulación, o por mero sentimentalismo ...  :roll:

Matutano

Cita de: +gvr en Abril 26, 2021, 16:08:48 pm... como es un impuesto transferido a los ayuntamientos pues no hay capacidad centralizada para hacer un seguimiento por parte de la DGT.


 .meparto  .meparto  .meparto  que cachondo eres