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¿Homologar o no homologar?

Iniciado por jonatino25, Marzo 14, 2014, 09:02:25 am

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perroflautero

Comprendo lo que dices sobre el borrador pero la informacion no es ni buena ni mala, es el uso que se hace de ella, y siempre  pienso que cada uno es mayorcito y responsable (optimista que soy) y no van a hacer mal uso de ella.

Ademas es culpa tuya ;) decirme que el documento existe y que no es de publico acceso es una provocacion para mi ;D

Y en ultimo extremo la confusion existe incluso con el manual actual, tengo la sensacion de que nadie los lee y que los que los leemos tampoco nos aclaramos mucho con su contenido, es dificil que empeore por tener acceso al borrador.

En mi caso me ha venido bien, queria poner una simple rejilla de ventilacion y actualmente es algo carisimo de hacer pero veo que de aprobarse el texto actual del borrador dejara de ser considerado reforma, asi que me voy a esperar y no hacer nada por el momento ante la posibilidad de que pronto pueda hacerlo con un minimo coste.

Saludos

jonatino25

hola, acabo de hablar con un amiguete que trabaja en la itv de vitoria, me a dicho que la calefaccion estacionaria tendria que homologar para que pase la itv la furgo. Las bases giratorias y la bateria que como no se ven que no abria problema para que pase la itv pero que deberia de homologarlas tambien.
Voi a informarme para homologar estas cosas teniendo la furgo como turismo, sino igual pensaria en pasarla a vehiculo vivienda. De momento esperare la respuesta de tuninghomogaciones. un saludo

Datsun

Cita de: proingetec en Marzo 17, 2014, 12:25:08 pm
Lo primero es que es cierto la diferencia entre homologar y legalizar reformas. Homologar lo hacen los fabricantes y los servicios técnicos autorizados. Legalizar lo hace Industria a través de las ITVs en las que hay que presentar una serie de documentación (ahí es donde entramos nosotros). Lo que se legaliza o anota en la ficha técnica como reforma es porque está instalado y cumple con lo que tiene que cumplir al ser instalado dicho elemento.

Tema calefacciones: ésto salió nuevo en 2011, y lo dejaron muy en el aire. El propio manual de reformas indica que los aparatos de aire acondicionado que no modifiquen la estructura del vehículo no se considerarán reforma. Distinto es que se modifique el sistema de admisión de combustible del vehículo, eso ya es otro cantar.

Tema toldos y portabicis: un turismo es un vehículo que por definición está pensado para el transporte de personas y sus equipajes, nada más. Los toldos y portabicis "fijos" es algo que no se consideran reforma en los vehículos "vivienda". Un turismo "a secas" no es algo que esté pensado como para que tenga que llevar un toldo obligatoriamente, así que se si monta, se debe legalizar como otro elemento cualquiera más del exterior de la carrocería.

También es cierto que con la nueva corrección que está en fase de borrador y que tenemos entre manos (no todas las empresas tienen acceso a ésto, ni a saber ni a opinar sobre los posibles cambios que pueda haber), indica que los toldos y portabicis no se considerarán reforma, independientemente del vehículo que se trate. Ahora bien, ésto como digo es lo que aparece en el borrador, que está en fase de análisis por las empresas y estamentos del sector como nosotros. No se sabe si saldrá así en un futuro ni a partir de cuándo estará vigente y se aplicará. A día de hoy, un toldo, un portabicis, o algo fijo en un vehículo turismo se debe legalizar como un elemento incorporado en el exterior de la carrocería.

Un saludo

En los turismos no puede transportar mercaderías, pero ademas de personas y equipaje puedes transportar material de acampada, material deportivo,  tanto en el interior como sobre el vehículo. No tengo clara la normativa sobre cuanto puede sobresalir una bicicleta o un piragua por la parte posterior, pero estoy seguro que es legal llevarla. También podemos llevar "elementos de retención infantil" y no se de nadie que en la ITV le hayan dicho que tiene que legalizar la instalación de la "Sillita".

Toldo y portabicis = material de acampada/deportivo NO son elementos que formen parte del vehículo. El vehículo no ha sido modificado, simplemente "los llevas"

Hay que tener en cuenta que cualquier accesorio que compremos (baca, portabicis, toldo...) está homologado y si no lo está quien es ilegal es el fabricante/vendedor y el usuario/furgonetero,  otra cosa es que cojas un toldo domestico o cojas 4 hierros y te hagas un portabicis. Si se tuviera que legalizar los toldos y portabicis cuando los compras te darían un certificado para rellenar por el taller de montaje igual que cuando compras una bola de remolque.

jonatino25

Hola, e ablado con tuning homologaciones y si que se puede homologar la calefacción, la batería y las bases deslizantes a un vehículo que esta como turismo, en cambio me imagino que muebles no se pueden homologar a un turismo. Otra cosa seria pasarla a vehículo vivienda pero tendría que tener modulo cama, modulo armario y modulo con encimera.
Lo que haré sera homologar estas modificaciones y tener la fula como turismo así puedo circular a 120 km/h y pasar la itv cada año a partir de los 10 años. Paso la itv en mayo y me darán para dos años mas y luego cada año.
El problema es cuando llevo unas tablas para hacer la cama que al ser un turismo solo podría llevar cosas personales o de camping y no carga. Me arriesgare a que no me digan nada la policía, bastante que homologo la calefa, las bases deslizantes y la batería.
Un saludo


perroflautero

Sin pasarlo a vivienda los unicos que pueden llevar muebles instalados son los vehiculos taller pero no se puede hacer taller en los M1
La cosa seria hacer pasar la cama como equipo de camping cuando viajas, quizas dentro de una funda...

Malay

Marzo 19, 2014, 16:14:07 pm #35 Ultima modificación: Marzo 19, 2014, 16:22:08 pm por Malay
Cita de: perroflautero en Marzo 14, 2014, 16:58:23 pm
"El asegurado declara que el vehiculo objeto de las coberturas cumple las obligaciones legalesde orden tecnico (incluido itv) relativas al estado de seguridad y que ha sido informado de las consecuencias contractuales del incumplimiento de dichas obligaciones"
Esta clausula es tipica en todos los seguros y todas las compañias aseguradoras, quiere decir que el contrato de seguro no es valido o lo que es lo mismo que no tienes seguro.
Instalar una base giratoria se considera reforma de importancia, si no se ha legalizado estas incumpliendo los compromisos contractuales con tu seguro por lo que la poliza no es valida. No es necesario que el causante del accidente sea la reforma sin legalizar, desde el momento que circulas en esas condiciones has roto los compromisos contractuales con tu seguro y por tanto NO TIENES SEGURO, ni siquiera es necesario que tengas un accidente, circulas sin seguro de ningun tipo.
Preguntale a tu seguro directamente (no a un amigo) que es lo que ocurre si circulas con una reforma de importancia que no ha sido legalizada.
No animes a nadie a circular en esas condiciones, al menos que sepa lo que se esta jugando y actue en consecuencia.


Joder perroflautero yevo unas horas por el foro y no hago mas que leer cosas tuyas y de itvs! te llevas comision o q??? .meparto .meparto .meparto si algun dia tengo dudas espero que no te importe te mandare un privi por que se te ve bastante puesto en el tema.

   si no me equivoco (que semos humanos .malabares), que legalmente teneis una semana para formalizar cualquier reforma. Por lo que si tubieses la mala pata de que te pase cualquier cosa...siempre puedes alegar que acabas de montarlo y estas en tu tiempecito LEGAL de decidir si lo dejas o lo quitas y hacer los tramites necesarios.

perroflautero

Cita de: Malay en Marzo 19, 2014, 16:14:07 pm
Joder perroflautero yevo unas horas por el foro y no hago mas que leer cosas tuyas y de itvs! te llevas comision o q??? .meparto .meparto .meparto si algun dia tengo dudas espero que no te importe te mandare un privi por que se te ve bastante puesto en el tema.

   si no me equivoco (que semos humanos .malabares), que legalmente teneis una semana para formalizar cualquier reforma. Por lo que si tubieses la mala pata de que te pase cualquier cosa...siempre puedes alegar que acabas de montarlo y estas en tu tiempecito LEGAL de decidir si lo dejas o lo quitas y hacer los tramites necesarios.


Pues no, no tengo nada que ver con itv ni ingenieros, pero me he leído todas las puñeteras leyes que nos afectan para que no me pille el toro porque no tengo pasta para hacérmelo bien y me toca ir con la furgo al filo de la ley .malabares

No hay problema, en lo que pueda ayudarte estaré encantado, lo poco que sé lo he aprendido aquí y hay que devolver para no ser un aprovechao.

saludos

URDULIZ

Marzo 19, 2014, 18:14:24 pm #37 Ultima modificación: Octubre 03, 2018, 15:53:59 pm por URDULIZ
A
Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.