Frecuencia en la Inspección de la ITV

Iniciado por Manolín, Noviembre 30, 2006, 12:45:50 pm

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SANDALIO


Desde el 21 de Septiembre de 2.006, en el que entró en vigor la modificación en las periodicidades de la ITV.

Tenemos que mirar la ficha técnica de nuestro vehículo y dependiendo de su código de clasificación y atendiendo a sus 2 primeras cifras, la frecuencia de la Inspección de la ITV son las siguientes:

Códigos de clasificación:   Primeras 2 cifras:   10 - 32 - 33
y para cualquier otra clasificación en el que las 2 últimas cifras sea 48

Vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas, excluidas las motocicletas y ciclomotores, con capacidad de hasta 9 plazas, incluido el conductor. (Turismos particulares, autocaravanas y vehículos vivienda de servicio particular de alquiler)
·   Hasta 4 años, exento.
·   De 4 a 10 años, cada 2 años.
·   De más de 10 años, cada año.

Códigos de clasificación:   Primeras 2 cifras:   24 - 30 - 31
Vehículos y conjuntos de vehículos dedicados al transporte de mercancías o cosas, de PMA (peso máximo autorizado) menor  3,500 Kgs. (Vehículos mixtos de servicio particular)
·   Hasta 2 años, exento.
·   De 2 a 6 años, cada 2 años.
·   De 6 a 10 años, cada año.
·   De más de 10 años, cada 6 meses.

MANOLIN, la clasificacion de mi furgo es...  24-48 .  cuando me toca,a los dos o a los cuatro?,

rade

Cita de: SANDALIO en Febrero 17, 2011, 17:22:12 pm
Desde el 21 de Septiembre de 2.006, en el que entró en vigor la modificación en las periodicidades de la ITV.
b]Códigos de clasificación:   Primeras 2 cifras:   10 - 32 - 33
y para cualquier otra clasificación en el que las 2 últimas cifras sea 48[/b]
Vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas, excluidas las motocicletas y ciclomotores, con capacidad de hasta 9 plazas, incluido el conductor. (Turismos particulares, autocaravanas y vehículos vivienda de servicio particular de alquiler)
·   Hasta 4 años, exento.
·   De 4 a 10 años, cada 2 años.
·   De más de 10 años, cada año.

Hola Sandalio, a mi me sonaba que es como tu dices. Pero yo acabo de homologar el 30/12/2010 y me han puesto como 3148 Vehiculo mixto adaptable vivienda. Pero la fecha de la próxima ITV me la han puesto para dentro de un año. Como mi furgo tiene menos de 10 años debería tener itv cada 2, me van a mirar a ver si es correcto lo que me han puesto.  Sigo el hilo.

txabiana

Cita de: rade en Marzo 06, 2011, 12:09:31 pm
Hola Sandalio, a mi me sonaba que es como tu dices. Pero yo acabo de homologar el 30/12/2010 y me han puesto como 3148 Vehiculo mixto adaptable vivienda. Pero la fecha de la próxima ITV me la han puesto para dentro de un año. Como mi furgo tiene menos de 10 años debería tener itv cada 2, me van a mirar a ver si es correcto lo que me han puesto.  Sigo el hilo.


Nuestra furgo acaba de cumplir cuatro años (por lo tanto también menos de diez), acabamos de pasar la primera ITV y tenemos esa clasificación y nos han dado para dos años, así que míralo, creo que estamos en el mismo caso.
Ana y Txabi, a lomos de Allucant (T5, 130 CV. 2,5 Comfortline Tiptronic)

rade

Cita de: txabiana en Marzo 06, 2011, 20:23:05 pm
Nuestra furgo acaba de cumplir cuatro años (por lo tanto también menos de diez), acabamos de pasar la primera ITV y tenemos esa clasificación y nos han dado para dos años, así que míralo, creo que estamos en el mismo caso.


Gracias txabiana, hoy no he sabido nada más, espero mañana saber algo nuevo.

morol41

aupa
gracias por la info, yo también he vivido que mi T3 pasara de hacer una revisión de ITV cada 6 meses a que lo haga cada año.
eso sí, voy a comprar una Vito que me dicen que tiene una revisión cada 6 meses.
En el caso anterior no sé porque me lo cambiaron sin que yo hiciera nada... pero ahora con la nueva si o si me gustaría cambiarlo... creeis que debo llamar a la ITV mejor para que me aconsejen?
gracias!

rade

Cita de: txabiana en Marzo 06, 2011, 20:23:05 pm
Nuestra furgo acaba de cumplir cuatro años (por lo tanto también menos de diez), acabamos de pasar la primera ITV y tenemos esa clasificación y nos han dado para dos años, así que míralo, creo que estamos en el mismo caso.

Hola, ya me lo han corregido. Al pasar a vehículo mixto vivienda 3148 se queda con ITV bianual en vez de anual como me han querido aplicar, me imagino que por error. Cuando cumpla 10 años entonces la revisión será anual.

morol41

hola
un vehículo sin preparar (sólo con techo elevable) podría ser considerado vehículo vivienda?
mucho me temo sino que con la Vito que he comprado tendré que pasar la ITV cada 6 meses, y eso es una faena...

rade

Cita de: morol41 en Marzo 13, 2011, 20:15:53 pm
hola
un vehículo sin preparar (sólo con techo elevable) podría ser considerado vehículo vivienda?
mucho me temo sino que con la Vito que he comprado tendré que pasar la ITV cada 6 meses, y eso es una faena...

No se puede, suelen decir que para que se considere vivienda debe tener al menos cama, mesa y fregadero. Y para que te homologuen todo esto tienes que hacer todo el proceso de proyecto, autorización de la marca o de laboratorio de homologación, certificado de taller... y pasar con todo eso la ITV .

mighe

Hola, bueno puede que sea normal pero para mi fue hoy una sorpresa cuando pase con mi cali la ITV  y me dieron por periodo de 17 meses, y estoy hecho un lio de fechas jejeje, pero yo ni le pregunte al tio x si.... jajja
Ahora sacando cuentas, me ampliaron el plazo por que aun no tenia 10 años y para que coincidiera con la fecha de matriculacion, pues ya tiene explicacion el asunto. Un saludo.

Big Rider

Buenas!

Pues nada, otro afectado por el virus 'no tengo ni idea de lo que supone el código 3148 pero aun así te denuncio'.  :-X Os cuento:

tengo una California T5 código 3148 matriculada en Enero de 2008 y hace un par de semanas, camino de Potes (Cantabria) me para la GC de tráfico a la altura de Panes para un control rutinario de documentación. Al ver la tarjeta de ITV vacía me dice que me va a denunciar porque debería haberla pasado a los dos años. Le explico (después de haberme leído este hilo hace tiempo) que no, que con el código 3148 se pasa a los cuatro años y que eso es así porque tráfico sacó una instrucción en 2006 por la que bla bla bla... Me dice que no tiene constancia de tal instrucción y que lo va a 'consultar'. Al rato vuelve con la denuncia redactada, 200€. Mientras el agente 'consultaba' recuerdo que en la guantera llevo fotocopiada la famosa instrucción, como se ha recomendado por aquí más de una vez. Se la enseño al agente que acepta echarle un vistazo e incluso se apunta la referencia 'V-74' en la mano con un bolígrafo. Al rato concluye que 'posiblemente tengas razón, pero como yo no tengo constancia de que esto que me enseñas sea legal, te pongo la denuncia y luego ya si si eso la recurres'. Ahí queda eso!

Confiado en que tengo la razón y debido a la falta de tiempo para ir a tráfico y demás, decido hacer uso del servicio de recurso de multas que me ofrece mi aseguradora. Les envío un escaneado de la denuncia, los hechos redactados y un archivo adjunto con la intrucción 08/V-74, por si acaso no la conocen... Pues efectivamente no deben tener mucha idea de vehiculos mixtos vivienda, porque esta misma mañana me llama una amable señorita de la aseguradora diciéndome que no van a presentar recurso porque no tengo razón en mis alegaciones, que mi furgoneta es un vehículo mixto y por lo tanto debo pasar la ITV a los dos años. Enormemente sorprendido le explico a la señorita lo de la instrucción, lo del BOE, lo del 48, los casos de otras personas que le ha pasado lo mismo que a mi... Al final, después de un buen rato insistiendo, accede a presentar el recurso, 'pero que no cuente con que lo voy a ganar'.  :o

Así que nada, ¿qué hago si la aseguradora no consigue ganar el recurso? Ya temo que no sean capaces de hacerlo bien... ¿Puedo yo presentar por mi cuenta otro recurso paralelo? De todas formas, la semana que viene que tengo libre en el curro me pasaré por tráfico y por una ITV a ver qué me dicen...

En fin, ya os contaré... Saludos!

txabiana

Cita de: Big Rider en Junio 28, 2011, 22:40:04 pm
Buenas!

Confiado en que tengo la razón y debido a la falta de tiempo para ir a tráfico y demás, decido hacer uso del servicio de recurso de multas que me ofrece mi aseguradora. Les envío un escaneado de la denuncia, los hechos redactados y un archivo adjunto con la intrucción 08/V-74, por si acaso no la conocen... Pues efectivamente no deben tener mucha idea de vehiculos mixtos vivienda, porque esta misma mañana me llama una amable señorita de la aseguradora diciéndome que no van a presentar recurso porque no tengo razón en mis alegaciones, que mi furgoneta es un vehículo mixto y por lo tanto debo pasar la ITV a los dos años. Enormemente sorprendido le explico a la señorita lo de la instrucción, lo del BOE, lo del 48, los casos de otras personas que le ha pasado lo mismo que a mi... Al final, después de un buen rato insistiendo, accede a presentar el recurso, 'pero que no cuente con que lo voy a ganar'.  :o


¡Cómo me suena esa parte de la historia!. Espero que en su recurso nombren la instrucción y el RD 711/2006 que regula los plazos de la ITV. Con eso debería ser suficiente...

Si te sirve de consuelo, a nosotros nos llegó la comunicación de cierre del expediente.

Si necesitas el RD y no lo encuentras en Internet (BOE) dímelo en un mensaje privado y te lo hago llegar por email.

¡Ánimo!.
Ana y Txabi, a lomos de Allucant (T5, 130 CV. 2,5 Comfortline Tiptronic)

castelauto2007

Junio 29, 2011, 17:29:49 pm #146 Ultima modificación: Junio 29, 2011, 18:43:24 pm por eneko
Contenido del mensaje eliminado.

Estás haciendo publicidad de tu negocio. Hoy 2 mensajes iguales

En la próxima ocasión nos veremos obligados a suspender tu cuenta y tu acceso a furgovw.org

Haz el favor de leer las normas

furgovw.org

pinipep

Muy buenas. Tengo una T5 California de Dic2007, con el código 3148, bien, hoy me a parado los Mossos, i me han echado 200€ de multa por no tener pasada la ITV. Yo no sabia nada de que eran 2 años en lugar de 4... ahora, vengo aqui y leo esto... qué tengo que hacer... recurro??
...La libertad está en una Volkswagen California...

txabiana

Cita de: pinipep en Julio 06, 2011, 16:49:38 pm
Muy buenas. Tengo una T5 California de Dic2007, con el código 3148, bien, hoy me a parado los Mossos, i me han echado 200€ de multa por no tener pasada la ITV. Yo no sabia nada de que eran 2 años en lugar de 4... ahora, vengo aqui y leo esto... qué tengo que hacer... recurro??


Mírate la normativa que se comenta (Instrucción y Real Decreto), yo personalmente lo tengo claro. Puedes acercarte a Tráfico o a una estación de la ITV y que te digan, por si quieres tener más opiniones.

Pero vamos, la nuestra también es código 3148 y del año 2007, recurrimos y ganamos y hemos pasado este año la primera.
Ana y Txabi, a lomos de Allucant (T5, 130 CV. 2,5 Comfortline Tiptronic)

Big Rider

Está claro, recurre! Viendo las experiencias de la gente por aquí parece que tenemos razón y ellos no se enteran de la fiesta. Yo tengo mi multa en recurso también aunque aun no se nada...  :-\

Suerte!