Código de conducta furgonetero

Iniciado por Mesperanza, Julio 04, 2021, 12:35:33 pm

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barrancat

Cita de: kalvitero en Julio 05, 2021, 10:41:34 amLa diferencia sería en los actos de los ocupantes, si en una están descargando/cargando paquetes no le multarán y si en la otra están cocinando en un módulo camper pues es probable que le multen

Cuando se hacía referencia al portón, se hablaba solamente de tener el portón abierto para ventilar... lo que la posibilidad de multa por cocinar está en la mesa, sí.


La llibertat no és fer el que vulguis; és no haver de fer allò que volen els altres.

-Manuel de Pedrolo-

sejo

Creo que os estáis bebiendo el juicio, la verdad.
Cuando vais en coche también cronometrais el tiempo que abrís el maletero.

barrancat

Cita de: sejo en Julio 05, 2021, 20:28:49 pmCreo que os estáis bebiendo el juicio, la verdad.
Cuando vais en coche también cronometrais el tiempo que abrís el maletero.

Jaja! Eso digo yo también! Formamos parte de una cultura de rizar el rizo hasta el límite.


La llibertat no és fer el que vulguis; és no haver de fer allò que volen els altres.

-Manuel de Pedrolo-

kalvitero

Cita de: barrancat en Julio 05, 2021, 20:10:13 pmCuando se hacía referencia al portón, se hablaba solamente de tener el portón abierto para ventilar... lo que la posibilidad de multa por cocinar está en la mesa, sí.

El inicio del post hablaba de cocinar en un módulo con el portón abierto, luego habéis empezado a divagar.
Si una camper está con el portón abierto cargando paquetes no la multará, pero si un furgón cerrado está con el portón abierto cocinando en un módulo le multará.

Cita de: Mesperanza en Julio 04, 2021, 12:35:33 pmBuenos días, he leído el código de buenas prácticas furgoneteras. Ya me ha quedado claro que, salvo en el camping, no debo sacar mesas, sillas, toldos y demás mandangas.

La duda que tengo es la siguiente: puedo cocinar en la parte trasera de la furgo, en el módulo cama, o en el lateral, mientras estoy, de pie, en
Cita de: Mesperanza en Julio 04, 2021, 12:35:33 pmBuenos días, he leído el código de buenas prácticas furgoneteras. Ya me ha quedado claro que, salvo en el camping, no debo sacar mesas, sillas, toldos y demás mandangas.

La duda que tengo es la siguiente: puedo cocinar en la parte trasera de la furgo, en el módulo cama, o en el lateral, mientras estoy, de pie, en el suelo, fuera de la furgoneta?




barrancat

Cita de: kalvitero en Julio 05, 2021, 23:27:21 pmEl inicio del post hablaba de cocinar en un módulo con el portón abierto, luego habéis empezado a divagar.

Pues haber respondido al primer post y no al mío, compa. Y, por cierto, si tu sigues la corriente divagas igual que el resto... así que menos lobos. ;)


La llibertat no és fer el que vulguis; és no haver de fer allò que volen els altres.

-Manuel de Pedrolo-

barbatxano

Cita de: barrancat en Julio 05, 2021, 20:34:42 pmJaja! Eso digo yo también! Formamos parte de una cultura de rizar el rizo hasta el límite.

Ya te digo ...  ;D

Y veo que tiene el efecto perverso de que tendemos a ver como a criminales a furgoneteros que están tranquilamente comiendo o cocinando bajo el portón, o en sus mesas de manera discreta y sin molestar a nadie, o leyendo un libro sentados en una silla plegable bajo un árbol en un lugar desierto, etc ...  :roll:

Como suelo comentar a menudo, parece mentira que el apartado de multas del foro tenga tan pocas entradas, considerando los enormes riesgos de ser multados que corremos cada finde, y el mogollón que somos. Y eso que tenemos una tendencia natural a publicar inmedatamente cuando se nos multa de manera injusta, como prácticamente siempre consideramos que así ha sido ...  .panico  .panico

No he probado, pero en google pocas entradas aparecerán con "denuncia por cocinar bajo el portón" o con sus equivalentes en otros idiomas ...  ;D

Vamos, que el riesgo de ser multado tal como actúo de costumbre, o incluso tal como conduzco de costumbre, la experiencia me dice que es prácticamente nulo ...  :)

De hecho me fastidia mucho más la multa cotidiana que supone el precio de los carburantes ...  :-\  :-\

barrancat

Julio 05, 2021, 23:54:39 pm #21 Ultima modificación: Julio 05, 2021, 23:56:34 pm por barrancat
Cita de: barbatxano en Julio 05, 2021, 23:39:56 pmYa te digo ...  ;D

Y veo que tiene el efecto perverso de que tendemos a ver como a criminales a furgoneteros que están tranquilamente comiendo o cocinando bajo el portón, o en sus mesas de manera discreta y sin molestar a nadie, o leyendo un libro sentados en una silla plegable bajo un árbol en un lugar desierto, etc ...  :roll:

Como suelo comentar a menudo, parece mentira que el apartado de multas del foro tenga tan pocas entradas, considerando los enormes riesgos de ser multados que corremos cada finde, y el mogollón que somos. Y eso que tenemos una tendencia natural a publicar inmedatamente cuando se nos multa de manera injusta, como prácticamente siempre consideramos que así ha sido ...  .panico  .panico

No he probado, pero en google pocas entradas aparecerán con "denuncia por cocinar bajo el portón" o con sus equivalentes en otros idiomas ...  ;D

Vamos, que el riesgo de ser multado tal como actúo de costumbre, o incluso tal como conduzco de costumbre, la experiencia me dice que es prácticamente nulo ...  :)

De hecho me fastidia mucho más la multa cotidiana que supone el precio de los carburantes ...  :-\  :-\

Muy, muy, de acuerdo! Y por eso no me canso de intentar revertir un poco el pánico, diría que atávico, que tiene mucha gente a "estar incumpliendo" cualquier cosa que le digan, así, sin más.

A mí me pasa un poco lo contrario... si me lo demuestran de manera fehaciente que estoy incumpliendo algo, mi pensamiento es de tranquilidad porque no hay problema. Yo me estudio las cosas, las pienso hasta dónde llego y luego no me hace falta estar sufriendo por cualquier memez.

Y llevo muchos años así, y sin problemas. Aún no he conseguido que me pongan ninguna multa que pueda recurrir hasta las últimas consecuencias y que sea una especie de "reto superado". Naturalmente, la multa me la deben poner por causas ajenas a mí, que si no, aún van a tener razón en ponérmela...  .meparto y con cumplir a rajatabla lo que dice la Instrucción 08/v-74 de la DGT y saber dónde hay normativas que legalmente impidan estacionar en un determinado lugar/momento hay más que suficiente... ;D

 A ver qué día se revierte la situación y, como sociedad nos volvemos menos crédulos, más racionales y más responsables de nuestros actos. Ya estamos tardando.


La llibertat no és fer el que vulguis; és no haver de fer allò que volen els altres.

-Manuel de Pedrolo-

barbatxano

Cita de: barrancat en Julio 05, 2021, 23:54:39 pmA ver qué día se revierte la situación y, como sociedad nos volvemos menos crédulos, más racionales y más responsables de nuestros actos. Ya estamos tardando.

Eso jamás pasará ...  :P

No hay más que leer los titulares de los periódicos, o ver las campañas de los partidos políticos: juegan con el miedo irracional de mira lo que te va a pasar si votas a esos otros, más que contarte qué es lo que van a hacer ellos por tí ...  ;D  ;D

barrancat

Cita de: barbatxano en Julio 06, 2021, 00:00:23 amEso jamás pasará ...  :P


Ya. Triste y cierto. :'( Mi optimismo es bastante pragmático y es lo que hace que no me tire por un puente debido a lo que veo en realidad. Si no fuera por él, haría el proceso inverso al de la caverna de Platón pero para irme yo solico de anacoreta a mi propia cueva y que le dieran cien mil por culos a todo... .meparto


La llibertat no és fer el que vulguis; és no haver de fer allò que volen els altres.

-Manuel de Pedrolo-

hollister

Cita de: barrancat en Julio 05, 2021, 23:54:39 pmy con cumplir a rajatabla lo que dice la Instrucción 08/v-74 de la DGT

Pero si es precisamente la instrucción esa que impide abrir las ventanas (abatibles, ya que salen del perímetro del vehículo) la puerta corredera (ídem) y poner calzos para nivelar.

barrancat

Julio 06, 2021, 08:25:01 am #25 Ultima modificación: Julio 06, 2021, 08:26:53 am por barrancat
Cita de: hollister en Julio 06, 2021, 00:36:51 amPero si es precisamente la instrucción esa que impide abrir las ventanas (abatibles, ya que salen del perímetro del vehículo) la puerta corredera (ídem) y poner calzos para nivelar.

Lo de poner calzos para nivelar lo veo bastante claro porque en algún lado dice que las ruedas deben estar en contacto con el suelo. En cambio, lo de las ventanas abatibles no lo veo nada claro por una razón sencilla: porque son un elemento propio y necesario del vehículo, son ventanas y están homologadas como parte necesaria del vehículo. Por poner un elemento que quizá no lo sería se me ocurre el toldo... que aún estando homologado no es un elemento indispensable de la furgoneta.

Entonces, las ventanas las veo como un elemento propio del vehículo porque, excepto los vehículos que están diseñados sin ellas todos los vehículos tienen y en el caso de las ventanas abatibles, una diferencia propia que tienen es que son abatibles y están homologadas para tal fin. Y eso mismo, y en las mismas condiciones pasa con un portón trasero. Los vehículos suelen tener puerta trasera, algunos son de dos puertas, algunos tienen portón, ambos sistemas son propios de los vehículos y son una parte necesaria y esencial de esos vehículos.

La Instrucción 08/v-47 dice tetxualmente que "No establece el Reglamento General de Circulación otras condiciones que deban cumplirse al efectuar la parada o el estacionamiento de un vehículo, por lo que esta Dirección General de Tráfico considera que mientras un vehículo cualquiera está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la autocaravana no es una excepción, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del vehículo tales como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación, soportes de estabilización, etc."

Y es muy importante el concepto de "despliegue de elementos que desborden" porque una ventana abatible es un caso igual a abrir una puerta lateral, un portón, tener los retrovisores abiertos o, para rizar el rizo, abrir la puertecilla del tapón del depósito de gasoil. Todos estos elementos forman parte de los elementos propios y necesarios del vehículo.

Por lo tanto, a mi entender, no se está desplegando ningún tipo de elemento que desborde el perímetro del vehículo porque el perímetro del vehículo, con esos elementos homologados para que funcionen de esa manera abiertos, puede aumentar y sigue siendo el perímetro del vehículo.

Y no hablo de las claraboyas porque el perímetro del vehículo, tal y como se describe en la Instrucción 08/v-47, es el perímetro en planta, y no el perímetro en alzado... si fuera el perímetro en alzado, podríamos hacer todo (poner toldo y mesas) pero no abrir las claraboyas. Yo firmaría ya! .meparto


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-Manuel de Pedrolo-

Largesttwist

Madre mía 🤦‍♂️ a veces queremos ser más papistas que el papa...
El mayor error es no intentarlo

hollister

Yo no lo veo tan claro (y abro puertas y ventanas igualmente), a ver si con la enmienda transaccional se aclaran las cosas de una vez (pero, llamadme desconfiado, me temo que van a apretar más las tuercas).

barrancat

Cita de: hollister en Julio 06, 2021, 08:44:56 amYo no lo veo tan claro (y abro puertas y ventanas igualmente), a ver si con la enmienda transaccional se aclaran las cosas de una vez (pero, llamadme desconfiado, me temo que van a apretar más las tuercas).

Pues yo sí abro puertas y ventanas aunque siempre procuro molestar lo mínimo, y estoy atento para cerrarlas si alguien viene a buscar el coche de al lado. Y si algún día me ponen una multa por eso, pues la recurriré e intentaré ganar el recurso/juicio porque creo que tengo argumentos de sobra para tumbar una posible multa por un caso como este.


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-Manuel de Pedrolo-

Rhunas

Cita de: barrancat en Julio 06, 2021, 08:53:53 amPues yo sí abro puertas y ventanas aunque siempre procuro molestar lo mínimo, y estoy atento para cerrarlas si alguien viene a buscar el coche de al lado. Y si algún día me ponen una multa por eso, pues la recurriré e intentaré ganar el recurso/juicio porque creo que tengo argumentos de sobra para tumbar una posible multa por un caso como este.
Si todos recurrieramos no les sería tan fácil denunciarnos, el problema es que habitualmente para llevarlo a cabo tendrás que acabar contratando abogado y procurador y entonces ya sale más rentable pagar y callar.

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