Furgovw

Zona Técnica => Papeleos => Legalizaciones/homologaciones => Mensaje iniciado por: ronmartin en Septiembre 25, 2019, 18:53:45 pm

Título: Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: ronmartin en Septiembre 25, 2019, 18:53:45 pm
Hola buenas gentes, ayer me pregunto un amigo si una furgoneta totalmente panelada se puede homologar como vehículo vivienda, le dije que según lo que ponga en la ficha técnica, pero claro, que tiene que poner o que no poner para que sea homologada? y depende de lo que ponga, ¿hay que respetar dentro de la reforma todas las mamparas y esas cosas? o una vez que nos ponemos en faena simplemente disponemos del espacio que tengamos dentro para hacer lo que nos plazca en la reforma?
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: eneko en Septiembre 26, 2019, 07:32:58 am
"una furgoneta totalmente panelada" es un furgón caja cerrada supongo, no?

a "vivienda" a secas no se transforma nada.. ese vehículo que se transforma siempre seguirá siendo furgón y podrá tener un "apellido" por el uso al que se destine y en este caso "furgón-vivienda" si se correspondiera el interior para ser vivienda o del contrario sería furgón a secas con anotaciones en la ficha técnica (como cuando pones bola de remolque o cualquier otra reforma de importancia sin que ello defina el uso.

Se puede transformar en "furgón-otracosa" bien sea taller, ambulancia, vivienda...instalando aquellos elementos que se ajusten al manual de reformas y cumplan actos reglamentarios.

Debes instalar además elementos que tengan sellos CE, homologaciones y ensayos correspondientes si así se requiere, etc

Un vehículo que se transforma no se "homologa"; el vehículo ya cuenta con sus homologaciones que junto con las de los elementos instalados requerirán de un proyecto de legalización de la reforma; se "legaliza reforma". Es lo mismo pero no es igual.

Según sea aquello que defines como "lo que nos plazca" implicará en algunos casos que estás acometiendo una reforma de importancia y para cada apartado afectado del manual de reformas de importancia necesitarás distintos trámites que van hasta "certificado del taller instalador + proyecto visado de la reforma + certificado final de obra visado + informe técnico de laboratorio + revisión ITV"

Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: ronmartin en Septiembre 26, 2019, 11:09:29 am
me refiero a si hay algun vehiculo que no se pueda cambiar a vehiculo vivienda por su contraseña de homologacion en la ficha tecnica, para ser mas concretos en la pregunta, tengo un amigo que esta buscando una furgoneta para transformarla en furgon vivienda o turismo vivienda o lo que sea, quiere saber si puede elegir cualquier furgoneta o hay algun tipo de furgonetas que por mucho que haga no le seria posible legalizarla como tal.
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: Honguneta en Septiembre 26, 2019, 11:25:56 am
Actualmente una furgoneta que esté como turismo (10XX) en ficha técnica no puede legalizarse como turismo-vivienda (1048), sólo anotar ciertas reformas en ficha técnica pero no cambiar la clasificación; sí puede hacerse con los que consten como furgón (24XX) y no estoy segura de lo que pasa con los mixtos (31XX), creo que tampoco se puede y se cambian a furgón-vivienda (2448) si se quiere homologar como vivienda, con la consiguiente penalización en los límites de velocidad (100km/h mixto, 90km/h furgón).

Y no puedes ponerle lo que te venga en gana y como te venga en gana, debe realizarse un proyecto de ingeniería conforme se van a instalar X elementos de X forma, y hacerlo según proyecto, igual que cualquier otra reforma.
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: eneko en Septiembre 26, 2019, 12:30:00 pm
Pero eso no implica que cualquier vehículo no pueda transformarse para su uso como vivienda... con independencia de la clasificación resultante
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: carterroto en Septiembre 26, 2019, 15:36:22 pm
Es más, si no entiendo mal, un turismo con reforma ( aunque no lleve el apellido "vivienda" pero si los elementos necesarios como calefa, agua, etc..) sería más interesante en cuanto a limites velocidad y plazos ITV...
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: Honguneta en Septiembre 26, 2019, 16:33:40 pm
Cita de: carterroto en Septiembre 26, 2019, 15:36:22 pmEs más, si no entiendo mal, un turismo con reforma ( aunque no lleve el apellido "vivienda" pero si los elementos necesarios como calefa, agua, etc..) sería más interesante en cuanto a limites velocidad y plazos ITV...

Justo, pero tienes que partir de una furgo que ya esté como turismo y no puedes hacerle ciertas cosas, hay que ceñirse a lo permitido. Si lo que uno quiere hacer entra dentro de dichos límites, para mí sería lo ideal.  Eso sí, en lugares de aparcamiento/pernocta exclusivos para vehículos vivienda ó autocaravanas, legalmente, podrían multarte, peeeero, podrías aparcar donde hay las famosas señales de "sólo turismos" ;)
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: MaeLo en Septiembre 27, 2019, 00:52:20 am
Aprovechando la pregunta de ronmartin, ¿que es lo minimo necesario para que un furgon (2400) se pueda pasar a furgon vivienda (2448)?, porque en una web veo que una cama y un ropero, en otra web veo que un baño y una cama, al final cada web esta poniendo su opinion, y no lo que realmente es necesario.

En mi caso me conviene convertir el furgon a furgon vivienda, por el coste de pasaje en barco, que por poco que haga 1 viaje, ya me sale rentable homologar aunque solo tenga una cama.

Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: roKopep en Septiembre 28, 2019, 23:28:27 pm
A pesar de la clasificación de origen que tenga un vehículo de categoría M1 o N1, todos ellos se pueden legalmente acondicionar   como "vivienda", que NO clasificar como tal en cuanto a su uso, es decir XX48.

Como se ha dicho, un turismo 1000 no puede pasarse en ningún caso a turismo-vivienda 1048 porque es un M1, sino como mucho acondicionarse como vivienda (mediante instalación de asiento-cama, modulo cocina, armario, mesa y hasta baño o gas fijo...) legalizando todas y cada una de las reformas realizadas, lo cual en jerga técnica viene siendo un "turismo con reformas" (que no existe como clasificación en si sino solo como nomenclatura).

Un furgón 2400, de caja cerrada, puede acondicionarse  como vivienda colocando en la caja una cama, un arcon, un módulo cocina (sin gas fijo), etc. sujetando cada uno de estos elementos con cinchas apropiadas cual fuera carga. En cambio, si queremos pasarlo a furgon-vivienda 2448, tendremos que instalar de forma permanente en la caja cualquier elemento que corresponda con la descripción de MOBILIARIO. Da igual lo q sea, puede ser un arcón sencillo, un armario, un sofá-cama o todo ello junto, ya que la unica normativa que regula la legalización de un 2400 como 2448 es el CR 8.31 del Manual de reformas y en ello solo se habla de mobiliario, sin especificacion alguna. No hay un "mínimo necesario" ni un máximo...

Para los mixto-adaptable 3100 la cosa se complica algo más. Lo que antes se legalizaba como 3148, es decir mixto-vivienda, en realidad era una especie de absurdo legal fruto de una mala forma de clasificar (más que nada x razones de impuestos), ya que un 3148 no puede ser mixto y vivienda a la vez...si se pasa a vivienda deja de ser mixto. Por lo tanto, para los 3100 de categoría N1 (..sí, los hay también N1) la transformación a vivienda se legaliza quedando en furgon-vivienda 2448. Los mixtos M1 no se pueden pasar a vivienda a secas porque son, de hecho, M1. Por lo tanto, lo correcto sería pasarlos a turismo 1000 y legalizar todas las reformas que se realizan en el (es decir, turismo con reformas...). La alternativa legal en ambos casos, mixto N1 o M1, es sacar asientos posteriores y acondicionarlos como "vivienda" usando cinchas apropiadas para sujetar cada elemento y sin que ninguno de ellos sobrepase la altura del respaldo de los asientos  anteriores.

Así de sencillo... .meparto .meparto
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: Honguneta en Septiembre 29, 2019, 11:24:35 am
Cita de: roKopep en Septiembre 28, 2019, 23:28:27 pm...

Así de sencillo... .meparto .meparto

Pues a mí me parece que has hecho un resumen claro, conciso y muy sencillo de entender, que no debería perderse entre los cientos de hilos que existen, ya que con dudas de éste tipo entra gente casi a diario y con tu explicación ya no tendrían ni que preguntar .ereselmejor
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: MaeLo en Septiembre 29, 2019, 12:40:14 pm
Cita de: roKopep en Septiembre 28, 2019, 23:28:27 pmA pesar de la clasificación de origen que tenga un vehículo de categoría M1 o N1, todos ellos se pueden legalmente acondicionar   como "vivienda", que NO clasificar como tal en cuanto a su uso, es decir XX48.

Como se ha dicho, un turismo 1000 no puede pasarse en ningún caso a turismo-vivienda 1048 porque es un M1, sino como mucho acondicionarse como vivienda (mediante instalación de asiento-cama, modulo cocina, armario, mesa y hasta baño o gas fijo...) legalizando todas y cada una de las reformas realizadas, lo cual en jerga técnica viene siendo un "turismo con reformas" (que no existe como clasificación en si sino solo como nomenclatura).

Un furgón 2400, de caja cerrada, puede acondicionarse  como vivienda colocando en la caja una cama, un arcon, un módulo cocina (sin gas fijo), etc. sujetando cada uno de estos elementos con cinchas apropiadas cual fuera carga. En cambio, si queremos pasarlo a furgon-vivienda 2448, tendremos que instalar de forma permanente en la caja cualquier elemento que corresponda con la descripción de MOBILIARIO. Da igual lo q sea, puede ser un arcón sencillo, un armario, un sofá-cama o todo ello junto, ya que la unica normativa que regula la legalización de un 2400 como 2448 es el CR 8.31 del Manual de reformas y en ello solo se habla de mobiliario, sin especificacion alguna. No hay un "mínimo necesario" ni un máximo...

Para los mixto-adaptable 3100 la cosa se complica algo más. Lo que antes se legalizaba como 3148, es decir mixto-vivienda, en realidad era una especie de absurdo legal fruto de una mala forma de clasificar (más que nada x razones de impuestos), ya que un 3148 no puede ser mixto y vivienda a la vez...si se pasa a vivienda deja de ser mixto. Por lo tanto, para los 3100 de categoría N1 (..sí, los hay también N1) la transformación a vivienda se legaliza quedando en furgon-vivienda 2448. Los mixtos M1 no se pueden pasar a vivienda a secas porque son, de hecho, M1. Por lo tanto, lo correcto sería pasarlos a turismo 1000 y legalizar todas las reformas que se realizan en el (es decir, turismo con reformas...). La alternativa legal en ambos casos, mixto N1 o M1, es sacar asientos posteriores y acondicionarlos como "vivienda" usando cinchas apropiadas para sujetar cada elemento y sin que ninguno de ellos sobrepase la altura del respaldo de los asientos  anteriores.

Así de sencillo... .meparto .meparto
Muchas gracias!

En mi caso es que me corre prisa homologarlo como vivienda 2448, mas incluso que hacer los muebles.
Compre la furgo en otra isla y tuve que tirar lo que habia dentro en un punto limpio (unas sillas) porque el pasaje entre islas es "hasta 6metros de largo" 40 euros si esta vacio y 200 si llevas carga. Pero como suelo moverme bastante entre islas, voy a tardar menos en viajar, que en poner paneles, agua, etc... prefiero homologar ahora con lo justo, y asi tengo un año de margen hasta la proxima para hacer lo demas.
Ida-vuelta en barco como furgon y muebles dentro: 400€
Ida-vuelta en barco como furgon vivienda: 80€



Enviado desde mi SM-G920F mediante Tapatalk

Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: vitu101 en Septiembre 29, 2019, 13:01:37 pm
Cita de: Honguneta en Septiembre 26, 2019, 11:25:56 amActualmente una furgoneta que esté como turismo (10XX) en ficha técnica no puede legalizarse como turismo-vivienda (1048), sólo anotar ciertas reformas en ficha técnica pero no cambiar la clasificación; sí puede hacerse con los que consten como furgón (24XX) y no estoy segura de lo que pasa con los mixtos (31XX), creo que tampoco se puede y se cambian a furgón-vivienda (2448) si se quiere homologar como vivienda, con la consiguiente penalización en los límites de velocidad (100km/h mixto, 90km/h furgón).

Y no puedes ponerle lo que te venga en gana y como te venga en gana, debe realizarse un proyecto de ingeniería conforme se van a instalar X elementos de X forma, y hacerlo según proyecto, igual que cualquier otra reforma.

Y los que ya tenemos un 1048, que pasa?
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: roKopep en Septiembre 29, 2019, 14:56:15 pm
Cita de: vitu101 en Septiembre 29, 2019, 13:01:37 pmY los que ya tenemos un 1048, que pasa?

No pasa nada, la CL 1048 se eliminó con la entrada en vigor de la 4a Revision del Manual en 2018, pero no tiene carácter retroactivo. Los 1048 siguen siendo 1048, pero hoy en dia un 1000 ya no puede legalizarse como 1048.
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: roKopep en Septiembre 29, 2019, 14:58:19 pm
Cita de: Honguneta en Septiembre 29, 2019, 11:24:35 amPues a mí me parece que has hecho un resumen claro, conciso y muy sencillo de entender, que no debería perderse entre los cientos de hilos que existen, ya que con dudas de éste tipo entra gente casi a diario y con tu explicación ya no tendrían ni que preguntar .ereselmejor

...pues muchas veces a mi me pasa q cuando me leo no entiendo nada  .meparto  .meparto
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: oriolusoriolus en Septiembre 29, 2019, 16:30:13 pm
Cita de: roKopep en Septiembre 29, 2019, 14:56:15 pmNo pasa nada, la CL 1048 se eliminó con la entrada en vigor de la 4a Revision del Manual en 2018, pero no tiene carácter retroactivo. Los 1048 siguen siendo 1048, pero hoy en dia un 1000 ya no puede legalizarse como 1048.
Y una California que salga hoy del concesionario que calificación tiene? 1000?

Gracias por aclarar tantísimas cosas chicos!
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: roKopep en Septiembre 29, 2019, 17:25:31 pm
Cita de: oriolusoriolus en Septiembre 29, 2019, 16:30:13 pmY una California que salga hoy del concesionario que calificación tiene? 1000?

Gracias por aclarar tantísimas cosas chicos!

..hoy? pues si es nueva y aun no ha sido matriculada, lo correcto sería como 32.00, o sea autocaravana
pero no te sorprendas si llegas a ver algo diferente, especialmente si se trata de un vehiculo de ocasión importado .malabares
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: Honguneta en Septiembre 29, 2019, 18:56:31 pm
Cita de: vitu101 en Septiembre 29, 2019, 13:01:37 pmY los que ya tenemos un 1048, que pasa?

Ahora no puede hacerse una reforma a un turismo y cambiarlo de turismo 1000 a turismo-vivienda 1048, pero antes del cambio en la normativa sí, y como te dice roKopep los vehículos que lo eran lo siguen siendo. Pero para informar a los que buscan reformar sus vehículos de hoy en adelante, esa clasificación ya no puede conseguirse.

Cita de: roKopep en Septiembre 29, 2019, 14:58:19 pm...pues muchas veces a mi me pasa q cuando me leo no entiendo nada  .meparto  .meparto

Jajaja pues ya sabes, no te releas, lo sueltas así, de sopetón, y quesealoquediosquiera ;D Ésta en particular te quedó chapeau .bien

Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: eneko en Septiembre 30, 2019, 07:48:20 am
Cita de: roKopep en Septiembre 28, 2019, 23:28:27 pmPara los mixto-adaptable 3100 la cosa se complica algo más. Lo que antes se legalizaba como 3148, es decir mixto-vivienda, en realidad era una especie de absurdo legal fruto de una mala forma de clasificar (más que nada x razones de impuestos), ya que un 3148 no puede ser mixto y vivienda a la vez...si se pasa a vivienda deja de ser mixto. Por lo tanto, para los 3100 de categoría N1 (..sí, los hay también N1) la transformación a vivienda se legaliza quedando en furgon-vivienda 2448. Los mixtos M1 no se pueden pasar a vivienda a secas porque son, de hecho, M1. Por lo tanto, lo correcto sería pasarlos a turismo 1000 y legalizar todas las reformas que se realizan en el (es decir, turismo con reformas...). La alternativa legal en ambos casos, mixto N1 o M1, es sacar asientos posteriores y acondicionarlos como "vivienda" usando cinchas apropiadas para sujetar cada elemento y sin que ninguno de ellos sobrepase la altura del respaldo de los asientos  anteriores.

Aunque lo mencionas no queda muy claro... lo correcto sería pasar de Mixto a Turismo? si se puede que no se puede siempre... de hecho yo tengo 2 mixtas y ninguna se puede pasar a turismo...

Eso de "adaptable" siempre lo he entendido como: "pufff mira.. ésto es pa'todo y pa'na.. adáptalo a tu uso y ya está.. sino de momento te sirve para todo..."

3148 es "común"... pasa de ser adaptable a "adaptado".. en teoría se ha hecho uso de esa "adaptabilidad"... .meparto .meparto

De todas formas... qué es lo que queremos saber? porque al final no entiendo bien si es velocidad... si es ITV.. si es tema impuestos...

Teta y sopa no cogen en la boca... un furgón de donuts no es un VW Golf..queremos uno de esos que además sea vanlife... que circule a 160... que gaste 7 litros..q lleve un asiento de veinte mil duros...meterlo como gasto en la empresa.. deducciones IRPF... 20 plazas días 67 noche...
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: roKopep en Septiembre 30, 2019, 10:13:26 am
Cita de: eneko en Septiembre 30, 2019, 07:48:20 amAunque lo mencionas no queda muy claro... lo correcto sería pasar de Mixto a Turismo? si se puede que no se puede siempre... de hecho yo tengo 2 mixtas y ninguna se puede pasar a turismo...

Ya, quizas seria más apropiado decir que es lo más conveniente...

Debido a que los M1 nunca se podrán clasificar por criterios de utilización como vivienda (48), entonces los mixtos de categoría M1 (q son la gran mayoría) no pueden pasar a ser 3148. Por lo tanto, lo más conveniente a la hora de acondicionarlos permanentemente como "vivienda" y legalizar todas las reformas realizadas para tal fin, es que pasen a ser turismos (con reformas) y así poder disfrutar de las ventajas asociadas a esa CL. Yo por lo menos suelo hacerlo así y no creo ser el único.

La alternativa? Pues podría ser dejarlos como mixto y legalizar esas mismas reformas sueltas, como pasa en los turismos de origen, lo cual normativa y técnicamente hablando sería posible. Pero q yo sepa nunca se ha visto un "mixto-adaptable con reformas"... y además no tendría sentido legalizar algo fijo en un vehículo manteniendolo como mixto, ya que éste perdería su tan ambigua "adaptabilidad" (tomemos como ejemplo una reducción de plazas para colocar en su lugar el mobiliario de forma permanente... otra cosa sería si solo se trata de un arcon..)

Con los mixtos N1 ya es más "sencillo", se pasan a 2448 y a correr..

Oyes, y esas dos mixtas que tienes no serán N1? Porque para los 31.00 M1 el paso a 10.00 es totalmente viable, siempre y cuando no tengan menos de 4 años y no se hayan reslizado en ellos reformas antes de solicitar dicho cambio mediante diligencia técnica.

Cita de: eneko en Septiembre 30, 2019, 07:48:20 amTeta y sopa no cogen en la boca... un furgón de donuts no es un VW Golf..queremos uno de esos que además sea vanlife... que circule a 160... que gaste 7 litros..q lleve un asiento de veinte mil duros...meterlo como gasto en la empresa.. deducciones IRPF... 20 plazas días 67 noche...

...y te has olvidado de lo más importante: que tenga las camas hechas, todas, salon permanente para todo el árbol genealógico y que pueda cargar a la vez todo los trastos de casa, especialmente los más inutiles  .meparto  .meparto
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: eneko en Septiembre 30, 2019, 10:42:44 am
las 2 mixtas q tengo sería conveniente que anduvieran...de mis furgos mejor no hablamos buahhhhhhhh buahhhhh

Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: roKopep en Septiembre 30, 2019, 11:07:39 am
Cita de: eneko en Septiembre 30, 2019, 10:42:44 amlas 2 mixtas q tengo sería conveniente que anduvieran...de mis furgos mejor no hablamos buahhhhhhhh buahhhhh


Eso te pasa por mimar demasiado todas las de los demás y olvidarte de darle un poco de cariño a las tuyas  .meparto  .meparto

..el motor de esa pobre t3 has podido arreglarlo al final?

[/quote]
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: eneko en Septiembre 30, 2019, 11:20:57 am
yo? yo mecánica no... no le cambio ni el aceite... de hecho, si lo hiciera no la hubiera dejado seca y gripado el motor de camino al taller
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: Kenar en Septiembre 30, 2019, 15:48:15 pm
Cita de: roKopep en Septiembre 29, 2019, 17:25:31 pm..hoy? pues si es nueva y aun no ha sido matriculada, lo correcto sería como 32.00, o sea autocaravana
pero no te sorprendas si llegas a ver algo diferente, especialmente si se trata de un vehiculo de ocasión importado .malabares



A día de hoy, una California Ocean a estrenar, sale del concesionario recién matriculada con la clasificación 1048
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: roKopep en Septiembre 30, 2019, 18:46:13 pm
Cita de: Kenar en Septiembre 30, 2019, 15:48:15 pmA día de hoy, una California Ocean a estrenar, sale del concesionario recién matriculada con la clasificación 1048

Claro, y como decía antes no hay q sorprenderse. No es nada raro ni mucho menos, como esto los hay a patadas, y cosas mas raras se han visto y se verán. A partir de mayo de 2018, los vehículos de categoría M1 no pueden clasificarse por criterios de utilización como vivienda (48)... y esto vale tambien para los concesionarios. Por lo tanto lo correcto sería sacar un vehiculo de esas caracteristicas constructivas y de uso como 3200. De hecho, si te fijas en el tipo de carrocería de una Ocean (apartado J1 de la FT), verás que pone "SA Autocaravana".

(https://www.furgovw.org/foro/galeria/fotos/rokopep/sinttulo.jpg)
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: Honguneta en Septiembre 30, 2019, 21:54:25 pm
¿Saliendo de concesionario no es posible el 1048? Tenía claro que a posteriori no se puede, pero ¿el fabricante puede sacarlos de concesionario con esa clasificación si lo homologa como tal, no? Creía que la "prohibición" sólo era aplicable a reformas, no a la matriculación
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: roKopep en Octubre 01, 2019, 00:24:49 am
Lo que no puede ser es que VW, como fabricante, homologue una California Ocean con carrocería especial de tipo AS (la cual corresponde solo y exclusivamente a las Autocaravanas) y luego ésta llegue al concesionario y la matricule como turismo... o sea como si su carrocería fuera de otro tipo.

Todo esto ya se intentó aclarar allá por 2008 con la aparición de la Instrucción 08-V-74, que decía lo siguiente:

"En el punto 1 de la sección C del anexo II de la Directiva 2001/116/CE, al referirse  a los tipos de carrocería de  los vehículos de  turismo (M1), menciona los siguientes: AA Berlina, AB Berlina  con portón trasero, AC  Familiar ("break"), AD  Cupé, AE  Descapotable y AF Multiuso, no refiriéndose a las  autocaravanas en el citado punto 1,  sino en el punto 5, dentro de otra categoría de vehículos que  denomina "vehículos especiales".   Así pues, admitiendo que se trata de vehículos de categoría M1, su carrocería no está incluida  en los tipos previstos para los turismos sino  en los denominados "vehículos especiales", lo cual no es de extrañar dado están construidos sobre el chasis de  vehículos comerciales  utilizados comúnmente para la fabricación  de furgones y  camiones ligeros....."
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: Honguneta en Octubre 01, 2019, 11:22:36 am
Pero el error está en que lo homologuen como si fuese una carrocería especial ¿no?  Porque en origen será la misma (¿o no?) que el resto de VW T6, ¿ó simplemente por llevar ciertos refuerzos para la posterior instalación de elementos camper pasa a tener carrocería SA?  ¿No tendría que ser turismo AF multiuso?  Porque la California no se monta sobre el chasis de un furgón Ducato por ejemplo, como las ACs "grandes".  Demasiado lío para una mañana de Martes que encima a mí me "sabe" a Lunes .loco2
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: eneko en Octubre 01, 2019, 13:23:03 pm
el chasis y carrocería de California es que es otro distinto al de transporter

A diferencia de la MP que sí que es un una transformación posterior
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: Honguneta en Octubre 01, 2019, 16:29:09 pm
Cita de: eneko en Octubre 01, 2019, 13:23:03 pmel chasis y carrocería de California es que es otro distinto al de transporter

A diferencia de la MP que sí que es un una transformación posterior


Gracias, nunca te acostarás sin saber algo más
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: roKopep en Octubre 01, 2019, 19:22:48 pm
Cita de: Honguneta en Octubre 01, 2019, 11:22:36 amPero el error está en que lo homologuen como si fuese una carrocería especial ¿no?  Porque en origen será la misma (¿o no?) que el resto de VW T6, ¿ó simplemente por llevar ciertos refuerzos para la posterior instalación de elementos camper pasa a tener carrocería SA?  ¿No tendría que ser turismo AF multiuso?  Porque la California no se monta sobre el chasis de un furgón Ducato por ejemplo, como las ACs "grandes".  Demasiado lío para una mañana de Martes que encima a mí me "sabe" a Lunes .loco2

No, no es lo mismo que una T6 cualquiera. Las Cali ya salen de fabrica ensayadas/homologadas como SA. El error, por parte de muchos concesionarios, es clasificarlas como 1048  .lengua2 
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: AKUREYRI en Octubre 01, 2019, 21:36:16 pm
Entonces volvemos al lio de porque una california t4 3148 por ejemplo,el fabricante dice que no se puede pasar a 3200 porque el chasis no es SA si se suponen que ya salian de fabrica ensayadas y homologadas con ese supuesto chasis especifico para tal uso....lio lio sin pies ni cabeza
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: AKUREYRI en Octubre 01, 2019, 21:49:50 pm
Es mas,para rizar el rizo estas calis t4 por ejemplo ya difieren en cuanto a diferencia con una transporter en tema de suspensión,a modo de ejemplo,los muelles traseros y las barras de torsion delanteras llevan unas medidas y color distintos a cualquier otro modelo de transporter,carabelle o multivan,partiendo solo de esta base ya estan haciendo una configuracion especifica para las california t4 en cuanto a chasis se refiere,osea debería ser un chasis SA porque lo han diseñado para un vehiculo tipo autocaravana por decirlo de algun modo,no se si me explicado bien.
Gracias por aguantar la chapa🙋‍♂️
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: Honguneta en Octubre 01, 2019, 22:30:26 pm
Muchas calis de la época de las T4 se matricularon como 3148 mixto-vivienda porque así se evitaba pagar unos cuantos miles de pesetas en impuestos, sin más; si tenían la homologación como turismo ó autocaravana, al ser una categoría "inferior", les dejaban. Ahora vienen los lloros claro
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: AKUREYRI en Octubre 01, 2019, 23:03:00 pm
Cita de: Honguneta en Octubre 01, 2019, 22:30:26 pmMuchas calis de la época de las T4 se matricularon como 3148 mixto-vivienda porque así se evitaba pagar unos cuantos miles de pesetas en impuestos, sin más; si tenían la homologación como turismo ó autocaravana, al ser una categoría "inferior", les dejaban. Ahora vienen los lloros claro
Hola honguneta,me estaba refiriendo al tema certificado del fabricante(vw) no a temas fiscales que creo que no tienen nada que ver uno con el otro o corrijanme si me equivoco....
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: AKUREYRI en Octubre 01, 2019, 23:17:28 pm
Se ha dado algún caso(muy pocos)de que el fabricante(vw California
T4)autorizado el cambio de 3148 a 3200 porque "supuestamente" tiene carroceria o chasis SA,y digo yo, donde esta la diferencia si ya de fabrica salen con esos cambios, ejemplos que cito anteriormente a modo de ejemplo que las diferencia con cualquier otra variante de t4.
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: roKopep en Octubre 01, 2019, 23:32:58 pm
Cita de: AKUREYRI en Octubre 01, 2019, 21:36:16 pmEntonces volvemos al lio de porque una california t4 3148 por ejemplo,el fabricante dice que no se puede pasar a 3200 porque el chasis no es SA si se suponen que ya salian de fabrica ensayadas y homologadas con ese supuesto chasis especifico para tal uso....lio lio sin pies ni cabeza

Pero una cosa son las california beach o ocean T6 de serie y otra las T4 que equipaba a posteriori westfalia sobre AF multiuso, como sigue pasando con las MP o, en el caso de la misma VW, con las Sven Edin sobre crafter o hasta con las Kepler sobre T6 de batalla larga (batalla que no existe en las calis porque es un tamaño no admitido para carrocerias SA).

Si a esto le añades lo que comenta justamente honguneta, ya tienes el circulo cerrado. Hasta hace muy poco a nadie le convenia clasificar como 3200 una cali porque no podías "correr", entre otras cosas, pero hoy las cosas han cambiado..
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: AKUREYRI en Octubre 02, 2019, 00:11:09 am
Entonces porque hay algún caso de alguna t4 cali que el fabricante si lo autorizado(3148 a 3200) siendo supuesto chasis AF y se entiende que todas las que se destinaron para el fabricante wesfalia fueron así,porque tren de frenada y suspensión son todas las "calis" iguales,solo difiere si hay una motorizacion diferente en el caso de las 151cv por ejemplo.
Estoy seguro que esas calis SA son iguales a las que supuestamente no lo son.
Diferencias entre una t6 transporter y una t6 cali son tema de suspensión y frenos por que el tema de vigas y travesaños son exactamente igual.
A ese ejemplo exactamente me refiero con las t4,las t6 cali tienen una configuracion exclusiva para montar autocaravana y en las t4 cali también habia diferencias con las otras versiones t4 porque estaban destinadas a ese proposito de autocaravana.
¿donde esta la diferencia "tecnica" de esas t4 cali entre SA y no SA?
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: Honguneta en Octubre 02, 2019, 00:21:22 am
No es ningún lío, como te dice roKopep hasta hace nada los límites de velocidad eran iguales para mixto que para autocaravana, y la ITV se pasaba anual por ser vivienda. Por tanto a mismas prestaciones pràcticas, te ahorrabas un pico sacándola de concesionario matriculada como mixto-vivienda, y se permitía porque al ser "inferior" a autocaravana no había problema en matricularlo así (y a los concesionarios les vendría cojonudo para aumentar ventas teniendo a los clientes contentos, todo sea dicho). Pasaron los años y ahora los 3148 van a 100km/h y pasan ITV semestral, y las 3200 a 120km/h e ITV anual, asique interesa cambiar, por lo que si la marca lo había homologado como turismo ó autocaravana se puede, previo pago. No veo el lío. Que montasen otra amortiguación ó frenos no significa que el chasis fuese diferente en las T4, aunque lo sea en las T6; los amortiguadores no implican nada en la fabricación del chasis, que es a lo que se refieren los compañeros. Ha llovido mucho de la T4 a la T6, no tienen nada que ver a nivel legal/homologación por lo que parece; el chasis de T4 tiene pinta de ser común en los M1 (aunque mejor que lo asegure quien sepa fijo)
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: AKUREYRI en Octubre 02, 2019, 01:04:28 am
Creo que no me estoy explicando bien o con el paso de los años me estoy volviendo torpe...jajajajaj....
Vamos a ver, partimos de la fabrica,(a modo de ejemplo)CINCO vw california t4 iguales,identicas.Una le ponen chasis o carroceria SA y las otras restantes no.A la hora de venderlas en concesionario(estamos hablando de la época en que se vendieron)"esas 5 se matricularon como 3148" por temas fiscales para ahorrase una pelas el cliente,ahora viene el desenlace (en la actualidad)vas a pedir un certificado para el cambio a 3200 al concesionario oficial y solo se lo dan a 1,la chasis SA.Las otras 4 restantes no se lo dan "siendo exactamente las 5 iguales" en fabrica,esta es la chapuza a la que vengo a referirme.
Espero haberme explicado mejor y ya no doy mas la castaña que me toy poniendo pesado...
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: eneko en Octubre 02, 2019, 07:38:10 am
Honguneta... lo de la velocidad siempre ha sido como ahora lo que pasa es que todos teníamos la falsa creencia de que si llevabas el epígrafe "vivienda" podías ir a 120... de hecho ni siquiera las autocaravanas estaban recogidas en el código para ir a 120... la incorporación ha sido poner que las autocaravanas, como asimiladas de turismo que son, tienen los mismos derechos y obligaciones que los turismos

Realmente en nuestro sector nada ha cambiado... únicamente que ahora la información no es contradictoria

Eso con lo que respecta a código de circulación desarrollado y bajo competencia del Ministerio de Interior

.............................................

Lo que por otro lado y de manera paralela se ha modificado, es el manual de procedimientos de las estaciones de ITV, periodicidades, etc

Ahí han dicho que a partir de los 10 años de antigüedad los vehículos mixtos y los furgones deberán pasar inspección cada 6 meses y todo ello con independencia del epígrafe que define su uso en la categoría pues entienden que eso afecta al interior y no a la conducción y demás.

Antes pasaba como con las velocidades.. no existía una definición clara y te daban pegatina de ITV con períodos, en ocasiones aleatorios.

Eso con lo que respecta ITV y dependiente del Ministerio de Industria

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Son cuestiones que no guardan relación entre sí

Respecto a las T4 efectivamente la fabricación era algo distinta a la actual porque se externalizaba. Puede haber mismas furgos y diferente tipología de chasis? sí


Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: eneko en Octubre 02, 2019, 07:47:14 am
Chapuza o no chapuza... de igual manera que las sacábamos "mixto adaptable vivienda" para no pagar impuesto de matriculación, los fabricantes juegan con las categorías de los chasis para tener menor repercusión fiscal porque también pagan impuestos según vehículo, categoría, etc

El problema está en pensar que ésto es una ciencia exacta; blanco o negro.. curiosamente algo tan "tecnológico" como la industria del automóvil también tiene grises

Pretendemos comprimir en un folio los procesos de fabricación de vehículos, las leyes comunitarias que establecen los métodos de fabricación, las de cada estado, los códigos de circulación, etc etc etc etc.... eso es imposible de hacer

Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: AKUREYRI en Octubre 02, 2019, 10:34:44 am
Cita de: eneko en Octubre 02, 2019, 07:47:14 amChapuza o no chapuza... de igual manera que las sacábamos "mixto adaptable vivienda" para no pagar impuesto de matriculación, los fabricantes juegan con las categorías de los chasis para tener menor repercusión fiscal porque también pagan impuestos según vehículo, categoría, etc

El problema está en pensar que ésto es una ciencia exacta; blanco o negro.. curiosamente algo tan "tecnológico" como la industria del automóvil también tiene grises

Pretendemos comprimir en un folio los procesos de fabricación de vehículos, las leyes comunitarias que establecen los métodos de fabricación, las de cada estado, los códigos de circulación, etc etc etc etc.... eso es imposible de hacer


Claro está,ya me has entendido por donde voy,nada que ver con que yo la comprara 3148 por ahorrarme unas pelas y otro propietario hicirea lo mismo(3148)costando igual de precio compra nuevo,pero ese otro con la ventaja de que si ahora decide cambiar a 3200 si puede y yo no.esa es un poco la decepción de que no es culpa mia el no posible cambio por que no a influido en nada como se matriculara cada una por ahorrase unas pelas en impuestos.
Porque se intenta decir que no la puedes cambiar de clasificación entendiendo de que ya la matriculaste así para ahorrate un dinero y ahora te fastidias(pues en el otro caso la matriculó igual para ahorrase pasta y el si puede)
Menuda chapa estoy dando,gracias por vuestra paciencia.
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: Honguneta en Octubre 02, 2019, 11:37:53 am
AKUREYRI ahora entiendo a lo que te refieres, que no me estaba enterando ;D  Es decir, que la VW para ahorrarse ellos cierto tipo de impuestos ó el dinero que costase producir un chasis SA mandaban a Westfalia chasis tanto SA como de otro tipo, y en consecuencia las Californias tenían la posibilidad de homologación como 3200 ó no .bien  Te doy la razón, es una chapuza, una de tantas... Supongo que en la industria del automóvil les importa bien poco que el cliente final la clasifique de una forma u otra, y prima sus ganancias, facilidades fiscales,... sus intereses básicamente, nada raro.  ¿Y como turismo tampoco es posible?  En las que no tienen chasis SA me refiero.

eneko con lo de los límites de velocidad me refiero a que antes en teoría las autocaravanas también tenían que ir a 100km/h (ó al menos no estaba especificado como ahora que pudiesen ir a 120km/h por lo que yo al menos asumía que mi límite era 100), asique a efectos prácticos daba igual que estuviese como mixto ó como autocaravana, y si encima llevaba el XX48 pasaba también ITV anual, en la práctica eran "equivalentes".  Pero ahora han cambiado ambas cosas, y un 3148 no tiene nada que ver a efectos prácticos con un 3200.
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: oriolusoriolus en Octubre 02, 2019, 12:23:36 pm
Efectivamente el lío viene con los cambios recientes y no tanto por como esta ahora la situación...

Gracias por las aclaraciones de tan sabios expertos!! .ereselmejor
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: roKopep en Octubre 02, 2019, 12:40:21 pm
En ppo los cambios recientes han venido precisamente para unificar criterios y, en la medida de lo posible, corregir fallos que se arrastran desde hace mucho tiempo.  En realidad el verdadero lío  -y no solo en este sector- surge en el momento en que la normativa europea llega a declinarse en el maravilloso contesto normativo español. En Alemania los ingenieros de VW, así como los de Westfalia (que empezaron fabricando carros para ganadería en realidad ;D ), piensan y actúan por categorías de vehículos, y no por clasificaciones, lo cual es un concepto de carácter normativo y fiscal totalmente made-in-espain. Si en Alemania les hablamos de turismo-vivienda no se enteran ni con un croquis, y ya ni te cuento si le explicas lo que es un mixto-adaptable  .meparto  .meparto

Las clasificaciones españolas son un mundo completamente sui generis, la envidia de toda europa vamos  .meparto Así que cuando aquí un concesionario oficial vendía una cali T4 de paquete fabricada -en Alemania- por VW y equipada - en Alemania- por WF (la clásica mal llamada "nacional", ya que es tan importada como una de segundas), se hacían malabares de todo tipo para ahorrar por un lado o por el otro, sin dar importancia ni al chasis ni a la carrocería porque, a pesar de haber tenido ya a naranjito, curro y cobi, aun no nos creíamos europeos.... Y fue asi q hubo cali 1048, 2448, 3148 u otros esperpentos a patadas, como si no hubiera un mañana. Pero ese mañana por fin llegó también a España y, si hasta el 2018 nadie decía ni mu, a partir de entonces todo el mundo empezó a reclamar su "sacrosanto" derecho a tener su Cali o su MP como 3200 en FT. Y la gran mayoría de las veces, a muchos usuarios, ese derecho ni siquiera le correspondía (alguien recuerda aun a nuestro amigo Alepitty y su lucha contra molinos de viento?)

Y todo eso ha pasado porque en este país parece que hemos descubierto las categorías de vehículos solo en 2018, cuando se oficializaron cambios de normativas respecto a categorías, ITV, velocidad y la madre q lo pario.. Pero todo eso ya existía en el resto de Europa desde hace décadas. Si a todo esto le añadimos el concepto de contraseña nacional (las E-xxx, B-xxx o C-xxx) y su equivalencia en el EEE (las *e*-xxxxxxxx), pues no hay por donde cogerlo y esta claro que luego pasa lo que pasa, que esta si te la puedo poner como 3200 y la otra que es "idéntica" nanai...
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: beakyro en Octubre 02, 2019, 12:52:31 pm
Hola soy nueva aki !! Nose muy bien donde tengo que escribir tengo una peugeot traveller y quiero poner techo en mi furgoneta quien mejor precio me da es ibiltariak con techo bram alguien sabe que tal trabajan esque yo nunca escuche hablar de ellos eskerrikasko!!
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: oriolusoriolus en Octubre 02, 2019, 13:20:32 pm
Cita de: roKopep en Octubre 02, 2019, 12:40:21 pmSi en Alemania les hablamos de turismo-vivienda no se enteran ni con un croquis, y ya ni te cuento si le explicas lo que es un mixto-adaptable


(https://www.furgovw.org/foro/Smileys/classic/meparto.gif)(https://www.furgovw.org/foro/Smileys/classic/meparto.gif)
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: AKUREYRI en Octubre 02, 2019, 14:38:10 pm
Exato,roKopep y honguneta,ahí  es donde yo quería ir a parar.
En fin,mas de lo mismo con el resto de cosas que pasan en este pais.
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: AKUREYRI en Octubre 02, 2019, 15:03:16 pm
Cita de: Honguneta en Octubre 02, 2019, 11:37:53 amAKUREYRI ahora entiendo a lo que te refieres, que no me estaba enterando ;D  Es decir, que la VW para ahorrarse ellos cierto tipo de impuestos ó el dinero que costase producir un chasis SA mandaban a Westfalia chasis tanto SA como de otro tipo, y en consecuencia las Californias tenían la posibilidad de homologación como 3200 ó no .bien  Te doy la razón, es una chapuza, una de tantas...


Honguneta quiero matizar un detalle aclaratorio y es que el fabricante no producia o fabricaba un chasis especifico SA, si no que eran identicos, la diferencia era solo colgarle la etiqueta SA sin haber diferencia tecnica de construccion entre una y otra
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: Honguneta en Octubre 02, 2019, 17:33:30 pm
Cita de: AKUREYRI en Octubre 02, 2019, 15:03:16 pmHonguneta quiero matizar un detalle aclaratorio y es que el fabricante no producia o fabricaba un chasis especifico SA, si no que eran identicos, la diferencia era solo colgarle la etiqueta SA sin haber diferencia tecnica de construccion entre una y otra

Pues ahora si que alucino, ¿el chasis sólo se diferencia de SA a "normal" por la etiqueta/documentación que le pongan y no por criterios constructivos?  Kill me truck

roKopep África para el resto de Europa empieza en los Pirineos, y con razón, en muchas cosas.  Y eso que los pobres portugeses apenas tienen culpa, ya que aunque algunos siguen sin creerlo siempre han sido un pelín más listos que nosotros por mucho que los queramos meter en el saco ibérico con España (no voy a empezar con la clase de Historia que me emociono y no se puede hablar de política ;D), y en los últimos años han metido quinta y tiene pinta de que nos adelantarán por la derecha haciendo un .dedito en breves como no nos pongamos las pilas, y se acabará aquello de "menos mal que nos queda Portugal".  Que a nadie le extrañe que seamos el hazmerreir de Europa, que sus normas se cumplen tarde mal y arrastro y encima se mezclan con las nuestras de formas surrealistas haciendo que no haya por donde cogerlas.

Recuerdo que bastante antes de comprar la furgo, cuando sólo era una idea/ilusión, descubrí el foro y se me encendió la luz con muchos comentarios de algunos foreros advirtiendo de todo ésto, fueron varios pero recuerdo especialmente a URDULIZ que lo recalcaba día sí y día también, a pesar de todo el lío que tenía de clasificaciones, tipos de uso, reformas y sup*tamadre (la burocracia me hace .loco2 ), sí hubo algo que me quedó claro: compra una furgo homologada como turismo ó autocaravana.  De hecho habíamos visto una que no nos disgustaba y la deseché de plano cuando me enviaron la FT (ponía 3100).  Por eso cuando Alepitty y compañía pusieron el grito en el cielo y se quejaban indignados de sus vehículos y la imposibilidad de pasarlos a 3200, me cabreaba tanto que no les entrase en la cabeza; si alguien como yo, que no tiene ni idea de legislación y menos de vehículos, había podido entenderlo, no era tan difícil.  Pero ya lo habéis dicho, queremos un vehículo de 5m que en parado mida 8 y lleve camas hechas y salón para la tribu de los Brady y nos dejen ir a 120km/h y no nos hagan pasar ITV y encima nos palmeen en la espalda al pasar porque molamos a tope por ser camper.  Welcome to Spañistán  .loco1
Título: Re:Vehiculos no homologables como vivienda
Publicado por: AKUREYRI en Octubre 02, 2019, 20:51:00 pm
Cita de: Honguneta en Octubre 02, 2019, 17:33:30 pmPues ahora si que alucino, ¿el chasis sólo se diferencia de SA a "normal" por la etiqueta/documentación que le pongan y no por criterios constructivos?  Kill me truck


Si pero solo en las californias,en el resto de t4's si varía algo como por ejemplo suspensiones.
Las californias llevaban muelles traseros y barras de torsión delanteras totalmente distintas al resto de las demas variantes de t4.
Por criterios constructivos(SA o no SA)las californias t4 son todas iguales ,es mas tu vas con la ficha tecnica(n° de bastidor)a pedir una pieza,y en lo relacionado a tren de frenos y suspension que me imagino es uno de los componentes mas criticos para calificar SA si,SA no,y resulta que todos esos componentes coinciden todas las referencias siendo una SA y la otra "no".
Conclusión:cualquier calirfornia t4 es apta para ser SA desde el momento en que "una" de ellas el fabricante la etiquetara SA,pero claro esto seria romperse la cabeza con el baticano...nain de nain