Abril 17, 2024, 00:06:05 am

Nuevo Reglamento de Circulación.

Iniciado por mensaka36, Enero 07, 2013, 18:43:00 pm

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mensaka36

Enero 07, 2013, 18:43:00 pm Ultima modificación: Enero 07, 2013, 19:45:28 pm por mensaka36
http://www.diariosur.es/motor/reportajes/cambios-reglamento-circulacion-201301071246-rc.html


Hola,¿interpreto que con mi furgo catalogada como Mixto puedo ir ya  a 120??

flax004


Guilleridoo

.....Mixta o como sea !!!.....de menos de 3500 kg. (que son todas) la misma velocidad que turismos y motocicletas.

mensaka36

No es que corriera mucho mas de 100 pero así va uno mas tranquilo... ;)

eneko

Perdonad, sabéis a q se refiere esto:
[...]Se regula el estacionamiento de autocaravanas[...]

Guilleridoo

....No especifica el tipo de regulación en el estacionamiento, sera que hasta ahora no hay nada fijo al respecto ???

abra

...o será que lo regula pero no comenta como  .confuso2 .confuso2
Mi madre me decia siempre: "hijo estudia y llegarás lejos" y aquí estoy, buscandome la vida en Alemania...

fortra

 Supongo que se aclare al publicarse en el B.O.E. pero en todo caso y dentro de poblado los ayuntamientos regulan el estacionamiento

baikorrix

Lo acabo de leer y me estoy poniendo nervioso.....

Lo de las velocidades, perfecto!

¿Y lo de estacionar?, ¿qué?


Esperaremos, pero hoy ya no duermo......


.panico .panico .panico
No llega antes el que va más rápido sino el que sabe dónde va

baikorrix

Catorce. Se añaden al artículo 92, los puntos 4 y 5 con la siguiente redacción:
"4. El estacionamiento de las autocaravanas deberá efectuarse en
las siguientes condiciones:
a) sin extender elementos propios que desborden el perímetro del
vehículo.
b) descansando sobre los neumáticos o cuñas de seguridad
c) sin verter fluidos procedentes del habitáculo.
Si se cumplen las condiciones anteriores, el estacionamiento de la
autocaravanas solo podrá verse limitado por restricciones genéricas de
masas y dimensiones que afecten a todos los vehículos.

Borrador:

https://docs.google.com/open?id=0B2TaZwYz2jEcYUdWM2l5ZFE4OE0
No llega antes el que va más rápido sino el que sabe dónde va

turbopoker

pero esto solo es el borrador, osea que todavia no son vigentes, no?
El mejor consejo lo da la experiencia, pero siempre llega demasiado tarde....

baikorrix

Era el borrador en Octubre - Noviembre, luego ya veremos.....

:roll: :roll:
No llega antes el que va más rápido sino el que sabe dónde va

kintala

Cita de: baikorrix en Enero 08, 2013, 21:09:09 pm
Catorce. Se añaden al artículo 92, los puntos 4 y 5 con la siguiente redacción:
"4. El estacionamiento de las autocaravanas deberá efectuarse en
las siguientes condiciones:
a) sin extender elementos propios que desborden el perímetro del
vehículo.


¿Y el techo elevable?  ??? ??? Estando en la ficha técnica, ¿formaría parte del perímetro del vehículo?
Hijo mío, la felicidad está hecha de pequeñas cosas: Un pequeño yate, u
na pequeña mansión, una pequeña fortuna...

Despiece motor JX: http://www.furgovw.org/index.php?topic=267222.0

baikorrix

No llega antes el que va más rápido sino el que sabe dónde va

+gvr

Enero 09, 2013, 00:56:46 am #14 Ultima modificación: Enero 09, 2013, 01:13:15 am por +gvr
Que buena noticia.

El anexo V lo dice claro, los de menos de 3500 kg a 120 km/h (a 100 con remolque). Pues se acabó la paranoia de los radares volumétricos. Me parece que muchos de los que cambiaron de mixto adaptable a turismo se van a arrepentir  ;D

Entra en vigor 3 meses despues se su publicación en el BOE.

Un saludo.
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0