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Sobre la carga en un Turismo

Iniciado por gutisoft, Marzo 30, 2015, 17:01:57 pm

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Marvin

Hola de nuevo; no tengo intención de hacer publicidad de ningún producto y muchísimo menos perjudicarlos por concretar un ejemplo. Voy a arriesgarme y aventurarme acerca de Furgomania.

-Descozco totalmente el producto, solo lo que se ve en la web. No sé si son muy buenos o muy malos, para mi opinión tiene buena pinta.
-Dudo mucho que nadie monte una empresa, con lo que eso conlleva, para vender algo muy concreto y que no esté bien estudiado el producto con sus controles de calidad, sus certificaciones, sus homologaciones etc, etc, etc...
-Por otro lado son fabricantes, no abogados, ni yo ni muchos de los que estamos aquí sabemos ni nos ponemos de acuerdo de si es legal o no, hay 1001 combinaciones de carga en turismo, en mixto. Y por lo que veo siempre terminas por no estar legal, de un modo u otro es muy difícil por no decir imposible.
-Repito no tengo absolutamente nada que ver con Furgomanía, solo era un ejemplo para concretar la pregunta ya que es la única empresa que conozco que se dedica a esto.

Por otro lado explico mi caso concreto, con el que creo o al menos tengo la esperanza de ir legal y seguro.
Tengo una T5 de batalla larga homologada a turismo con nueve plazas, solo monto cinco plazas y los anclajes de los asientos traseros están tapados por la moqueta, ni siquiera tengo la tercera fila. Yo creo que si compro-fabrico unos arcones bajos (no más de 55cm) y los anclo con cinchas a las anillas de sujección que trae en el maletero y hago lo mismo con el equipaje, quiero pensar que estoy circulando legalmente y con seguridad. Otra cosa es que la ley no la entiende ni el que la redactó, ni el que la aprobó quedando totalmente al criterio subjetivo de la GC y que si te multa pues te jod... y recurres a ver si hay suerte.
Sé que no aporto nada a resolver las dudas de si es legal o no pero, me dije... ¡Tengo un rato libre, voy a escribir algo! Jajaja... Que no, que es coña, estoy muy interesado en el tema y voy a seguir buscando y leyendo este y otros hilos acerca del tema. De todos modos en una o dos semanas iré a Tráfico y aprovecharé para preguntarlo allí, a ver que me dicen ellos.

Un saludo a todos.
Mi conciencia tiene para mí, más peso que la opinión de todo el mundo.

davidmat

Cita de: Óscar Álvarez en Abril 02, 2015, 22:44:29 pm
Hola de nuevo; no tengo intención de hacer publicidad de ningún producto y muchísimo menos perjudicarlos por concretar un ejemplo. Voy a arriesgarme y aventurarme acerca de Furgomania.

-Descozco totalmente el producto, solo lo que se ve en la web. No sé si son muy buenos o muy malos, para mi opinión tiene buena pinta.
-Dudo mucho que nadie monte una empresa, con lo que eso conlleva, para vender algo muy concreto y que no esté bien estudiado el producto con sus controles de calidad, sus certificaciones, sus homologaciones etc, etc, etc...
-Por otro lado son fabricantes, no abogados, ni yo ni muchos de los que estamos aquí sabemos ni nos ponemos de acuerdo de si es legal o no, hay 1001 combinaciones de carga en turismo, en mixto. Y por lo que veo siempre terminas por no estar legal, de un modo u otro es muy difícil por no decir imposible.
-Repito no tengo absolutamente nada que ver con Furgomanía, solo era un ejemplo para concretar la pregunta ya que es la única empresa que conozco que se dedica a esto.

Por otro lado explico mi caso concreto, con el que creo o al menos tengo la esperanza de ir legal y seguro.
Tengo una T5 de batalla larga homologada a turismo con nueve plazas, solo monto cinco plazas y los anclajes de los asientos traseros están tapados por la moqueta, ni siquiera tengo la tercera fila. Yo creo que si compro-fabrico unos arcones bajos (no más de 55cm) y los anclo con cinchas a las anillas de sujección que trae en el maletero y hago lo mismo con el equipaje, quiero pensar que estoy circulando legalmente y con seguridad. Otra cosa es que la ley no la entiende ni el que la redactó, ni el que la aprobó quedando totalmente al criterio subjetivo de la GC y que si te multa pues te jod... y recurres a ver si hay suerte.
Sé que no aporto nada a resolver las dudas de si es legal o no pero, me dije... ¡Tengo un rato libre, voy a escribir algo! Jajaja... Que no, que es coña, estoy muy interesado en el tema y voy a seguir buscando y leyendo este y otros hilos acerca del tema. De todos modos en una o dos semanas iré a Tráfico y aprovecharé para preguntarlo allí, a ver que me dicen ellos.

Un saludo a todos.


Pues por favor, comparte con nosotros lo que te digan, a ver si ponemos un poco de luz a todo esto.

Yo estoy peor que tu, yo si tengo la tercera fila de asientos, pero en verano la cambiaré por unos arcones para dormir. En mi caso, ¿cómo homologo yo eso?

Que no es por dinero, que no es por no hacer el proyecto, yo preferiría hacerlo legal, pero ¿qué tipo de homologación me permitiría hacer eso?

Lo que si tengo claro es que mis arcones irán amarrados a la estructura en tantos puntos como pueda, lo que va al otro lado del asiento es mi hijo. Y si el GC no lo ve bien así, pagaré la multa con la conciencia muy tranquila de no haber puesto en peligro nunca a los míos.....

Saludos desde la región que da nombre a mares y montañas: ¡ Cantabria !!!!
Mi furgo: http://www.furgovw.org/index.php?topic=299412.0

URDULIZ

Abril 03, 2015, 09:54:29 am #32 Ultima modificación: Octubre 04, 2018, 16:07:06 pm por URDULIZ
A
Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

+gvr

Cita de: URDULIZ en Abril 02, 2015, 17:50:43 pm
Bien, ¿entonces que problema hay con el kit? Yo no lo conozco muy bien, pero vamos a suponer:

El vehículo trae habitualmente una anilla atrás del todo, algunos lo tienen en el suelo, otros en el nervio vertical. Traen habitualmente otra anilla justo delante del paso de rueda. Pregunto: ¿un arcón de estos tapa la anilla de delante? ¿tapa la anilla de detrás?
Si las tapa de forma que ya no son útiles, entonces la función de carga del vehículo ya no se puede hacer, por lo tanto está alterando las condiciones del vehículo. Si cambia o modifica las condiciones entonces hay que reponer condiciones, y pregunto: ¿en el kit vienen otras anillas y sus soportes para sustituir los anclajes de carga?



Una buena reflexión URDULIZ

Y tienen razón respecto a empresas. Mis reflexiones las hago en genrérico

Simplifico que el problema en que unos arcones que oculten e inutilicen las argollas impiden llevar más carga porque no la puedes asegurar. No es más problema si no quieres llevar nada más...situación utópica!!! pero como vas a querer que llevar más cosas y con éstas, y con los arcones, has de seguir el Reglamento General de Circulación que establece en su artículo 8 la prohibición de cargar los vehículos o transportar en ellos personas, mercancías o cosas de forma distinta a la que se determina...pues estás en un problema.
La forma en que se determina es la que se concreta posteriormente en los artículos 13, 14 y 15, y para los mixtos hay que seguir el artículo 10.3 del Reglamento General de Circulación que establece la obligación de que estén provistos de una protección adecuada a la carga que transporten, de manera que ésta no estorbe a los ocupantes ni pueda dañarlos en caso de ser proyectada, y se reitera en el artículo 12.4.2 del Reglamento General de Vehículos incluyendo esta protección como una de las condiciones técnicas de los vehículos y nos remitie al Anexo VI para las condiciones que debe cumplir esta protección.
Resumiendo, los arcones no deberían de ser un problema para poder asegurar la carga adiccional que lleves por lo que unos que oculten las argollas no son prácticos ni seguros, no por si mismos sino por el argumento anterior.
Si te quieres hacer unos arcones tendrás que diseñarlos de manera que las argollas de carga sigan estando disponibles lo cual es un problema ya que el amarre se realiza en forma afianzandolos contra los laterales y unos más estrechos tenderían irse hacía el centro por lo que la soución pasa por que existan unas aberturas que te permitan el acceso y correcto amarre del resto de las cosas transportadas...

Si instalas unos arcones, o sea que se quedan fijos a la carrocería, se debería que verificar que no interfieren con los restantes elementos necesarios para que siga cumpliendo con las características que permitieron su clasificación. Lo cual en la prectica implica que unos arcones con un diseño que impida el uso de las argollas no se puedan legalizar.

Un saludo!
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

gutisoft

Abril 03, 2015, 13:58:06 pm #34 Ultima modificación: Abril 03, 2015, 13:59:44 pm por gutisoft
Hola de nuevo.
Tenéis razón en lo que decís, pero creo dentro de la lógica de una persona que quiere hacer las cosas legales, que es de lo que intentamos hablar de aquí.
Creo que "más o menos" todos sabemos lo que esta bien hacer o no en la furgo. O eso me supongo. Sigue entrando dentro de la lógica.
Por poder, se puede hacer de todo, pero como sabemos, estar dentro de una conducción segura y legal, es hacer caso a los principios lógicos.
Que llevas la carga dispersa donde quieres, sabes que vas mal.
Que no la llevas agarrada, sabes que vas mal.
Que has cambiado el suelo y anulado las anillas, sabes que vas mal.
Que tapas las anillas y quieres llevar carga, sabes que vas mal.
Todo eso, lógicamente, si no has homologado nada.

Para ir seguro y legal, llevar siempre la carga agarrada, sea cual sea, a las anillas de sujeción, independientemente del tipo de vehículo que se trate.
Que se cambia algún elemento se seguridad tanto activa como pasiva, lógicamente habrá que homologar dichas modificaciones, si no sabes que vas mal.
Casi el 100% de nosotros no llevamos las cosas bien, simplemente por comodidad o por descuido. Pero por ello no olvidemos que en un accidente vamos nosotros, y que si te para la guardia civil y no están las cosas bien hechas, pues sabes que te pueden multar, aunque generalmente no lo hagan.
Creo que la lógica, a parte de los reglamentos, es una buena consejera, y si tengo dudas que algo que estoy haciendo no esta bien, muy probablemente no lo estará.

Quiero decir, que por que alguien me venda algo, me diga o no que es legal, yo se si lo que voy a poner es seguro o no. Si pongo un arcón y es mas grande que la furgo, pues tapo anillas, tengo que quitar asientos y hablo de un turismo, se que eso no lo puedo hacer. Que me da la gana hacerlo, pues sabes que vas mal.
Lo lógico en un turismo, es llevar tu carga particular y bien ordenada. Que llevo unos arcones, pues perfecto, pero sigue la lógica del vehículo que lleves, no te empeñes en que seguro que no pasa nada, pues pasara.
En un mixto algo parecido. Que llevo carga en forma de arcones o armarios, pues llévalos pero bien agarrados. Que llevo muebles altos más altos que los asientos, pues vas mal. Que casi casi son mas altos, pues no te arriesgues, vas mal.
Que quiero llevar cocina, muebles altos, 220v, un baño...... Coño, pues homologado y vete seguro y legal.

Creo que la lógica en estos caso funciona muy bien. Nos podemos empeñar en lo que queramos, pero las cosas son como son.


Enviado desde mi iPad utilizando Tapatalk

URDULIZ

Abril 04, 2015, 12:36:21 pm #35 Ultima modificación: Octubre 04, 2018, 16:07:45 pm por URDULIZ
A
Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

Tigreneta@hotmail.com

Hola buenas:
Veo que hay normativas duras sobre la camperizacion de las furgos. Aunque mucha gente de esquinazo a las normativas no quiero comenter ese error.

Mi problema es el siguiente.
Compre una transporter  T5 hace unos dias. Me venia con una cama aprovechando los asientos abatibles de la fila intermedia y apoyada en la parte de atras en una extructura tipo andamio sin anclar al suelo. La historia es que la altura de la cama no me viene bien. Ya que me gusta el surf y necesito mayor altura para colocar de canto varias tablas.
Mi pregunta es donde puedo conseguir la normativa de alturas para montar arcones o camas desmontables, sin necesidad de homologar ya que me conviene que sea de quita y pon, para poder realizar otros transportes.
¿Se puede rebasar la altura del asiento abatido?
Gracias.

+gvr

Noviembre 22, 2015, 10:42:02 am #37 Ultima modificación: Noviembre 22, 2015, 10:44:13 am por +gvr
Si no es una estructura fija no es homologable y como tal es carga.
Hay una afectación respecto de la normativa de transportes por lo que la carga la puedes llevar en un vehículo autorizado para ello y que en el caso de las furgos son los furgones y los mixtos adaptables. Por otra parte existe una normativa respecto del tipo constructivo (estructura donde el espacio de carga y el de pasajeros es el mismo) y que afecta por igual a familiares, monovolumen, furgones... independientemente de su clasificación.

Del Reglamento General de Vehículos:

"2.4. Dispositivo de retención.
Es aquel dispositivo (por ejemplo: red, reja, barras) que está situado detrás de los asientos que limitan directamente con el plano de carga y que separa total o parcialmente la zona de pasajeros del espacio de carga para proteger a los pasajeros de un desplazamiento eventual de la carga.
El asiento asumirá parcialmente la función de retención cuando el dispositivo de retención asegure únicamente la zona situada por encima del mismo."

De lo que está en negrita se extrae el "rumor" de que si no pasa no es necesario llevar separador. La redacción es el resultado de una transposición de las directivas europeas de su día pero hecha de una manera absurda. Los asientos si forman parte del dispositivo de retención se ensayan al efecto según las pruebas que se determinan en el RGV y en ese caso y cuando la carga sobrepasa la linea del respaldo tienes que instalar una rejilla para conseguir un separador total.

Otro tema es si es seguro ir sin el separador total cosa que entiendo que no y también entiendo que no es legal si llevas algo sin asegurar a las argollas de carga cosa que en muchos vehículos modernos es imposible porque salen de fábrica sin argollas de amarre. Sería de la aplicación:

" Artículo 14 Disposición de la carga

1. La carga transportada en un vehículo, así como los accesorios que se utilicen para su acondicionamiento o protección, deben estar dispuestos y, si fuera necesario, sujetos de tal forma que no puedan:

    a) Arrastrar, caer total o parcialmente o desplazarse de manera peligrosa.
    b) Comprometer la estabilidad del vehículo.
"

La "carga" puede rebasar la altura del asiento abatido, SI si circulando llevas el dispositivo de retención instalado, la carga asegurada y cumples con la normativa de transporte o con sus exenciones.

Que vehículo llevas y que clasificación tiene?

Un saludo!


.
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

Tigreneta@hotmail.com

Mi furgo es una T5 del año 2005. Y esta pasada a turismo.

Tigreneta@hotmail.com

cuando hablas de sobrepasar la linea del respaldo.
¿ A que linea te refieres?
A la altura superior del reposacabezas?
a la linea superior del respaldo sin abatir?
a la linea superior del respaldo abatido?
o a la linea que separa el respaldo del asiento?

No se si me explico. Se me entiende?

Gracias

+gvr

Noviembre 22, 2015, 12:21:25 pm #40 Ultima modificación: Noviembre 22, 2015, 12:36:07 pm por +gvr
No esta especificado, pero dado que cuando entro en vigor el RGV no eran obligatorios los reposacabezas en todas las plazas entiendo que el la linea superior del respaldo en la posición sin abatir, "en orden de marcha".

En una T5 clasificada como 1000 te pueden discutir, y sin muchas duda, que transportes una estructura que no es equipaje y es fácil que presupongan una vocación de vehículo vivienda sin legalizar, pero claro a expensas de la interpretación subjectiva del agente que te pare.
En las T5 los asientos no pueden asumir la función de dispositivo de retención por lo que la seguridad y la legalidad te "recetan" que coloques un separador de carga total para poder llevar carga, equipaje o lo que sea... pero en España no hay "tradición" de uso ni de que en el proceso de compra seas correctamente asesorado...

No se si has visto este hilo  ;) http://www.furgovw.org/index.php?topic=301399.0
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

Tigreneta@hotmail.com

Muchas gracias por la informacion y la velocidad de respuesta.
Impresionante.