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Multa por no tener ITV

Iniciado por pepedafonte, Octubre 15, 2007, 15:09:22 pm

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pepedafonte

Octubre 15, 2007, 17:48:41 pm #30 Ultima modificación: Octubre 15, 2007, 17:51:24 pm por pepedafonte
Lamento de verdad que el hilo abierto por mi haya degenerado tanto.
Yo abrí el hilo y me veo en la obligación de increpar a unos cuantos a los que se les vá la olla. Este es un foro de furgos. Punto. En concreto, el hilo va sobre ITV's, sanciones y formas de evitarlas o como pagarlas. No quiero entrar en como ejerce cada uno su profesión, que, como mínimo, devemos respetar, al igual que todos queremos ser respetados en el ejercicio de la de cada uno.
SE ACABÓ LA CONVERSACIÓN>:(
Si alguien comenta algo con respecto al meollo de lo que pregunté al principio, le haré caso y hablaré con él. Pero al que se le vaya la pinza, que se relaje un poquito o se desahogue en otros foros u otros hilos (esté yo de acuerdo con él o no... que no viene al caso). Pero ante todo MUCHO RESPETO, POR FAVOR.
Gracias a todos los que me habeis contestado con dos dedos de frente. ;)

pepedafonte

Gael: pues eso si que es interesante, porque si, p. ej. te caduca la ITV el dia 3 de octubre, pides vez el dia 1 y te la dan para el dia 5 ... ¿que pasa en ese caso? eeeeeeeeein? .confuso2

manué

/index.php?topic=8400.0]Das Boot[/url] VW T3 multivan[/size

Manolín

Esto que dice la abogada del primer enlace que ha puesto Manue
En cuanto a los recursos, puedes alegar que no hubo culpabilidad pues no te llegó la carta de que tenías que pasar la ITV y se te olvidó
no me parece del todo correcto a mi modo profano de ver porque yo siempre he escuchado que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento y además creo que estas notificaciones no son tales sinó meros recordatorios de tus obligaciones.

gael160963

http://www.foromultas.com/foro/viewtopic.php?t=11944

... jejeje, estaría bien que le dieran ahora a las ITVs poder sancionador aparte del poder jºdedºr  .meparto

marcel

vamos por partes:

- la carta que se recibe en casa es de la ultima ITV en la que pasastes la revision ¿o no?, en todo caso yo no se que ni trafico ni guardia urbana te envien recordatorio alguno..

como bien apunta manolin sin atreverse a mojarse, la recepcion o no de ninguna carta no es coartada para alegar nada

es el mismo caso del Impuesto de Circulacion que cuando no esta domiciliado bancariamente, el ayuntamiento suele (cada vez menos) enviar el boletin en plazoro si no lo recibes y no lo pagas tu en plazo, vete a reclamar el recargo: la obligacion es siempre tuya de estar al tanto de los plazos y demas.


- en el tema ITV vencimiento, segun consulta efectuada a la Guardia Urbana de barcelona, la ITV vence al cabo de los 6 meses o un año (u otros plazos) de dia a dia... no sirve lo del mismo mes..

aqui la obligacion tambien es personal e intransferible del propietario y no hauy mas tu tia siempre que no sea por causa mayor derivada por ejemplo de una huelga de todas las ITVS de españa... y digo esto ultimo porque no hay obligacion de ir a una ITV en concreto y no puede esgrimirse la cola de las ITV como alegacion

es decir, si a mi me vence el 5 de noviembre tengo que pasarla tope el 5 de noviembre para legalmente no poder ser multado..

en el caso que he mencionado de pedir hora el 1 de noviembre y tener confirmacion de cita  por ejemplo para el 1o de noviembre y siendo el vencimiento el dia 5 de noviembre: legalmente no podre circular entre el dia 5 y la revision y solo podre circular de camino a la ITV..
destaco lo de legalmente porque es lo que hay, otra cosa es que segun me comenta mi Angel de la Guardia Urbana, si te paran y les enseñas el papel de cita para una fecha aproximadamente corta, dificilmente te multaran y te dejaran pasar..

espero haber aportado un poco de luz a este apartado de Papeleos que como sabe bien Manolin es uno de mis preferidos a pesar de prodigarme tan poco ;) ;D

qlilloski

Yo pagaría.estoy hasta los güevos de pagar las multas con recargo y demás por haberlas recurrido y lo que eran 150 pavos al final pasan a 180. Paga los 100 pavos y pasa la ITV.

SoyGenin

Cita de: multivator en Octubre 15, 2007, 16:46:15 pm
solo se puede inmobilizar si se demuestran deficiencias graves, otra cosa es que el agente las vea donde el quiera  ;D


aunque llegue tarde.... a eso me refería yo ;D.... que como el agente sea borde y vea deficiencias donde no las hay... va dao ;)
*T4 Caravelle Confortline 2.5 tdi  ACV 102cv del 2002 (La Plateá)
*T4 Caravelle GL 2.5i AAF 110cv del 92 (Manzanita 1.0) ... Se fué de mi lado para quedarse en el foro
*T4 2.5 tdi ACV 102cv de 1997 (Manzanita 2.0)  ...  http://www.furgovw.org/index.php?topic=241236.msg2597168#msg2597168

gael160963

... vamos que aquí también funciona el sentido común aunque nos empeñemos en aplicar siempre el sentido-particular-de-lo-que-a-mi-me-convenga, es decir, hay unas fechas y si te pasas te pueden cascar y punto  :-\ aunque lo normal es quepuedan interpretar que no hay negligencia por tu parte y hacer la vista gorda si tienes la cita para dentro de un par de dias y te pasas la fecha por unos pocos

marcel

Cita de: gael160963 en Octubre 15, 2007, 19:25:24 pm
... vamos que aquí también funciona el sentido común aunque nos empeñemos en aplicar siempre el sentido-particular-de-lo-que-a-mi-me-convenga, es decir, hay unas fechas y si te pasas te pueden cascar y punto  :-\ aunque lo normal es quepuedan interpretar que no hay negligencia por tu parte y hacer la vista gorda si tienes la cita para dentro de un par de dias y te pasas la fecha por unos pocos


como he dicho antes, es dificil que no imposible, que te multen... en todo caso tienen todo el derecho a hacerlo por mucho que a uno le vaya mal... ya te digo que el criterio mayoritario enseñandoles la cita es interpretar a tu favor, pero la anecdota siempre eclipsara la mayoria silenciosa que no cuenta su buena experiencia

lo de inmovilizar, no os penseis que sea tan facil, deben justificar un defecto grave y podeis pedir que os lo incluyan en el boletin y despues debe comprobarse con la correspondiente revision porque si no se les puede averiar el acto por negligencia prevaricacion o cualquier termino analogo..
eso si, siempre con correccion las cosas salen adelante...
sin que nadie se ofenda, la pinta y la actitud a veces pueden ser interpretados como un reflejo de uno mismo, y la autoridad, normalmente, cuando hay correccion suele corresponder con correccion (lo cual no quiere decir que lo correcto sea lo ilegal por lo que estamos en conflicto)

multivator

Octubre 15, 2007, 19:40:12 pm #40 Ultima modificación: Octubre 15, 2007, 19:43:05 pm por multivator
Cita de: pepedafonte en Octubre 15, 2007, 17:54:24 pm
Gael: pues eso si que es interesante, porque si, p. ej. te caduca la ITV el dia 3 de octubre, pides vez el dia 1 y te la dan para el dia 5 ... ¿que pasa en ese caso? eeeeeeeeein? .confuso2

si la cita la has hecho en persona te daran ( o antes era asi) un justificante hasta el dia 5, si la cita la has hecho por tlf no tienes forma de justificar.
otra cosa es que vehiculos mixtos al menos en gijon no tiene porque pedir cita y pasas directo.

p.d. el que quiera saber de mi vida mas de la cuenta que me conozca 1º y luego que me critique, aunque de todas formas no pienso intercambiar saliba en la ducha  .lengua2
a palabras necias oidos sordos

tatxen

Octubre 15, 2007, 20:04:26 pm #41 Ultima modificación: Abril 21, 2008, 23:09:07 pm por tatxen
............................

marcel

preguntare tambien eso de llevarse el vehiculo sin ITV en que condiciones se puede producir...

aunque sigo viendo alguna desubicacion innecesaria y sera que no estamos muy centrados?? .malabares

para brindar por cosas positivas recomiendo el excelente cava catalan... para brindis otros quizas mejor el champagne frances... que como dice el anuncio el cava catalan es alegria y es vida en la burbuja... ;)

marcel

seguimos informando:

segun mi Angel de la Guarda, la multa es de importe fijo por no pasar la ITV de 150 euros en los turismos (que son todas las T que querais)...
osease que eso de que era variable me lo desmiente... de memoria me cita el articulo 10.1 g o algo asin...

en el tema de retirada es potestad discrecional del agente, es decir el agente puede retenerlo ... pero me comenta que tambien es un caso muy raro si el agente no observa realmente una anomalia muy grave o hay otras cosas de por medio... este criterio de discrecionalidad. al menos en barcelona dice que es poco restrictivo..

para el caso que señalabais de Madrid, me comenta que a ver si se sabe bien la historia total de como y donde fue, pero que en Madrid es posible que las ordenes sean otras mas severas pero que aun asi le extraña mucho

espero que sigamos afinando respuestas... .adios

Amedio

Creo que si el coche no presenta ningún defecto peligroso, sería un infracción grave (91 a 300€)

Del artículo 65, punto 4, apartado q de la ley de tráfico:

"[...]
4. Son infracciones graves las conductas tipificadas en esta Ley referidas a:
[....] q. Circular con un vehículo que incumpla las condiciones técnicas reglamentariamente establecidas, salvo que pudieran estimarse incluidas en el apartado 5.l) siguiente, así como las infracciones relativas a las normas que regulan la inspección técnica de vehículos.
[...]"

Si además el coche presenta algún defecto que suponga un riesgo importante, puede "estimarse incluida en el apartado 5.l)" y ya sería muy grave, hasta 1500€. Y además ya podrían inmovilizar el vehículo (artículo 70).

Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Art 65
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg339-1990.t5.html#a65
en el artículo 67 están las cuantías de las sanciones.