Real Decreto que regula la ITV para Autocaravanas

Iniciado por Manolín, Junio 12, 2006, 11:10:06 am

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Manolín

CORRECCION IMPORTANTE.

Si la Modificación de Ley no dice lo contrario, esta entrará en vigor el día de su publicación, pero esta si lo dice bien clarito:

" El presente real decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado"

por lo tanto hasta el día 21 de septiembre no es válido.


MAK

Respecto a la velocidad goy he hablado con un sargento de los mosos de escuadra y le he enseñado la furgo preguntandole a ke velocidad segun el podia circular por autovia (me dira a 120km/h) ni hablar a 90km/h vehiculo mixto, autocaravana o furgoneta 90 autovia y 70carretera si te salta el radar a 130km/h prepara los puntos y una buena multa ya que al poner la mult si se fijan en la clasificacion del vehiculo. Me han dejado echo polvo. la solucion que me han dado es que la homologue como turismo vamos que pague 1500E y ya puedo correr y matarme total ya has pagado.INCOMPREMSIBLE

Rodri

esteee..., estoy a punto de comprarme una multivan del 99 y en la tarjetita verde dice 31 00 vehiculo mixto adaptable, creeis que me conviene canviarlo?
gracias
Rodri

furgi

por cierto el boe de junio dice ke las furgos vivienda q

bitxopalo

acabo de pasar la ITV con mi transporter del 92 como 24-48 vehiculo vivienda

hasta ahora pasaba cada 6 meses, pero esta vez me han dicho que a partir de ahora pasaré cada año

se agradece la reforma, ya era hora ostias

saludos
si quieres ir rápido ve sólo, si quieres llegar lejos ve con amigos

gayumbo

Entonces las t4 (cali) del 96 por ejemplo, son 32xx?

mahou1979


jperchita

cojonudo por que a mi me toca en noviembre!!!! .malabares .malabares