NUEVA NORMATIVA DE APARCAMIENTO EN SANTANDER

Iniciado por leo5208, Mayo 31, 2012, 07:35:39 am

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leo5208

ACABA DE  SALIR UNA NUEVA NORMATIVA DE NUESTRO AYUNTAMIENTO SOBRE EL TEMA DE APARCAMIENTOS, ESTOY SEGURO QUE OS SERVIRÁ DE GUIA SI VENIS POR ESTA TIERRA.


JUEVES, 31 DE MAYO DE 2012 - BOC NÚM. 105
AYUNTAMIENTO DE SANTANDER
CVE-2012-7111 Aprobación defi nitiva de la modifi cación de la Ordenanza Municipal de
Circulación.
El Pleno del Excelentísimo Ayuntamiento de Santander, en sesión celebrada el día 30 de
enero de 2012, aprobó inicialmente la modifi cación del Art. 22 de la Ordenanza Municipal de
Circulación.
Publicado dicho acuerdo en el Boletín Oficial de Cantabria de 14 de febrero de 2012 y habiendo
transcurrido el periodo de Información Pública de conformidad con lo establecido en el
Art. 49.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y Art.72
del Reglamento Orgánico del Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Santander, no se ha presentado
reclamación o sugerencia alguna. Por tanto, se ha convertido en defi nitivo el acuerdo
hasta entonces provisional adoptado por el Pleno el 30 de enero de 2012, dándose cuenta de
esta circunstancia en la Junta de Gobierno Local celebrada el día 9 de abril de 2012, y comunicándose
y llevándose a cabo las gestiones oportunas, en cumplimiento de lo dispuesto en
el Art.73 del Reglamento orgánico del Pleno, para dar cuenta al Pleno en la próxima sesión
que celebre; procediéndose a la publicación del texto íntegro del Art. 22 de la Ordenanza, que
queda como sigue:

"Art. 22.-Prohibición de estacionamiento.

Se prohíbe el estacionamiento en los lugares y casos en que esté prohibida la parada y
además en los siguientes casos y lugares:
1. En el casco urbano de todo tipo de vehículos cuya MMA sea superior a 3.500 kilogramos,
salvo en los lugares expresamente reservados y autorizados al efecto.
2. En todo el término municipal, salvo en lugares debidamente autorizados, tanto de día
como de noche, de cisternas y toda clase de vehículos con cargas peligrosas o infl amables.
3. En el casco urbano, los carros de tracción animal, caballerías u otros animales, sueltos o
en manada, salvo autorización expresa.
4. Los vehículos especiales, maquinaria agrícola, tractocarros, maquinaria de obras o servicios,
remolques y semirremolques, separados del vehículo tractor, el estacionamiento de caravanas,
autocaravanas o similares, y vehículos de similares características en todo el término
municipal, salvo en los lugares autorizados para ello.
5. En las zonas reservadas para el estacionamiento de vehículos relacionadas en el artículo
19 de esta Ordenanza.
6. En los lugares habilitados como de estacionamiento con limitación horaria sin la exhibición
en lugar visible desde el exterior del vehículo del distintivo válido o acreditación del pago
de la tasa establecida en la Ordenanza correspondiente, o cuando colocado el distintivo o acreditación,
se supere el tiempo máximo de estacionamiento autorizado en el título habilitante o
en la Ordenanza.
7. En batería, sin señales que habiliten tal posibilidad.
8. En línea, cuando el estacionamiento deba efectuarse en batería conforme a la señalización
existente.
9. En sentido contrario al de la marcha.
10. En los lugares que vayan a ser ocupados temporalmente para otros usos o actividades,
en cuyo caso se deberá señalizar adecuadamente con veinticuatro horas de antelación.
11. Cuando se acredite que el vehículo permanece estacionado de forma continuada en la
vía pública para su venta o alquiler sin autorización, o con fi nes fundamentalmente publicitarios,
o para la reparación, así como los que se encuentren dados de baja en el Registro General
de Vehículos de la Dirección General de Tráfi co de forma temporal o defi nitiva, por cuanto
impiden la libre circulación, la ocupación temporal de ese espacio de un modo limitado y rotativo
por otros eventuales usuarios, y difi culta la equitativa distribución de aparcamientos.
12. Siempre que lo prohíba la señalización existente. No obstante, los vehículos ocupados
por personas con discapacidad, debidamente acreditados con la correspondiente Tarjeta de
Estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad, podrán estacionar en cualquier
lugar de la vía pública, durante el tiempo imprescindible, y siempre que no se entorpezca la
circulación de vehículos, el paso de peatones, las labores de carga y descarga o cualesquiera
otras debidamente autorizadas.
La tarjeta deberá ser colocada en el parabrisas delantero, de modo que su anverso sea
legible desde el exterior del vehículo y pueda así exponerse para su control, si la autoridad
competente lo requiriera."
Lo cual se pone en general conocimiento a los efectos de lo preceptuado en el Art. 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Contra la aprobación de modifi cación del Art. 22, en aplicación de lo establecido en los
arts. 52 de la Ley 7/1985, de 22 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 107.3
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, los interesados podrán interponer directamente
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Cantabria, en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente
a su publicación, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.
Santander, 2 de mayo de 2012.

El alcalde,
Íñigo de la Serna Hernáiz.
2012/7111

euskovan

resumiendo:

4. Los vehículos especiales, maquinaria agrícola, tractocarros, maquinaria de obras o servicios,
remolques y semirremolques, separados del vehículo tractor, el estacionamiento de caravanas,
autocaravanas o similares, y vehículos de similares características en todo el término
municipal, salvo en los lugares autorizados para ello.
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yumeres

yo tengo una cosa muy clara donde no me quieren no voy.Europa es grande,ellos se lo pierden con esa mentalidad vamos a salir de la crisis cagando leches

palleiropeludo

Mayo 31, 2012, 10:33:48 am #3 Ultima modificación: Mayo 31, 2012, 10:36:10 am por palleiropeludo
¿¿Santander dispone de área de autocaravanas cerca del centro??¿¿o dispone de zonas habilitadas para aparcar caravanas?? .loco1
Lo que no es normal es que saquen la prohibición antes de tener zonas habilitadas, pero como dice yumeres:"dónde no me quieren...ellos se lo pierden". Igual es que van sobrados de turistas y esta es una forma de controlar esta plaga de turistas...
PD: este tema debería estar en "Información práctica y consultas para viajes"...

dany.harley

A tomar por culo Santander, lo siento por vosotros, pero por allí mis Euros no van a ir.
vamos que nos vamosssssss

urbanoII

Lo que podemos hacer es una campaña de protesta enviando cartas al concejal de tráfico y a los periódicos con edición local.

Yo creo que en la carta tendríamos que dejar claro que el colectivo de autocaravanistas y campers no es moco de pavo, que movemos dinero en turismo y que mientras la normativa no nos permita ir allí, no iremos.

Si el concejal recibe cientos de cartas y esto se publica en algún períodico, lo cambian seguro.

adriare

pos lo dicho santander cagar y volver...
que nadie se me ofenda por el comentario eh!! es algo que se suele decir aqui por asturias.
que aqui no estamos precisamente pa hablar de los problemas por aparcar caravanas...
un saludo

yumeres

Cita de: adriare en Mayo 31, 2012, 10:50:34 am
pos lo dicho santander cagar y volver...
que nadie se me ofenda por el comentario eh!! es algo que se suele decir aqui por asturias.
que aqui no estamos precisamente pa hablar de los problemas por aparcar caravanas...
un saludo

hombre estando de acuerdo en el fondo hay formas mas correctas de decirlo.todos los santanderinos no estaran de acuerdo con esta decision y probablemente habra gente que se pueda sentir molesta con la afirmacion

lafurgoverde

Apoyo lo de la carta, ¿qué hay que hacer?. Que alguien nos asesore y la vamos enviando. Lo de cagar y volver solo es un chascarrillo, está dicho sin acritud, no le demos más vueltas que a veces sacamos las cosas de madre. :roll:

euskovan

Cita de: yumeres en Mayo 31, 2012, 12:33:38 pm
hombre estando de acuerdo en el fondo hay formas mas correctas de decirlo.todos los santanderinos no estaran de acuerdo con esta decision y probablemente habra gente que se pueda sentir molesta con la afirmacion


los primeros que estarán cabreados y en desacuerdo serán los propios propietarios de ac's que residan en Santander y acostumbren a aparcar en la calle.. menuda gracia les hará..  :-\

y por no decir todos los turistas que desembarcan del ferry con las ac's.. ya hace tiempo que consideraron a Santander ciudad non grata, y es una verdadera pena la verdad..
  < click it!

beep-beep

Cita de: euskovan en Mayo 31, 2012, 12:44:55 pm
los primeros que estarán cabreados y en desacuerdo serán los propios propietarios de ac's que residan en Santander y acostumbren a aparcar en la calle.. menuda gracia les hará..  :-\

y por no decir todos los turistas que desembarcan del ferry con las ac's.. ya hace tiempo que consideraron a Santander ciudad non grata, y es una verdadera pena la verdad..


Euskovan, en Donosti veo autocaravanas (con sus viñetas OTA) aparcadas en las calles reguladas por la OTA, en las zonas destinadas a residentes, por lo cual hay una solucion al habitante de alli. Y lo mismo en zonas donde no hay OTA. Pero lo que me llama la atencion es que deja al libre albedrio la interpretacion de lo que es una autocaravana con la expresion de "similares", es decir la hace extensiva a todo tipo de vehiculos donde se sospeche que pueda haber una cama en su interior. El tema va a traer tela marinera.
Una vez le pegué una patada a una lampara, salió el genio y como deseo le pedí mucha y buena salud. El cabrón me hizo autónomo.

urbanoII

Cita de: lafurgoverde en Mayo 31, 2012, 12:39:10 pm
Apoyo lo de la carta, ¿qué hay que hacer?. Que alguien nos asesore y la vamos enviando. Lo de cagar y volver solo es un chascarrillo, está dicho sin acritud, no le demos más vueltas que a veces sacamos las cosas de madre. :roll:


Escribo una carta y la publico aquí para modificarla entre todos y enviarla al ayuntamiento si nos comprometemos unos cuantos a hacerlo.

CAMPERVOY

   Como ya comentaba en otro hilo, no es mala idea mandar una carta de protesta, advirtiendo que somos un colectivo de más de 50000 personas, y que en lo sucesivo no vamos a pisar su municipio ni comprar productos de ese origen como 'sabotaje'.
    De todos modos, yo tengo mis dudas que nos puedan aplicar esa norma. Una furgo no es similar a una autocaravana, se mire por donde se mire. Al menos, la mia tiene más aspecto de turismo que de camper, pero entiendo que muchas furgos sí que tienen más pinta de 'furgo-vivienda'.
   Quizá lo más correcto es contactar con la gente de AC a ver si tienen intención de hacer algo, ya que el tema va por ellos, y sumarnos o darles apoyo.
Un saludo,
Anton

AfricaTwin

Santander se une a mi lista de lugares para NO visitar y no comprar sus productos.

jgore

Cita de: AfricaTwin en Mayo 31, 2012, 14:24:42 pm
Santander se une a mi lista de lugares para NO visitar y no comprar sus productos.
pues a este paso te vas a quedar sin productos para comer y sitios donde ir una cosa es no ir pero el no comprar sus productos me parece ridiculo espero que no te siente mal un saludo