Camperizar una l2h3 sin homologar como vivienda, se puede?

Iniciado por sempremocas, Agosto 23, 2019, 10:31:07 am

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sempremocas

Quiero comprarme una l2h3 y camperizarla, pero necesito que los muebles se puedan extraer y usarla tambien como furgon de carga. Todavia no se si comprare una mixta o de carga. Tengo muchisimas dudas, espero poder resolverlas para poder decidirme.

Me gustaria tener dos ventanas, una lateral y otra en a puerta trasera, poner una estanteria fija en un lateral y los muebles cama y cocina no irian fijos. En caso de no poder poner la estanteria fija, pondria un mueble desmontable de tela o algo parecido. No llevara instalacion fija de gas, ni de 220v.

1. Una furgoneta exclusivamente de carga debe llevar panel separador para la cabina? O puede no llevarlo si la carga va bien sujeta? El separador debe ir soldado a la chapa o puede ser una rejilla o un pulpo? Me gustaria poder acceder desde la cabina a la parte trasera.

2. Una Furgoneta de carga no mixta, puede tener ventanas? Si se las coloco, se que tendria que homologarlas en itv, pero necesitaria pagar por un proyecto o podria colocarlas yo e ir directamente a la itv a homologarlas?
La misma duda En caso de que quiera poner estanteria lateral, necesitaria proyecto y todo eso o podria hacerla yo e ir a la itv directamente? En este caso, que caracteristicas deberia cumplir?

3. El panelado interior no hay que homologarlo y puede ir atornillado. Podria despues atornillar los muebles a este panelado sin homologar? No estaria atornillando los muebles al chasis, solamente al panelado.

Donde puedo consultar las caracteristicas que debe tener el panelado? Se que no debe superar e 5% del MOM, pero me refiero a si puede tener agujeros, si puede atornillar a este algun liston pequeño de madera o ganchos, donde despues irian enganchados los pulpos y cinhas para sujetar los muebles, a que distancia del chasis se puede colocar o si tendria que ir pegado a este...

4.  Se que en la mixta, los muebles no deben sobrepasar la altura del respaldo de los pasajeros, esto es asi aunque no lleve los asientos de los pasajeros colocados?

5. En la furgoneta de carga, hay algun tipo de restriccion de tamaño o de cualquier otra indole en los muebles? En el furgon vivienda los muebles deben tener los cantos redondeados, las puertas un cierre especial.... En caso de que mis muebles se consideren carga, deberian tambien cumplir estos requisitos?

Si se os ocurre alguna razon por la que podria tener problemas de multas si me parasen, en caso de llevar los muebles como carga, comentadme por favor. Me gustaria ir todo lo legal posible y poder argumentarselo en caso de que me pare la policia.

TRACKER

Yo creo que te compensa mas una mixta para el uso que le quieres dar  es muy similar al que le doy yo.
En un furgon de carga tienes que llevar OBLIGATORIAMENTE el separador de carga, en la mixta no, SIEMPRE Y CUANDO tengas anillas de anclaje en el suelo y lleves la carga  sujeta a ellas. La carga en las mixtas efectivamente no puede superar la altura de los asientos pero esto es referido al caso en el que no pongas un separador de carga parcial por encima de los mismos. Es decir, imaginate que llevas un mueble bien sujeto a las anillas pero es mas alto que los asientos, en este caso SI DEBES de poner un separador de carga pero SOLO en la parte que va de la parte superior de los asientos hasta el techo.
Los asientos hacen la funcion de separador de carga solo en el caso que esa carga sea inferior a su altura y SIEMPRE QUE ESTE ANCLADA a las anillas. Da igual que asientos sean. Sobre ventanas y furgones y esas cosas no tengo ni idea, solo se lo que te digo que en los industriales es obligatorio siempre el separador de carga.
He consultado en varios subsectores de trafico el asunto y la interpretacion de la normativa para las mixtas viendo la desinformacion que hay en muchos foros e internet sobre el tema de la carga y ahora lo tengo clarisimo. Realmente esta todo bastante claro en en el Anexo VI del reglamento general de vehiculos aunque hay gente que sigue desinformando.

sempremocas

Cita de: TRACKER en Agosto 23, 2019, 10:55:08 amYo creo que te compensa mas una mixta para el uso que le quieres dar  es muy similar al que le doy yo.
En un furgon de carga tienes que llevar OBLIGATORIAMENTE el separador de carga, en la mixta no, SIEMPRE Y CUANDO tengas anillas de anclaje en el suelo y lleves la carga  sujeta a ellas. La carga en las mixtas efectivamente no puede superar la altura de los asientos pero esto es referido al caso en el que no pongas un separador de carga parcial por encima de los mismos. Es decir, imaginate que llevas un mueble bien sujeto a las anillas pero es mas alto que los asientos, en este caso SI DEBES de poner un separador de carga pero SOLO en la parte que va de la parte superior de los asientos hasta el techo.
Los asientos hacen la funcion de separador de carga solo en el caso que esa carga sea inferior a su altura y SIEMPRE QUE ESTE ANCLADA a las anillas. Da igual que asientos sean. Sobre ventanas y furgones y esas cosas no tengo ni idea, solo se lo que te digo que en los industriales es obligatorio siempre el separador de carga.
He consultado en varios subsectores de trafico el asunto y la interpretacion de la normativa para las mixtas viendo la desinformacion que hay en muchos foros e internet sobre el tema de la carga y ahora lo tengo clarisimo. Realmente esta todo bastante claro en en el Anexo VI del reglamento general de vehiculos aunque hay gente que sigue desinformando.

Tanto en la mixta como en la de carga, como debe ser el separador? donde pueddo consultar que caracteristicas debe tener? o en la de carga debe ser e original si o si? Si puedo hacermelo yo, podria hacerlo con puerta. Los he visto incluso de cuerda elastica, aunque no creo que sean legales.

TRACKER

Cita de: sempremocas en Agosto 23, 2019, 17:55:21 pmTanto en la mixta como en la de carga, como debe ser el separador? donde pueddo consultar que caracteristicas debe tener? o en la de carga debe ser e original si o si? Si puedo hacermelo yo, podria hacerlo con puerta. Los he visto incluso de cuerda elastica, aunque no creo que sean legales.
Las de carga ya salen de fabrica con el. En cualquier caso sea para la que sea debe ser un separador homologado. Eso es la teoria. Pero bien es cierto que hay gente que se fabrica el suyo con un tablero por ejemplo. A lo mejor tambien se venden como los que se ponen en los coches o furgos pequeñas. Yo se de gente que los tiene como te digo y que yo sepa no han tenido problema "aun" pero segun normativa y segun la ley han de ser dispositivos homologados. Si pillas un mixto, aunque venga panelado, detras de los paneles y molturas a la altura de la cabina traera los anclajes roscados (normalmente) para la instalacion optativa. En ese caso puedes buscar en desguace el separador original del modelo en una furgo de carga y ponerselo. De todas formas lo de las gomas.... no te va colar.

sempremocas

Cita de: TRACKER en Agosto 23, 2019, 18:32:15 pmLas de carga ya salen de fabrica con el. En cualquier caso sea para la que sea debe ser un separador homologado. Eso es la teoria. Pero bien es cierto que hay gente que se fabrica el suyo con un tablero por ejemplo. A lo mejor tambien se venden como los que se ponen en los coches o furgos pequeñas. Yo se de gente que los tiene como te digo y que yo sepa no han tenido problema "aun" pero segun normativa y segun la ley han de ser dispositivos homologados. Si pillas un mixto, aunque venga panelado, detras de los paneles y molturas a la altura de la cabina traera los anclajes roscados (normalmente) para la instalacion optativa. En ese caso puedes buscar en desguace el separador original del modelo en una furgo de carga y ponerselo. De todas formas lo de las gomas.... no te va colar.

Ok, debe ser homologado, no de fabricacion propia, pero no sabemos si debe ser el original obigatoriamente en las de carga

TRACKER

Cita de: sempremocas en Agosto 28, 2019, 20:45:26 pmOk, debe ser homologado, no de fabricacion propia, pero no sabemos si debe ser el original obigatoriamente en las de carga
Pues.... teniendo en cuenta que la normativa (anexo VI del RGV) dice que las de carga deben traer obligatoriamente el separador de fabrica... supongo que si debiera ser el original pero ahi ya no se. Eso te lo pueden contestar facilmente en la itv. Pero todas las que busques de carga lo tendran ya. Lo que pasa es que tu duda yo creo que esta mas en si lo puedes modificar pero sin tener que homologar como vivienda no? En ese caso posiblente no claro.

eneko

Debes hablar antes con una ingeniería especializada y que te diga las pautas a seguir para que el vehículo tenga doble uso / doble clasificación porque es posible

sempremocas

Cita de: TRACKER en Agosto 28, 2019, 22:27:06 pmPues.... teniendo en cuenta que la normativa (anexo VI del RGV) dice que las de carga deben traer obligatoriamente el separador de fabrica... supongo que si debiera ser el original pero ahi ya no se. Eso te lo pueden contestar facilmente en la itv. Pero todas las que busques de carga lo tendran ya. Lo que pasa es que tu duda yo creo que esta mas en si lo puedes modificar pero sin tener que homologar como vivienda no? En ese caso posiblente no claro.

No, no quiero modificar el original, quiero quitarlo y poner uno universal, de los que son faciles de sacar al llegar a destino.

Por cierto, en el reglamento general de vehiculos no encuentro como debe de ir sujeta la carga en un furgon de carga.

Sé que no puede ir atornillada fija, pero debe ir sujeta a los anclajes originales con cinchas como en las mixtas o al llevar el separador, puedes sujetarla como quieras, siempre que vaya segura?

No lo pregunto solo por los muebles, si no por cualquier carga que pueda llevar, que no me puedan multar al pararme.

TRACKER

Cita de: sempremocas en Septiembre 05, 2019, 08:05:05 amNo, no quiero modificar el original, quiero quitarlo y poner uno universal, de los que son faciles de sacar al llegar a destino.

Por cierto, en el reglamento general de vehiculos no encuentro como debe de ir sujeta la carga en un furgon de carga.

Sé que no puede ir atornillada fija, pero debe ir sujeta a los anclajes originales con cinchas como en las mixtas o al llevar el separador, puedes sujetarla como quieras, siempre que vaya segura?

No lo pregunto solo por los muebles, si no por cualquier carga que pueda llevar, que no me puedan multar al pararme.
La carga en los furgones industriales puede ir suelta, de ahi la obligatoriedad de los separadores de carga. De hecho, como ya he comentado, no todos los furgones industriales llevan anillas de sujeccion. Lo que no va ser legal en ninun caso es atornillar la carga al chasis. Por tanto, si tienes anillas la tendras wue sujetar a ellas. Todo esto es desde elnpunto de vista de la homologacion claro. Lo mejor ya te digo es que preguntes al jefe de estacion de alguna itv para que te informe y para mayor seguridad, como hice yo, acude a la comandacia de ma guardia civil de tu zona y pide entrevistarte con alguien del subsector de trafico para aclaraciones sobre aplicacion de normativa.