Real Decreto que regula la ITV para Autocaravanas

Iniciado por Manolín, Junio 12, 2006, 11:10:06 am

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Manolín

Junio 12, 2006, 11:10:06 am Ultima modificación: Junio 12, 2006, 11:12:58 am por Manolín
¡¡¡Por fin!!!

Ha sido en el Consejo de Ministros del viernes 9 de Junio de 2.006, pero hasta que no aparezca publicado en el B.O.E., que probablemente sea durante esta semana, no será efectivo. Pero ¡¡¡YA ESTÁ!!! Por fin se ha conseguido que las autocaravanas sean consideradas como "Turismos" a todos los efectos y por consiguiente las furgonetas como las nuestras también.

http://www.la-moncloa.es/ConsejodeMinistros/Referencias/_2006/refc20060609.htm#ITV

Tener en cuenta que para que sea efectivo, el vehículo debe de estar dentro de la clasificación 32XX. Pero si tiene otra clasificación se puede solicitar la modificación.

Un saludo
Manolin.


LONGBOARD

es decir....
yo tengo una t3 (vehiculo mixto segun ficha tecnica)
tambien la itv la pasaria anualmente y no semestral como hasta ahora?
un saludo

euskovan

Que bien, una buena noticia para empezar la semana!!!
ITV anual, por lo menos ahorraremos unos eurillos (que ya nos quitarán por otro sitio)

.factura
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ionmiz

Yo acabo de pasar la ITV y me preguntó a ver si la quería homologar como turismo, que ya se podía hacer... pero claro, el seguro sale más caro no? y claro uno no está para tirar cohetes precisamente... Tenéis experiencia sobre cuánto puede subir el seguro???

euskovan

Ya, esa es la cuestión querido Watson... jeje
Habrá que mirar si compensa el cambio de homologación o no, hala a darle vueltas a la cabeza y a los números  .loco2 .loco2 .loco2 .loco2
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montesremotedev

Pero homologar como turismo para q? ???  Si el tema es q se pasa la ITV como si fuera un turismo, pero estando homologada como autocaravana no? ???
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ionmiz

Yo acabo de pasarla y me han dicho que vuelva a los 6 meses. está homologada como vehículo vivienda... pero ya te digo, creo que es poder homologarla como turismo a secas.... No sé, aluien sabe a ciencia cierta???

Luisma

corregir si me equivoco ;-)
Se homologa como autocaravana del tipo 32XX para pasar la itv al igual que los turismos, pero no la homologas como turismo

Los seguros supongo que seguiran siendo para autocaravanas como eran hasta ahora, no cambia nada, o eso creo

Zurbo








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La Zurboneta


montesremotedev

Coña zurbo no mezcles mas cosas  .loco2  Eso no tiene nada q ver con la ITV no?
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Luisma

Cita de: kalimocho en Junio 12, 2006, 13:03:27 pm
Coña zurbo no mezcles mas cosas  .loco2  Eso no tiene nada q ver con la ITV no?

Bueno algo si que tiene que ver, los limites de velocidad son en funcion de la clasificacion del vehiculo, con la clasificacion antigua creo que con una california en teoria no podias pasar de 90 creo , ahora es igual que un turismo en ese sentido, 120 en autopista  ;) ;), pero ir con cuidadito que he visto un toñazo esta mañana (sin consecuencias graves) pero la chica que iba en el coche, va a estar soñando mucho tiempo con la cabina del camion que le ha zurrado

Manolín

Como bien dice Luisma, lo del cambio de clasificación para los códigos 32xx consiste en que las autocaravanas y vehículos vivienda sean consideradas iguales que los turismos a efectos de la periodicidad en las inspecciones de ITV.

El importe del seguro no cambia para nada.

La velocidad máxima permitida, de momento pero el cambio de los límites será proximamente e igualmente se equiparará al de turismos, es de 90 Km/hora en autovías, es decir, igual que los camiones.

Y el Impuesto de Circulación debe pagarse como "turismo" por su potencia fiscal aunque en algunos Ayuntamientos los cobran (por error suyo) como furgonetas y por su carga util. En el caso de que te cobren por furgoneta en vez de turismo, abstenerse de abrir la boca, pues la diferencia de euritos es considerable.

Estamos hablando siempre de Californias o vehículos que de serie vengan equipados, no de vehículos transformados.

Manolín.

montesremotedev

Cita de: Luisma en Junio 12, 2006, 13:14:41 pm
Cita de: kalimocho en Junio 12, 2006, 13:03:27 pm
Coña zurbo no mezcles mas cosas  .loco2  Eso no tiene nada q ver con la ITV no?

Bueno algo si que tiene que ver, los limites de velocidad son en funcion de la clasificacion del vehiculo, con la clasificacion antigua creo que con una california en teoria no podias pasar de 90 creo , ahora es igual que un turismo en ese sentido, 120 en autopista  ;)


¿comorrrrrr?? ??? Pero por ejemplo, mi furgo, q esta como autocaravana, con esto yo habia entendido q lo unico q cambia son los tiempos para pasar la itv no??

"Por otro lado, debido a los años transcurridos desde la publicación del citado Real Decreto de 1994, se ha considerado conveniente encuadrar las autocaravanas y vehículos vivienda bajo el mismo régimen de inspecciones que los turismos."

"Del mismo modo, el Gobierno ha considerado conveniente encuadrar las autocaravanas y vehículos vivienda bajo el mismo régimen de inspecciones que los turismos, es decir, con la primera inspección a los cuatro años, las siguientes cada dos años hasta que el vehículo alcance diez años de antigüedad, y las restantes con carácter anual."

No dice nada sobre q los vehiculos q estan como "autocaravana" pasen a equivaler en todos los aspectos a los que estan como "turismo" no??

ya no entiendo nada ;D  Pero para mi q lo UNICO q cambia es el tiempo para pasar la itv, nada mas...
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Manolín

Mira Kalimocho, este es el principio de una serie de cambios que se preveen a corto plazo y que yo creo que nos afectan bastante, aunque nosotros los furgoneteros seamos un poco más libres al poder pasar mejor inadvertidos .malabares. Las próximas actuaciones que se deberían de producir son el cambio de los límites de velocidad y el poder pernoctar dentro de nuestros vehículos sin ser multados aunque no estemos en lugares habilitados a ello.

Si quereis información más extensa de estos temas, los que están trabajando en ello es La Paca y podeis mirar en su página www.lapaca.org