Frecuencia en la Inspección de la ITV

Iniciado por Manolín, Noviembre 30, 2006, 12:45:50 pm

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barbatxano

Cita de: aluvi en Septiembre 06, 2021, 16:55:07 pmGracias. O sea, que en un tramo de 90 km/h, da igual ir  a 91 que a 120. 100€ de multa. Pues me parece injusto. Creo que debería ser progresivo, cuanto más te pases, más pagas.

Déjalo estar, que es de las pocas situaciones en que estamos un poco "beneficiados". Y eso a pesar de que no se considera que existan infracciones leves en el tema de velocidad ...  :o  :o

Y ya que estamos en el hilo de ITVs ... Parece que se nos ha olvidado ya el vergonzoso golazo que no metieron con lo de las ITVs de la pandemia. Mirando estos días la ITV del coche, resulta que me caducó en julio, a pesar de que me suena que la pasé bastante más tarde, hace menos de un año ...  :roll:  :roll:

Speed Master

Cita de: Disidente en Septiembre 06, 2021, 19:36:24 pmEn un radar a 100 km/h ibas a 98 km/h y multa porque deberías ir a 90 km/h por no ser turismo?
Acaso tiene la DGT informatizado el radar con la matrícula/tipo vehículo? pq no se me ocurre otra forma. Y hasta ahora no era así?


Informatizado no, lo que tiene son algunos radares volumétricos, que además de la velocidad controlan el tamaño, normalmente son los radares que están puestos en arcos sobre la calzada

Disidente

Cita de: Speed Master en Septiembre 07, 2021, 08:22:53 amInformatizado no, lo que tiene son algunos radares volumétricos, que además de la velocidad controlan el tamaño, normalmente son los radares que están puestos en arcos sobre la calzada

eso sí, para GV, camiones, vehículos con caravanas, .. pero distinguir por volumen mi T4 N1 de otra T4 M1 no lo veo.
Avísame de tus intenciones con los intermitentes, no con el freno

barbatxano

Cita de: Disidente en Septiembre 07, 2021, 12:05:11 pmeso sí, para GV, camiones, vehículos con caravanas, .. pero distinguir por volumen mi T4 N1 de otra T4 M1 no lo veo.

Está completamente informatizado. Los casos dudosos los señala y los revisa un operario ... ;)

Y tanto es así, que a la vez que la multas de velocidad te puede llegar la de la falta de ITV a la vez, con los datos de la matrícula leídos en la foto del radar ...  :)

De hecho, no se multa más por que no no se quiere. Casi instantáneamente los agentes pueden saber si un vehículo que están viendo tiene ITV al día y seguro. El comprobar que los vehículos aparcados tiene la OTA/ORA pagada ya lo hacen así, con cámaras y de manera automática ...  :P  :P

Asturman

Cita de: Speed Master en Septiembre 07, 2021, 08:22:53 amInformatizado no, lo que tiene son algunos radares volumétricos, que además de la velocidad controlan el tamaño, normalmente son los radares que están puestos en arcos sobre la calzada
Hola Speed Master. Me cuesta creer que los radares discriminen tipos de vehículos por volumen. Si así fuera, no diferenciarían entre autobuses y camiones, cuando sus límites de velocidad son diferentes.

Creo que el sistema funciona por lectura de matrícula, como dice Barbatxano.

Miserjo

Cita de: Asturman en Septiembre 07, 2021, 13:30:50 pmHola Speed Master. Me cuesta creer que los radares discriminen tipos de vehículos por volumen. Si así fuera, no diferenciarían entre autobuses y camiones, cuando sus límites de velocidad son diferentes.

Creo que el sistema funciona por lectura de matrícula, como dice Barbatxano.


Yo he visto saltar muchos radares a autobuses, pero me imagino, que esa sensación no la tramitarán.

carlangas

Uy, uy, ...
Hya radares que discriminan por volumen. Se disparan o no por la masa del vehiculo. Otros, la mayoria, no. Solo "disparan" por velocidad.
Despues de esto, todas, todas absolutamente todas las fotos, son revisadas por un operador. Especialmente, para evitar recursos. Simplemente que en una foto se "aprecie" la sombra de otro vehiculo, es suficiente para recurrir y ganar el recurso, argumentando que no queda claro quien ha provocado el disparo del radar. No hablemos ya de si salen dos o mas vehiculos en la foto. Prefieren tener a un funcionario aburrido revisando fotos, una a una, a tener un alud de recursos que podrian llegar hasta un tribunal. Y ahi, ya, no se sabe como podria acabar la cosa. Pensad que hay sentencias que han desestimado una multa por no considerarse prueba suficiente la existencia de una sola foto. Si esto proliferase, se les acababa el "chollo".

Speed Master

Cita de: Asturman en Septiembre 07, 2021, 13:30:50 pmHola Speed Master. Me cuesta creer que los radares discriminen tipos de vehículos por volumen. Si así fuera, no diferenciarían entre autobuses y camiones, cuando sus límites de velocidad son diferentes.

Creo que el sistema funciona por lectura de matrícula, como dice Barbatxano.

Pues los hay, y multan. La lectura de matrícula la hace después un funcionario para discriminar los falsos positivos.

Asturman


Disidente

Cita de: barbatxano en Septiembre 07, 2021, 13:12:45 pmEstá completamente informatizado. Los casos dudosos los señala y los revisa un operario ... ;)

Y tanto es así, que a la vez que la multas de velocidad te puede llegar la de la falta de ITV a la vez, con los datos de la matrícula leídos en la foto del radar ...  :)

De hecho, no se multa más por que no no se quiere. Casi instantáneamente los agentes pueden saber si un vehículo que están viendo tiene ITV al día y seguro. El comprobar que los vehículos aparcados tiene la OTA/ORA pagada ya lo hacen así, con cámaras y de manera automática ...  :P  :P

sigo sin ver que sea así pq en autopista voy a 120 km/h en cuentakm, osea 113-115 km/h reales, y no me ha llegado ninguna multa
O 1. salta y el operario cree q soy M1 y no continúa la denuncia (y sí revisa fotos dudosas, autobuses vs camiones por volumen, ...)
o 2. no sale foto pq es una furgo T4

Y lo de ITV, seguro y eso me parece pefecto y muy cómodo esa informatización de la G.civil. como en las ITV que desde hace años no presento un papel de seguro ni IVTM (es q ni los llevo)
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Avísame de tus intenciones con los intermitentes, no con el freno

laser

Cita de: Manolín en Noviembre 30, 2006, 12:45:50 pmDesde el 21 de Septiembre de 2.006, en el que entró en vigor la modificación en las periodicidades de la ITV.

Tenemos que mirar la ficha técnica de nuestro vehículo y dependiendo de su código de clasificación y atendiendo a sus 2 primeras cifras, la frecuencia de la Inspección de la ITV son las siguientes:

Códigos de clasificación:   Primeras 2 cifras:   10 - 32 - 33
y para cualquier otra clasificación en el que las 2 últimas cifras sea 48

Vehículos de uso privado dedicados al transporte de personas, excluidas las motocicletas y ciclomotores, con capacidad de hasta 9 plazas, incluido el conductor. (Turismos particulares, autocaravanas y vehículos vivienda de servicio particular de alquiler)
·   Hasta 4 años, exento.
·   De 4 a 10 años, cada 2 años.
·   De más de 10 años, cada año.

Códigos de clasificación:   Primeras 2 cifras:   24 - 30 - 31
Vehículos y conjuntos de vehículos dedicados al transporte de mercancías o cosas, de PMA (peso máximo autorizado) menor  3,500 Kgs. (Vehículos mixtos de servicio particular)
·   Hasta 2 años, exento.
·   De 2 a 6 años, cada 2 años.
·   De 6 a 10 años, cada año.
·   De más de 10 años, cada 6 meses.

El texto oficial del BOE se puede leer
http://www.boe.es/boe/dias/2006/06/21/pdfs/A23387-23393.pdf

Como da pereza leerse el Boe, copio y pego lo importante:

"se ha considerado conveniente encuadrar las autocaravanas (32XX y 33XX) y vehículos vivienda (XX48) en el epígrafe de frecuencias de inspección de los vehículos de turismo"

Modificación del Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, queda modificado como se dispone a continuación:

Uno. El apartado 1 del artículo 6 queda redactado en los siguientes términos:

«1. La inspección técnica periódica de los vehículos se hará con la siguiente frecuencia:

a) Motocicletas, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads, ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos ligeros.
Antigüedad:
Hasta cuatro años: exento.
De más de cuatro años: bienal.

b) Ciclomotores de dos ruedas.
Antigüedad:
Hasta tres años: exento.
De más de tres años: bienal.

c) Vehículos de uso privado dedicados al transporte
de personas, excluidos los que figuran en los
epígrafes a) y b), con capacidad hasta nueve plazas,
incluido el conductor, autocaravanas y vehículos
vivienda.
Antigüedad:
Hasta cuatro años: exento.
De más de cuatro años: bienal.
De más de diez años: anual.


Igualmente, todo esto viene reflejado en la famosa instrucción de la DGT o8-v74 que podeis ver y descargaros aquí: http://www.furgovw.org/index.php?topic=163516.0 ver punto número 6. Este documento es importante que lo lleveis junto con la documentación de la furgoneta para evitar posibles sanciones o discusiones con agentes de tráfico.

Así mismo, viene reflejado en el "Manual de Movilidad de las Autocaravanas" que podeis ver y descargaros aquí: http://www.furgovw.org/index.php?topic=163626.0 ver página 17

Ver también:
http://www.tuv.com/es/periodicidad.html
http://www.itvandalucia.com/frecuencia.htm







Imagino que esta información con la que empieza el Hilo, está obsoleta, ¿no?

kirikino

Esa información está sin actualizar. Si usas el buscador darás con la normativa actual.
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barbatxano

Cita de: Disidente en Septiembre 08, 2021, 20:08:19 pmsigo sin ver que sea así pq en autopista voy a 120 km/h en cuentakm, osea 113-115 km/h reales, y no me ha llegado ninguna multa
O 1. salta y el operario cree q soy M1 y no continúa la denuncia (y sí revisa fotos dudosas, autobuses vs camiones por volumen, ...)
o 2. no sale foto pq es una furgo T4

Será el caso 2. Si pasas de 120, no hay duda de que mereces multa, detecta la matrícula, sabe qué tipo de vehículo eres y te manda directamente la multa a casa ...  ;)

De radares sé lo que leo por ahí, que multas me ponen una cada 5 años, salvo en Francia, que son más siesos ...  :P  ;D

carlangas

Cita de: Disidente en Septiembre 08, 2021, 20:08:19 pmsigo sin ver que sea así pq en autopista voy a 120 km/h en cuentakm, osea 113-115 km/h reales, y no me ha llegado ninguna multa
O 1. salta y el operario cree q soy M1 y no continúa la denuncia (y sí revisa fotos dudosas, autobuses vs camiones por volumen, ...)
o 2. no sale foto pq es una furgo T4

Y lo de ITV, seguro y eso me parece pefecto y muy cómodo esa informatización de la G.civil. como en las ITV que desde hace años no presento un papel de seguro ni IVTM (es q ni los llevo)
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Una furgoneta ligera, tipo T4, T5, Viano, etc. no hace saltar los pocos radares que detectan por volumen.
Carles.

nico_t4

Cita de: laser en Septiembre 10, 2021, 12:02:22 pmImagino que esta información con la que empieza el Hilo, está obsoleta, ¿no?
si, por lo que me dijeron en la itv ahora la frecuencia de la misma no se mide por el código de la clasificación. Se mide por la categoria m1, m2, n1, n2...
en teoria todas las furgos destindas a transporte de personas son m1 u pasan itv anual, sin la furgo es muy antigua y no tiene código de homologación se clasifica como n1 que es para transporte de mercancias y la itv sería cada 6 meses, aunque sea una multivan de 6 plazas o lo que sea..