El decreto de autocaravanas en Asturias

Iniciado por Quebrantos, Octubre 05, 2022, 17:37:56 pm

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Beloncete

Pues la verdad es que la norma mejora la situación actual en Asturias. Estuvo consensuada con la CAPA. A ver si los ayuntamientos cumplen!

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anbiker

      Ami entender una zona regulada puede ser cualquier calle, mediante la señalizacion horizontal (lineas amarillas o blancas en el pavimento) o por la señalizacion vertical (señales de prohibicion, carga y descarga, etc) por tanto en la calle sin mayor problema que hasta ahora...
Saludos.

txopperon

Pues yo entiendo que puedes aparcar,como cualquier otro vehiculo,siempre que aparques bien,y que la acampada libre,sigue prohibida en este pais,nada nuevo,nosotros siempre ibamos de acampada al monte,y se prohibio hace muchos años,y eso no a cambiado,lo que a cambiado es que algunos ayuntamientos ponen sus reglas!

Phoenixtoledo

Yo quiero entender que mientras no exista prohibición explícita, puedes aparcar y pernoctar en cualquier sitio y que la acampada queda prohibida salvo en lugares habilitados.

Lo "bueno" es que se autoriza a sacar cosas en la áreas de autocaravanas. ¿Hasta ahora no se podía no?
Camperización de nuestra abejita Bee: https://www.furgovw.org/foro/index.php?topic=378660.0

CAMPERVOY

Bueno pues,
      .. a lo mejor empezamos a ir a Picos otra vez, no estaría mal..
Un saludo,
Anton

Dak

Cita de: CAMPERVOY en Octubre 06, 2022, 12:30:09 pmBueno pues,
      .. a lo mejor empezamos a ir a Picos otra vez, no estaría mal..
Un saludo,
Anton

Siempre y cuando sea fuera del Parque Nacional...  ;D

+gvr

Cita de: Phoenixtoledo en Octubre 06, 2022, 08:27:06 amYo quiero entender que mientras no exista prohibición explícita, puedes aparcar y pernoctar en cualquier sitio y que la acampada queda prohibida salvo en lugares habilitados.

Lo "bueno" es que se autoriza a sacar cosas en la áreas de autocaravanas. ¿Hasta ahora no se podía no?

Este decreto va sobre la ordenación de campamentos de turismo y áreas especiales de acogida de autocaravanas en tránsito pero no está por encima de otra normativa de mayo rango, autonómica o estatal, por lo que no se puede estacionar y pernoctar en cualquier sitio porque la prohibición existe por otra normativa (ley de costas, la sectorial de protección del medio ambiente...) y no tiene porque hacer explícita en forma de señal...
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

Phoenixtoledo

Octubre 06, 2022, 13:53:43 pm #22 Ultima modificación: Octubre 06, 2022, 13:58:13 pm por Phoenixtoledo
Cita de: +gvr en Octubre 06, 2022, 13:37:57 pmEste decreto va sobre la ordenación de campamentos de turismo y áreas especiales de acogida de autocaravanas en tránsito pero no está por encima de otra normativa de mayo rango, autonómica o estatal, por lo que no se puede estacionar y pernoctar en cualquier sitio porque la prohibición existe por otra normativa (ley de costas, la sectorial de protección del medio ambiente...) y no tiene porque hacer explícita en forma de señal...

La Ley de Costas no prohíbe la pernocta, prohíbe "los campamentos y acampadas".


P.D. Me autocorrijo "prohíbe circular, estacionar, acampar o pernoctar en las áreas de influencia marítimo-terrestre (20 m en zona urbana y 100 m en área rústica contados desde la orilla)"
Camperización de nuestra abejita Bee: https://www.furgovw.org/foro/index.php?topic=378660.0

Lilivan

Buenas tardes.
Pues yo creo que esto es más de lo mismo. Si aquí cada uno puede interpretar esto de una manera diferente...
Os imagináis la cantidad de agentes de la autoridad destinados a haceros cumplir las normas interpretando cada uno lo que quiera?

Y otra cosa, si en las áreas mi único contacto con el suelo deben ser las ruedas como lo hago en esas áreas que todos conocemos en las que las plazas tienen una inclinación de la leche?

Creo que mientras no se legisle sin dejar la puerta abierta a diferentes interpretaciones esto seguirá siendo un caos.
Saludos

banzai

Cita de: +gvr en Octubre 06, 2022, 13:37:57 pmEste decreto va sobre la ordenación de campamentos de turismo y áreas especiales de acogida de autocaravanas en tránsito pero no está por encima de otra normativa de mayo rango, autonómica o estatal, por lo que no se puede estacionar y pernoctar en cualquier sitio porque la prohibición existe por otra normativa (ley de costas, la sectorial de protección del medio ambiente...) y no tiene porque hacer explícita en forma de señal...

AUPAA, Totalmente de acuerdo.

banzai

Cita de: Phoenixtoledo en Octubre 06, 2022, 13:53:43 pmLa Ley de Costas no prohíbe la pernocta, prohíbe "los campamentos y acampadas".


P.D. Me autocorrijo "prohíbe circular, estacionar, acampar o pernoctar en las áreas de influencia marítimo-terrestre (20 m en zona urbana y 100 m en área rústica contados desde la orilla)"
AUPAA, Aqui en el Pais Basco  si se prohibe la pernocta en bastantes playas y alrededores.
los campamentos y acampadas ,por supuesto!!!!   desde hace mucho tiempo. otra cosa es que te pillen.

ELSERGIO

Cita de: Lilivan en Octubre 06, 2022, 18:26:18 pmBuenas tardes.
Pues yo creo que esto es más de lo mismo. Si aquí cada uno puede interpretar esto de una manera diferente...
Os imagináis la cantidad de agentes de la autoridad destinados a haceros cumplir las normas interpretando cada uno lo que quiera?

Y otra cosa, si en las áreas mi único contacto con el suelo deben ser las ruedas como lo hago en esas áreas que todos conocemos en las que las plazas tienen una inclinación de la leche?

Creo que mientras no se legisle sin dejar la puerta abierta a diferentes interpretaciones esto seguirá siendo un caos.
Saludos

Pero en la movida esta, también deja clara que las plazas deben estar niveladas, aun así, se prohíbe el uso de calzos en la vía pública, no en las áreas de autocaravanas, es mas, vuelvo a repetir que permiten sacar toldos y sillas..

Manuel V

Lo que regula el BOPA es la ley de campamentos de turismo y las areas especiales de acogida de autocaravanas en transito.

Basicamente sigue todo igual, lo unico nuevo es la figura nueva que se han inventado, de areas especiales de acogida para auocaravanas

Osease las areas especiales, si las hacen tienen que cumplir esas normas lo mismo que los campings, pero no afecta a lo que ya hay.

Lo que pretenden regular no dejan de ser areas privadas que si cumples los requisitos (y las hacen) cosa que me extraña, podrias acampar 48 horas. pero quien va a hacer una inversión donde sus clientes van a tener su permanencia limitada.

En las exclusiones lo pone bien claro en el apartado d)que el resto de areas sigue igual.

kirikino

Este tipo de regulación sobre negocios ya existe en el País Vasco y en Cataluña.

Y a mi lectura es que busca proteger los intereses de otros negocios ya existente (y que no quieren competencia) que tienen un potencial cliente similar (y al que no quieren que pernocten fuera de sus establecimientos). Pero puede que me esté equivocando porque soy un malpensado ;D
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Lilivan

Cita de: ELSERGIO en Octubre 06, 2022, 19:27:09 pmPero en la movida esta, también deja clara que las plazas deben estar niveladas, aun así, se prohíbe el uso de calzos en la vía pública, no en las áreas de autocaravanas, es mas, vuelvo a repetir que permiten sacar toldos y sillas..

Releído. Pone aplanadas y asfaltadas. Una baldosa es aplanada y no por ello nivelada.
De cualquier manera creo que se está refiriendo a áreas privadas con lo que lo de las mesas y toldos no es necesario que lo regulen porque de eso ya se encargan los que las gestionan.

También es posible que esto solo sea una interpretación más.