MERCEDES CLASE V MARCO POLO, CLASE V HORIZON y VITO ACTIVITY

Iniciado por Furgoxo, Julio 08, 2014, 19:12:30 pm

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Suis-Moi

Diciembre 28, 2017, 15:02:10 pm #2100 Ultima modificación: Diciembre 28, 2017, 15:49:54 pm por Suis-Moi
Hola,

Hoy tenía q realizar el pago para la entrega del vehículo la semana que viene y me han llamado del concesionario con la mala noticia que ya no se pueden matricular como turismo-vivienda y que se tiene que matricular como turismo perdiendo la bonificación del 30% de la matriculación. La alternativa es hacerlo como caravana, cosa q no me convence. La broma son más de 1.300 euros.   :(
Alguien que matriculase en las últimas semanas me puede decir si lo ha hecho como turismo-vivienda?

Mi modelo es la Marco Polo V con cocina.

Agradezco las respuestas  :'(

Jonysummer

Mercedes Marco Polo Burton edition ; )

maarq

Cita de: Suis-Moi en Diciembre 28, 2017, 15:02:10 pm
Hola,

Hoy tenía q realizar el pago para la entrega del vehículo la semana que viene y me han llamado del concesionario con la mala noticia que ya no se pueden matricular como turismo-vivienda y que se tiene que matricular como turismo perdiendo la bonificación del 30% de la matriculación. La alternativa es hacerlo como caravana, cosa q no me convence. La broma son más de 1.300 euros.   :(
Alguien que matriculase en las últimas semanas me puede decir si lo ha hecho como turismo-vivienda?

Mi modelo es la Marco Polo V con cocina.

Agradezco las respuestas  :'(


Pues yo pague la mia ayer con la bonificación. Te mantendré al dia de como va, pero a mi no me comentaron nada.

maarq

Cita de: maarq en Diciembre 29, 2017, 18:23:39 pm
Pues yo pague la mia ayer con la bonificación. Te mantendré al dia de como va, pero a mi no me comentaron nada.


Perdón, he revisado el contrato y dice BONIFICACIÓN POR AUTOCARAVANA, no turismo-vivienda. Creo que no es lo mismo.

maarq

Cita de: maarq en Diciembre 29, 2017, 19:48:14 pm
Perdón, he revisado el contrato y dice BONIFICACIÓN POR AUTOCARAVANA, no turismo-vivienda. Creo que no es lo mismo.


Alguien nos puede indicar que restricciones o beneficios tiene la matriculación como autocaravana? he encotrado esto en el foro, pero es de 2007.

https://www.furgovw.org/index.php?topic=7816.0

A fecha de 26 de Febrero de 2.007, estas son las formas posibles de matricular una California o una Marco Polo en España, todas ellas válidas y legales y sin entrar en si son o no justas.

Código 10xx, es decir como turismo.
Ventajas: Frecuencia Itv y límites de velocidad
Inconvenientes: pagar 12% impuesto matriculación.

Código 32xx, es decir, autocaravana.
Ventajas: Frecuencia Itv y límites de velocidad
Inconvenientes: pagar 12% impuesto matriculación.

Código 24xx, es decir, furgón
Ventajas: no pagar 12% impuesto de matriculación.
Inconvenientes: Frecuencia Itv y límites de velocidad

Código 31xx, es decir, vehículo mixto
Ventajas: no pagar 12% impuesto de matriculación.
Inconvenientes: Frecuencia Itv y límites de velocidad

Excepciones:
Con respecto a la Itv, si dispone de los elementos necesarios para ser una autocaravana (xx48), pasará la Itv con la frecuencia que un turismo, sea un 1048, 32xx, 2448 o 3148.

Aunque la estructura de estos vehículos sea la misma, es decir, mismo chasis y carrocería, mismo motor, mismos sistemas de seguridad activa y pasiva, mismo frenos y suspensiones, mismas ruedas, Tráfico y Hacienda con su buen talante, nos brindan todas estas posibles opciones.

Suis-Moi

Hola,

¿Alguién que nos pueda dar información sobre lo que solicita maarq?

Muchas gracias,  :)

arsame

Diciembre 30, 2017, 20:56:45 pm #2106 Ultima modificación: Diciembre 30, 2017, 20:59:33 pm por arsame
Hola,

Hasta donde yo he leído a compañeros en este hilo,  por lo que he podido entender el tema es el siguiente:

las opciones para nuestra furgo (MB ClaseV MarcoPolo, "la de cocina") son:
1000 turismo
1048 turismo vivienda
3248 autocaravana

con la 3248 te beneficias de un descuento del 30% en impuesto de matriculación...pero te afectan las limitaciones de velocidad asociadas a una autocaravana y el tema de ITV. (Autopistas-autovías ... pasas de 120 a 100km/h).

Un saludo. (espero no equivocarme y liaros más),
(entiendo que son 140 páginas, pero merece la pena echarle un ojo a lo que comentan compañeros en mensajes anteriores).

werder

Buenas noches a todos y ya que estamos feliz año nuevo para todos los foreros!!! Tengo una duda para la compra de mi furgo, sabeis si todas vienen homologadas para 6 plazas? mi idea es pedirla solo con 4 asientos pero no descarto ampliarla a 6 si es posible. por eso va mi pregunta de si mas adelante se puede poner un banco doble o no y sobre que necesitaria hacer para poder ampliarla. Un saludo a todos Y FELIZ AÑO NUEVO Y FELICES RUTAS!!!


Suis-Moi

Diciembre 31, 2017, 12:12:59 pm #2108 Ultima modificación: Diciembre 31, 2017, 14:10:40 pm por Suis-Moi
Cita de: arsame en Diciembre 30, 2017, 20:56:45 pm
Hola,

Hasta donde yo he leído a compañeros en este hilo,  por lo que he podido entender el tema es el siguiente:

las opciones para nuestra furgo (MB ClaseV MarcoPolo, "la de cocina") son:
1000 turismo
1048 turismo vivienda
3248 autocaravana

con la 3248 te beneficias de un descuento del 30% en impuesto de matriculación...pero te afectan las limitaciones de velocidad asociadas a una autocaravana y el tema de ITV. (Autopistas-autovías ... pasas de 120 a 100km/h).

Un saludo. (espero no equivocarme y liaros más),
(entiendo que son 140 páginas, pero merece la pena echarle un ojo a lo que comentan compañeros en mensajes anteriores).


Gracias arsame.

Ayer noche estuve buscando información "actualizada".

Según mi concesionario: Por orden del Ministerio de Industria, Mercedes ya no puede matricular la MMP V (Cocina) como Turismo-Vivienda y por esa razón no se puede beneficiar de la bonificación del 30%.
Así que a partir de ahora únicamente se va a poder elegir entre:

  • Turismo

  • Autocaravana (Tiene bonificación del 30%).



Vamos a las diferencias a falta que me lo confirme el concesionario la semana que viene.

Como bien dice arsam:
Limitación de velocidad
En autopistas es de 120 a 100kmh.
Fuente: http://www.dgt.es/Galerias/seguridad-vial/consejo-superior-de-seguridad-vial/grupos-trabajo/GT-53-Movilidad_Autocaravanas.pdf

La DGT ya ha redactado  una  instrucción  a  la  Guardia Civil de Tráfico en la que se considera a las  autocaravanas  como  vehículos  de  la categoría  M1,  es  decir,  vehículos  especiales distintos a los turismos, con los siguientes  límites  de  velocidad:  100  km/h en autopistas y autovías; en vías convencionales  con  arcenes  igual  o  superior  a 1,5 m, o más de un carril para alguno de los  sentidos,  90  km/h;  en  el  resto  de  las carreteras,  80  k/h.  Por  supuesto,  en  las vías urbanas se aplica el límite genérico de 50 km/h.

Velocidades máximas para las autocaravanas en Europa:
Alemania (ciudad: 50 / carretera nacional: 100 / autovía: 130 / autopista: 130); Austria (50 / 100 / 100 / 130); Bélgica (50 /90 /120 /120); Bosnia (50 /80 /120 /120); Croacia (50 /80 /100 /130); Dinamarca (50 /80 /110 /110); Eslovenia (50 /90 /100 /130); Finlandia (50 /80 /80 /80); Francia (50 /90 /110 /130); Gran Bretaña (48 /96 /112 /112); Grecia (50 /90 /110 /120); Holanda (50 /80 /100 /120); Hungría (50 /90 /110 /130); Irlanda (50 /80 /100 /130); Italia (50 /90 /110 /130); Luxemburgo (50 /90 /110 /130); Macedonia (50 /80 /80 /100); Noruega (50 /80 /90 /90); Polonia (37 /90 /110 /130); Portugal (50 /90 /100 /120); Rumania (50 /90 /100 /100); Republica Checa (50 /90 /90 /130); Eslovaquia (37 /51 /60 /81); Suecia ( 50 /70 /90 /110); Suiza (50 /80 /100 /120); Turquía (50 /80 /80 /80).


En Europa pueden circular a la misma velocidad que un turismo, por lo que según el artículo, la tendencia es a homogeneizar con el resto de países europeos.

Fuente: http://www.dgt.es/revista/archivo/pdf/num191-2008-autocaravanas.pdf

ITV -> Igual que los Turismos
1ª matriculación (Menos de 4 años) ->Periodicidad: Exento
De 4 a 10 años -> Periodicidad: Cada dos años
Más de 10 años -> Periodicidad: 1 año

Fuentes:
http://www.applusiteuve.com/es/cada-cuanto-pasar-itv
https://itv.com.es/itv-caravanas-que-miran#Periodicidad_para_caravanas_y_autocaravanas
https://itv.com.es/cuando-hay-que-pasar-la-itv

No he visto ninguna otra restricción. Por que las diferencias entre estar aparcado y estar acampado, no están limitadas por como se ha matriculado el vehículo.

Espero que sirva de ayuda para futuros compradores.

Editado:
Nota: He mirado el Reglamento General de Vehículos (RGV) y no especifican velocidad para autocaravanas.
Fuente: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23514


maarq


Suis-Moi

Diciembre 31, 2017, 13:00:16 pm #2110 Ultima modificación: Diciembre 31, 2017, 13:38:17 pm por Suis-Moi
Cita de: maarq en Diciembre 31, 2017, 12:42:47 pm
Gracias, Suis-Moi, te lo has currado.

Por la cuenta que me trae  :( . Son 1.470 euros la broma.
Ahora a decidir si la matriculo como turismo o autocaravana, aunque por la diferencia de dinero-> creo que será autocaravana. ;)

Por último:
Fuente: http://www.ac-llar.com/limite-de-velocidad-para-autocaravanas/
Hay que tener siempre en cuenta que los límites de velocidad que figuran en el citado RGC están basados en la clasificación por destino de construcción que figura en la ficha técnica de cada vehículo. Por ejemplo, las autocaravanas clasificadas como 32 tienen establecido el límite de velocidad en el máximo de lo que es la vía. Un punto de vista que comparten los Automovilistas Europeos Asociados (AEA) por lo que el límite de velocidad de autocaravanas sería de 120 k/h.

En Base a esto último, mi pregunta es:
¿La MMP V como esta clasificada? ¿32?
Porque si es "32", no habría diferencia alguna en cuanto a velocidad con un turismo.

Gracias,



maarq

Suis-moi, he encontrado esto. A los 4 años puedes cambiar la categoria:

http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/06/22/tramites-para-pasar-de-vehiculo-mixto-adaptable-a-turismo/

Yo prefiero ahorrarme los 1.000 y pico euros e ir un poco mas tranquilo en carretera. El problema lo podemos tener si nos pillan a más velocidad de lo que permite la via, de manera que el exceso de velocidad seria mayor, y la multa mas fuerte. Si no se supera el limite, las probabilidades de multa son pocas.



Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

MADVAN

A colación de lo que estáis hablando, de un tiempo a ésta parte me ha surgido una duda: yo tengo preferencia a pernoctar en áreas de autocaravanas siempre que las haya ddonde voy y siempre que haya sitio, claro. Recientemente leí en éste foro que en areas muy concurridas algun autocaravanista, frustrado por no encontrar sitio y viendo que una "furgoneta" estaba ocupando un espacio del area, denunciaba ante la Policía Local el hecho, y ésta comprobaba si esa furgo esta clasificada como autocaravana o no. En caso de no estarlo se le multaba...mi duda es si la autorización para pernoctar en areas de ACs vale a los matriculados como 1048 (turismo-vivienda) o solo vale a los 3248 (autocaravanas)?. Tengo claro que los que no pueden aparcar son los matriculados como turismo (1000).
Un poco de luz, please.
Invierte tu tiempo en experiencias

foski

Hola: Me podriais aconsejar algún concesionario para pedir presupuestos Mb marco polo, y que entiendan un poco del tema. Gracias  ???

arsame

Los matriculados con el código 1000 no pueden acceder a las áreas de ACs??

Si se confirma que ya no matriculan más con código 1048.... me tocaría bastante las narices tener que pasar a 3248.  >:( >:(

Cita de: MADVAN en Diciembre 31, 2017, 17:35:53 pm
A colación de lo que estáis hablando, de un tiempo a ésta parte me ha surgido una duda: yo tengo preferencia a pernoctar en áreas de autocaravanas siempre que las haya ddonde voy y siempre que haya sitio, claro. Recientemente leí en éste foro que en areas muy concurridas algun autocaravanista, frustrado por no encontrar sitio y viendo que una "furgoneta" estaba ocupando un espacio del area, denunciaba ante la Policía Local el hecho, y ésta comprobaba si esa furgo esta clasificada como autocaravana o no. En caso de no estarlo se le multaba...mi duda es si la autorización para pernoctar en areas de ACs vale a los matriculados como 1048 (turismo-vivienda) o solo vale a los 3248 (autocaravanas)?. Tengo claro que los que no pueden aparcar son los matriculados como turismo (1000).
Un poco de luz, please.