Me echan de Madrid

Iniciado por oscarm1, Enero 22, 2020, 10:48:53 am

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oscarm1

  Hola a todos. Me imagino que el que esté en mi situación ya se habrá dado cuenta: no quieren autocaravanas en Madrid.
  Al ser un vehículo tipo A (sin etiqueta de contaminación), aunque soy residente, a partir del 1 de enero y con la entrada de la nueva ley de movilidad urbana del ayuntamiento de Madrid, las autocaravanas antiguas no pueden aparcar en zona "SER", que es dentro de la M30.
  A pesar de ser residente, no están consideradas como furgoneta, que sí que podrían y las han metido dentro del paquete de "camiones" con lo que las han prohibido dentro de Madrid.
  Lo comento por si alguien está en la situación de tener una con etiqueta B, que este año no le haya pillado, que se haga a la idea que está considerada como camión y que lo va ha tener muy complicado a partir de ahora.
  En el SER me dijeron que si compraba una autocaravana nueva, tampoco la podría poner como residente.

escuin

Qué chasta! Ni siquiera hay excepciones para cuándo es tu "único" vehiculo?


JmGarciaM

¿Tenemos algún enlace a la "nueva" legislación esa?
Mi abuelo decía: Los aviones vuelan por que Dios quiere y los helicópteros ni Dios sabe por que vuelan.
También decía: La información es gratis, lo caro es conseguirla. Si puedes controlar la información, puede controlar a la gente. La información es poder.

oscarm1

https://sede.madrid.es/FrameWork/generacionPDF/ANM2018_45.pdf?idNormativa=5ccdb732cef96610VgnVCM2000001f4a900aRCRD&nombreFichero=ANM2018_45&cacheKey=212
  
No sé si así se ve pero es la " ordenanza de movilidad sostenible " del ayuntamiento de Madrid. No tiene perdida. En la "disposición primera" se habla de las excepciónes a cumplir dicha ordenanza, en la cual dice q a partir del 1 de Enero del 2020 no pueden entrar vehículos tipo A (sin distintivo) en la zona SER ( dentro de la M30 y algunos barrios exteriores). En las excepciones viene recogido los vehículos de residentes pero en el SER me comunican q las autocaravanas son consideradas como camiones y quedan fuera de esa excepción. Si pondrían las furgonetas hasta 3500Kg, que no estén matriculadas como autocaravana

valtasar

Esto es de traca
Ahora que por fin tenemos cambio de la dgt y las autocaravana 3200 pasan a 120kmh y todo eso y todos como locos por conseguir poner los furgones 2448 y 3148 a autocaravana resulta que salimos con estas.
Yo es que no entiendo nada, tanta clasificación y contradicción sin pies ni cabeza. Una autocaravana nueva con su euro 6 siendo propietario un residente y no puede llegar a su casa
Pufff, pa los que nos queda yo me voy pal monte que a ver si tardan un poco en llegar y para entonces ya no existo

abasel

de madrid y de todos sitios, todas las ciudades de mas de 50.000 habitantes tendrán zona de bajas emisiones, no se cuando harán la ley pero parece inminente

ydelaj

Cita de: valtasar en Enero 22, 2020, 22:47:03 pmUna autocaravana nueva con su euro 6 siendo propietario un residente y no puede llegar a su casa
Eso no es cierto.

Si la guarda en un garaje fin del problema. No dejan estacionar vehículos denominados como 'autocaravana' en la calle, no que no puedan acceder.
Tampoco permiten que los talleres peten las calles de vehículos en reparación, y sin embargo ahí les tienes, por mi zona hay unos cuantos que la calle es suya y no creo que paguen por ocupar ese espacio.

Artículo 47. Prohibiciones.Se prohíbe el estacionamiento en los lugares y casos en que esté prohibida la parada, en los casos, supuestos ylugares dispuestos en la normativa aplicable, y además:
[...]
14. Cuando un vehículo permanezca estacionado en la vía pública para su venta o alquiler, sin que se entiendacomo  tal  la  actividad  descrita  en  el  artículo  194  de  esta  Ordenanza,  o  desde  el  cual  se  proceda  a  efectuaractividades ilícitas, tales como venta ambulante no autorizada, así como la reparación o depósito no puntualde vehículos en la vía pública y el estacionamiento de caravanas, autocaravanas o similares que se pretendan utilizar  como  lugar  habitable  con  cierta  vocación  de  permanencia,  por  cuanto  impide  la  libre  circulación,  laocupación temporal de ese espacio de un modo limitado y rotativo por otros vehículos, y dificulta la equitativadistribución de aparcamientos.

Un saludo.

Pelinkhano17

Hola.

Segun la fuente del Español:

Si soy residente, ¿puedo estacionar en los barrios de Madrid con zona SER?
Si usted es residente de un barrio madrileño con zona SER y su coche no tiene distintivo ambiental puede seguir aparcando en la zona verde del barrio donde esté empadronado. Sólo podrá estacionar en su barrio, que es uno de los 52 barrios de la zona SER, hasta el 31 de diciembre de 2024.
El estacionamiento en los 51 barrios restantes queda prohibido desde año nuevo para los vehículos tipo A.


Dónde puede aparcar un residente con vehículo sin distintivo ambiental -o tipo A- y dónde no?
Los habitantes de cualquier barrio de Madrid, previa autorización de residente SER, que cuentan con coches contaminantes -o tipo A-, pueden estacionar solamente en la zona verde del barrio donde estén empadronados. ¿Y por qué sólo en la zona verde? Porque estas plazas son las que están habilitadas para los conductores con la mencionada autorización. Estos residentes podrán aparcar en la zona verde como hasta ahora, es decir, sin horarios. Los usuarios sin esta tarjeta de residente, sólo podrán aparcar su coche en zona verde durante 120 minutos, como máximo.

Pese a esto, aquellos conductores con coches sin distintivo ambiental ya no podrán estacionar en ningún barrio madrileño, a excepción del suyo, ni en la zona azul ni en la verde. Es decir, el residente sólo puede estacionar en uno de los 52 barrios que componen la zona SER. Ni siquiera pueden estacionar en todo su distrito. Por ejemplo, si una persona vive en el distrito de Chamberí, sólo puede estacionar en uno de los seis barrios que lo componen, en el que reside.


https://www.elespanol.com/reportajes/20191219/definitiva-aparcar-madrid-estacionar-sin-etiqueta-barrio/452955537_0.html


https://diario.madrid.es/blog/notas-de-prensa/los-vehiculos-sin-distintivo-ambiental-no-podran-aparcar-en-zona-ser-a-partir-del-1-de-enero/

https://www.motorpasion.com/industria/tienes-coche-etiqueta-dgt-olvidate-2020-aparcar-zona-ser-madrid-para-hacer-visitas


Oates

Entonces los que somos de Madrid mejor homologar como furgón vivienda que como autocaravana no?

Pelinkhano17

Cita de: Oates en Enero 23, 2020, 11:14:09 amEntonces los que somos de Madrid mejor homologar como furgón vivienda que como autocaravana no?


Eso sera mejor que lo preguntes en la Itv o en la junta de distrito.

Hasta el 31 de diciembre de 2024 puedes aparcar en un barrio sin problemas.

Lo que no entiendo es prohibición de M-30.

¿Si vives en unos de los 52 y tiene que ir a Carabamchel no puedes usar la M-30 en ese sentido?.

JmGarciaM

Cita de: oscarm1 en Enero 22, 2020, 22:06:12 pm.../...
...En la "disposición primera" se habla de las excepciónes a cumplir dicha ordenanza, en la cual dice q a partir del 1 de Enero del 2020 no pueden entrar vehículos tipo A (sin distintivo) en la zona SER ( dentro de la M30 y algunos barrios exteriores)...
.../...

Sí pueden entrar, lo que no pueden es aparcar.

Mi abuelo decía: Los aviones vuelan por que Dios quiere y los helicópteros ni Dios sabe por que vuelan.
También decía: La información es gratis, lo caro es conseguirla. Si puedes controlar la información, puede controlar a la gente. La información es poder.

JmGarciaM

Cita de: Pelinkhano17 en Enero 23, 2020, 11:35:20 am.../...
¿Si vives en unos de los 52 y tiene que ir a Carabamchel no puedes usar la M-30 en ese sentido?.

Sí puedes circular por "la frontera", es decir: si puedes circular por la M-30.

Mi abuelo decía: Los aviones vuelan por que Dios quiere y los helicópteros ni Dios sabe por que vuelan.
También decía: La información es gratis, lo caro es conseguirla. Si puedes controlar la información, puede controlar a la gente. La información es poder.

nico091

Los que deciden "estas cosas" desde el asiento trasero de un Audi-V8 que le has pagado también tú, te tranquilizan porque... siempre te quedarán las favelas por donde moverte en libertad.

oscarm1

  Como comenta "valtasar", no hay ningún problema si en tráfico la catalogan 2448: furgoneta vivienda. El problema está en q las autocaravanas son 3248.
  Poder acceder de momento si se puede. No parar en ninguna plaza .Podría aparcarla en un garaje pero tendría q buscar uno q tenga más de tres metros de altura y dentro de la M30, al mes, no bajan de 200 euros.
  Vamos, q tengo q dejar de usarla como mi único vehículo particular. Si la quiero conservar, tengo q comprarme otro (tiene gracia la medida ¿no?)

JmGarciaM

En la ordenanza dice en el artículo 47 (Prohibiciones) apartaso 14:
...el estacionamiento de caravanas, autocaravanas o similares...

entiendo que en "los similares" entraran los xx48, como 2448 3148 etc...

Mi abuelo decía: Los aviones vuelan por que Dios quiere y los helicópteros ni Dios sabe por que vuelan.
También decía: La información es gratis, lo caro es conseguirla. Si puedes controlar la información, puede controlar a la gente. La información es poder.