Nuevo documento de Tráfico relativo al autocaravanismo.

Iniciado por Manolín, Febrero 05, 2008, 14:09:40 pm

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inamai

Si pero hay un apartado ke dice:
"Otros conceptos de alguna manera asociados al estacionamiento de autocaravanas como el de acampada y pernocta no tienen acogida en la normativa sobre trafico, circulacion de vehiculos y de seguridad vial, por lo que este organismo no puede pronunciarse sobre su definicion  ni sobre sus implicaciones"
Por lo ke estacionar si ke se puede pero ¿pernoctar? no keda claro.
agur   .adios
Walk on, walk on, with hope in your heart and you´ll never walk alone.
Turismo en Santander

EdoNork

Estoooo, el documento habla de aparcar y parar e, incluso, de estar dentro del vehículo. En cuanto a pernoctar y acampar se lava las manos.

ooznak

Cita de: Yudealf en Febrero 05, 2008, 15:51:01 pm
esto deberia estar EN PORTADA YA, donde hay algun administrador????


está en portada ... yudealf ...
... se trata no tanto de ver lo que aún nadie ha visto, sino de pensar lo que aún nadie ha pensado sobre aquello que todos ven ...


Yudealf

Cita de: inamai en Febrero 05, 2008, 15:51:10 pm
Si pero hay un apartado ke dice:
"Otros conceptos de alguna manera asociados al estacionamiento de autocaravanas como el de acampada y pernocta no tienen acogida en la normativa sobre trafico, circulacion de vehiculos y de seguridad vial, por lo que este organismo no puede pronunciarse sobre su definicion  ni sobre sus implicaciones"
Por lo ke estacionar si ke se puede pero ¿pernoctar? no keda claro.
agur   .adios


Pero aquí pone justo lo contrario:

esta Dirección General de Tráfico considera que mientras un vehiculo cualquiera está correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la autocaravana no es una excepción, bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no transcienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del pehiculo tales como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación, soportes de estabilización, etc

p

Ahg,se me olvidaba, habra que agradecer de alguún modo a director y a los que le señalaron el problema y a...Angeles? su desvelo y respuesta.

Manolín

Youdealf, la noticia está en portada. Y por otro lado veo que no has leido la Ley de Costas, te lo recomiendo, es una lectura apasionante ;) y así no confundimos a la gente ;)

Oli

Cita de: Yudealf en Febrero 05, 2008, 15:53:04 pm
por lo que este organismo no puede pronunciarse sobre su definicion  ni sobre sus implicaciones"


No te dicen si Si o si No, te dicen que Tráfico no entiende ni regula acerca de estos temas. Se limitan a decir que correctamente estacionado, puedes hacer en tu vehiculo lo que te venga en gana.

Oli..  ;)

inamai

Cita de: Manolín en Febrero 05, 2008, 15:56:06 pm
Youdealf, la noticia está en portada. Y por otro lado veo que no has leido la Ley de Costas, te lo recomiendo, es una lectura apasionante ;) y así no confundimos a la gente ;)


¿donde lo podriamos leer?
Lo he mirado en el  buscador y no me aparece nada.
agur  .adios
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Yudealf

Cita de: Manolín en Febrero 05, 2008, 15:56:06 pm
Youdealf, la noticia está en portada. Y por otro lado veo que no has leido la Ley de Costas, te lo recomiendo, es una lectura apasionante ;) y así no confundimos a la gente ;)


oki, gracias, la ley de costas de refilon, pero en estas cosas siempre salen dudas. Y yo de letras poco, mas bien tecnologia es lo mio. jeje, enga que al final nos vamos a surfear a Tarifa.  .palmas .palmas

inamai

Este finde a laga con los papeles en mano por si aparecen los de heineken  .meparto .meparto .meparto
agur  .adios
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Kimu

Cita de: inamai en Febrero 05, 2008, 15:51:10 pm
Si pero hay un apartado ke dice:
"Otros conceptos de alguna manera asociados al estacionamiento de autocaravanas como el de acampada y pernocta no tienen acogida en la normativa sobre trafico, circulacion de vehiculos y de seguridad vial, por lo que este organismo no puede pronunciarse sobre su definicion  ni sobre sus implicaciones"
Por lo ke estacionar si ke se puede pero ¿pernoctar? no keda claro.
agur   .adios


Pero eso se refiere a las vías interurbanas; en las urbanas queda claro que es posible la pernocta donde está autorizado el estacionamiento.

Parking is not a crime

Yudealf

La verdad yo no me entero de na. Entonces lo que es la guardia civil mientras estes en suelo urbano ( con asfalto por decirlo de alguna manera) no nos van a molestar???
Pero la local si podria??


AlvaroT3

ya esta plastificado y en la furgo, y laspartes que nos atañen, subrayados con fosforito
EL HECHO DE QUE TENGAS RAZON, NO QUIERE DECIR QUE ESTOY EQUIVOCADO. SIMPLEMENTE NO HAS VISTO LA VIDA DESDE MI LADO

Yudealf

Cita de: Kimu en Febrero 05, 2008, 16:09:59 pm
Pero eso se refiere a las vías interurbanas; en las urbanas queda claro que es posible la pernocta donde está autorizado el estacionamiento.


Me acabas de mostrar la luz... No me habia dado cuenta que ese parrafo esta dentro de las interurbanas.

p

Cita de: Kimu en Febrero 05, 2008, 16:09:59 pm
Pero eso se refiere a las vías interurbanas; en las urbanas queda claro que es posible la pernocta donde está autorizado el estacionamiento.


"son de aplicación a la parado y el estacionamiento en vías interurbanas las normas relativas al modo y forma de ejecución contenidos en el art 91 del reglamento General de Circulación recogido en el punto anterior, así como las consideraciones hechas en relación con el estacionamiento en vías urbanas acerca del la presencia de personas en el interior del vehículo correctamente estacionado, ello sin perjuicio  de la posibilidad de estacionar en áreas de estaciones de servicio o en terrenos privados..."