Problemas al aumentar masa FIAT DUCATO EURO 6 CERTIFICADO CO2

Iniciado por Wimax, Febrero 12, 2021, 12:05:57 pm

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Wimax

Buenas a tod@s! Me han camperizado una Fiat Ducato L4H3 aumentando la masa del vehículo a 3.190Kg y según última versión del reglamento hay que solicitar a la marca el cálculo de la emisiones para la nueva masa.
La sorpresa llega cuando te contestan mediante escrito y pago por solicitarlo que fiat usa como referencia 2830kg como base desentendiendose de si nuestras furgonetas al momento de legalizar pesan más o si es una L1H1 o L4H3. Alguien se ha encontrado con este problema? Hay alguna otra solución antes de desmontar 300kg de la furgoneta?
De momento he reclamado a la marca a la espera de solución.
Muchas gracias


PabloMejuto

Hola Wimax.
Pues bienvenido al mismo problema. En mi caso me he gastado una pasta en una furgo nueva de paquete y todo era un caramelo hasta que me he enterado del tema, que ni se me había ocurrido mirar. Demasiado hay por mirar como para ponerse a imaginar qué limitaciones podría hacer por normativa. Ese dato que comentas del límite de peso me lo ha comentado un estudio de ingeniería y lo tienes en la web de INGENAGA. Y parece que es así por la homologación de emisiones que tiene. Todo lo que sea fijo, para poder cumplir con la homologación que hacen sin carga, solo líquidos y un conductor, no podrá pasar de ese peso. Es decir, que al modificar la furgo y meter equipamiento fijo, pasas a tener un peso fijo x que si se pasa de los 2840Kg ya no entra en la homologación de consumos y emisiones que han hecho. Y entra ahí ese peso porque entiendo que tienen unas tolerancias de un % que nos da los 2840 para seguir emitiendo dentro del rango que han homologado. A partir de ahí, que metas sacos de arena y pese 3500 pues es legal. Parece de coña pero es así.
Solución? Pues la que comentas, quitar cosas, pasar la ITV de reforma dentro del peso que marca la legalidad y después, bajo tu responsabilida, CARGAR la furgo con lo que necesites para el viaje. Ya me entiendes. Es una faena si, pero es lo que hay.
Yo me enteré ayer y casi me da un infarto despues de haber gastado la pasta en la furgo, pero aun no he empezado a camperizar, por lo que puedo controlar pesos. En tu caso tendrás que sacar. No te agobies y estudia que puedes hacer. Sacar rueda de repuesto y poner kit, cambiar batería por otra pequeña, algún apaño en combustible, quitar puertas que supuestamente no son necesarias, etc etc etc.....

A ver si alguien más comenta y vamos aclarando historias. El tema es que se ha puesto complicado camperizar con esto las nuevas furgonetas. Las empresas de camperizacion están igual y no les queda otra que o meter menos o cosas más ligeras o ambas, aunque por alguna llamada que he hecho me ha dado la impresión que van a homologar con algun truquillo ;)

aluvi

Ostras! Como vosotros, no tenía ni idea. Mi caso es una Ducato L2H2 2020 Euro6. Por lo que creo entender al leeros, no podemos pasar de 2840 Kg en la camperización, sea el tamaño que sea.

Pues habrá que hilar fino e ir con mucho cuidado para no pasarse de peso.



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PabloMejuto

Cita de: aluvi en Febrero 24, 2021, 23:49:58 pmOstras! Como vosotros, no tenía ni idea. Mi caso es una Ducato L2H2 2020 Euro6. Por lo que creo entender al leeros, no podemos pasar de 2840 Kg en la camperización, sea el tamaño que sea.

Pues habrá que hilar fino e ir con mucho cuidado para no pasarse de peso.



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Pues si. No es un gran problema, solo que quizá cambia los planes que había. Pero yo creo que se da. Al fin y al cabo es para el tramite de la ITV de reforma. De todos modos nos fuerza a montar ligero lo cual es bueno que así consumirá menos y andará mejor la furgo.

Lo que a mi me gustaría saber es dónde está ese dato porque en la Revisión 6ª del Manual de reformas no lo encuentro.

Os doy un dato nuevo. Hay un margen de tolerancia del 5% en el peso máximo, por lo que no son 2840 sino 2982. Este dato me lo ha dado una oficina de homologaciones ayer.

A ver si entre todos lo vamos aclarando. Yo intento redactar y firmar el proyecto así que todo esto me hace mucha falta.
Saludos.

aluvi

Febrero 25, 2021, 10:04:00 am #4 Ultima modificación: Febrero 25, 2021, 12:04:39 pm por aluvi
Cita de: PabloMejuto en Febrero 25, 2021, 09:20:28 amPues si. No es un gran problema, solo que quizá cambia los planes que había. Pero yo creo que se da. Al fin y al cabo es para el tramite de la ITV de reforma. De todos modos nos fuerza a montar ligero lo cual es bueno que así consumirá menos y andará mejor la furgo.

Lo que a mi me gustaría saber es dónde está ese dato porque en la Revisión 6ª del Manual de reformas no lo encuentro.

Os doy un dato nuevo. Hay un margen de tolerancia del 5% en el peso máximo, por lo que no son 2840 sino 2982. Este dato me lo ha dado una oficina de homologaciones ayer.

A ver si entre todos lo vamos aclarando. Yo intento redactar y firmar el proyecto así que todo esto me hace mucha falta.
Saludos.

Gracias por la info. Y bienvenido este 5% de margen, je, je!

Observo en la ficha técnica de mi furgo que el MOM (Masa en Orden de Marcha) es de 2100 Kg, que entiendo que es el peso del vehículo vacío cuando te lo entregan en el concesionario. O sea, que tendría hasta los 2982 Kg que tú indicas, para la camperización. Espero haberlo entendido correctamente.

Pues me parece este tema muy importante, ya que me imagino que habrá unos cuantos compañeros en el foro que estén camperizando su furgo y no sepan esto. Para los que estén en proyecto aún, como yo, pues podremos ir afinando el peso, pero para otros... puede ser una p.t.da gorda.

Y sí, resulta algo incomprensible, que no puedas homologar con, por ejemplo, 3200 Kg pero sí puedas circular con 3500.

PabloMejuto

Cita de: aluvi en Febrero 25, 2021, 10:04:00 amGracias por la info. Y bienvenido este 5% de margen, je, je!

Observo en la ficha técnica de mi furgo que el MOM (Masa en Orden de Marcha) es de 2100 Kg, que entiendo que es el peso del vehículo vacío cuando te lo entregan en el concesionario. O sea, que tendría hasta los 2982 Kg que tú indicas, para la camperización. Espero haberlo entendido correctamente.

Pues me parece este tema muy importante, ya que me imagino que habrá unos cuantos compañeros en el foro que estén camperizando su furgo y no sepan esto. Para los que estén en proyecto aún, como yo, pues podremos ir afinando el peso, pero para otros... puede ser una p.t.da gorda.

Y sí, resulta algo incomprensible, que no puedas homologar con, por ejemplo, 3200 Kg pero sí puedas circular con 3500.
Ojo. Si tu MMA es de 3500 entonces puedes camperizar con 2840 de masa en báscula incluyendo el conductor y con el 5% de tolerancia añadido. Si es de 3200 entonces es menos. 2680 incluyendo conductor y con el mismo 5%.
Ducato normal tiene MMA de 3200. Ducato Maxi MMA=3500

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aluvi



Cita de: PabloMejuto en Febrero 26, 2021, 10:59:20 amOjo. Si tu MMA es de 3500 entonces puedes camperizar con 2840 de masa en báscula incluyendo el conductor y con el 5% de tolerancia añadido. Si es de 3200 entonces es menos. 2680 incluyendo conductor y con el mismo 5%.
Ducato normal tiene MMA de 3200. Ducato Maxi MMA=3500

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Gracias por la aclaración. Sí, se me olvidó mencionarlo. En mi caso, tengo MMA de 3500.



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PabloMejuto

Bueno señores, os traigo más datos.
El dato de peso máximo del que hablamos está en el REGLAMENTO (CE) No 715/2007 DEL PARLAMENTO EUROPEO, Capítulo 1, Artículo 2.

Ahí se dice:

 A petición del fabricante, la homologación de tipo concedida con arreglo al presente Reglamento podrá hacerse extensiva de los vehículos cubiertos por el apartado 1 a las categorías
M1, M2, N1 y N2 según se definen en el anexo II de la
Directiva 70/156/CEE con una masa de referencia no superior a
2 840 kg y cumplan las condiciones establecidas en el presente
Reglamento y sus medidas de aplicación.


La definición que da de masa de referencia, que es el peso del que hablamos, es la siguiente:

«masa de referencia»: la masa del vehículo en orden de marcha restándole la masa uniforme de un conductor de 75 kg
y sumándole una masa uniforme de 100 kg;



Es decir, que cuando vayamos a pesar nuestra camper no podrá pasar de 2840Kg, de los cuales hay 25 que tenemos que que añadir al peso de la camperización, por los 75 que se quitan del conductor y los 100 que se suman de regalo.

Para aclararlo con un ejemplo, mi furgo pesa según ITV ayer, 2240Kg. Puedo camperizarla con un peso total de 2840-2240-75+100= 625 Kg, si no me equivoco.
Como siempre estas cosas hay que interpretarlas. Qué entendeis vosotros?

maikelnait82

buenas, nosotrxs estamos en proceso de compra y cada hilo que leemos...más dudas.

¿el tema que estáis comentando es para homologar como furgón-vivienda?
nosotrxs estamos buscando una que esté como mixta, para pasarla a turismo, y homologar como turismo con modificaciones.

Hemos leído que al hacer el cambio pasa a MMA de 2500Kg.
Lo que tenemos mirado es una boxer l2h2 que ya tiene una tara de 2040. ¿quiere decir que con la camperización no podremos pasar de 2500?

alguna aclaración al respecto?

gracias de antemano
nuestra furgo Jumper L2H2, aún sin nombre
https://www.furgovw.org/foro/index.php?topic=372560.0

Wimax

Buenas a todos, al final me dieron respuesta desde FCA (fiat) y no te recalculan la emisiones con nueva masa tras camperización, por lo que hemos tenido que desmontar parte de la camperizacion para bajar peso, una gran put....Por lo que tengo entendido VW y Man si lo recalcan hasta los 3100kg aproximadamente. Según la ingeniería la tara de la furgo tiene que ser de 2740Kg con depósitos llenos de gasoil y aguas limpias, que sumados a los 75kg de un conductor y los 25kg de regalo dan los 2840kg. Por suerte ese 5% de margen de peso en itv nos viene muy bien, imagina una L4H3 automática el poco margen que da. Estamos a la espera de finalkzar el proyecto y pasar la Itv, ya os contaré la experiencia. Nuestro problema ha sido enterarnos de este tema al acabar todo, si lo hubiera sabido hubiera ido a ajustar al kg... Suerte a tod@s

Wimax

Cita de: maikelnait82 en Marzo 06, 2021, 20:11:48 pmbuenas, nosotrxs estamos en proceso de compra y cada hilo que leemos...más dudas.

¿el tema que estáis comentando es para homologar como furgón-vivienda?
nosotrxs estamos buscando una que esté como mixta, para pasarla a turismo, y homologar como turismo con modificaciones.

Hemos leído que al hacer el cambio pasa a MMA de 2500Kg.
Lo que tenemos mirado es una boxer l2h2 que ya tiene una tara de 2040. ¿quiere decir que con la camperización no podremos pasar de 2500?

alguna aclaración al respecto?

gracias de antemano

El tema de las emisiones y masa 2840kg afecta a las furgo Euro 6 matriculadas a partir del 1 de septiembre de 2019. Mi recomendación es antes de comprar consultar con ingeniería de homologaciones para evitar problemas.

maikelnait82

Gracias Wimax, estamos con homologador, y todo bien hasta ahora.
nuestra furgo Jumper L2H2, aún sin nombre
https://www.furgovw.org/foro/index.php?topic=372560.0

sergio merelo

Buenas Tardes

Hacia tiempo que no entraba en este foro, y he visto este hilo tan recurrente desde el año pasado. Tantos quebraderos de cabeza da a  profesionales, laboratorios, ingenierias y usuarios finales como vosotros, que decido participar para ayudar a poner en claro conceptos.

Intento resumir como siempre, y dar unos esbozos.


¿Porque la limitacion de Peso en vehiculos nuevos?
- Los fabricantes de vehiculos M y N, en sus vehiculos nuevos, han de cumplir con el nuevo ciclo de emisiones WTLP, para que sus vehiculos emitan menos CO2. De hecho sus emisiones (por resumir) se clasifican en Emisiones de ligeros (HIGH) y Emisiones de pesados (HEAVY).
- Para definir si el vehiculo es High o HEAVY, el fabricante ensaya el vehiculo tipo nuevo, y le añade cierta carga, para ensayar sus vehiculos, y verificar que tipo de emisiones de CO2 tiene. Posteriormente, el vehiculo tipo se clasifica como HIGH o HEAVY, en funcion de dicha emision. (esto es muy muy resumido)
- Como veis no tiene nada que ver con las campers, pero si nos afecta directamente.


¿Desde que fecha es de aplicacion?
- Si los vehiculos estaban homologados por el Reglamento R(UE) 2017/1151 (ya existen reglamentos posteriores), la fecha de ultima matriculacion de dichos vehiculos era la famosa fecha de 31/08/2019.
- Es decir, si en tu permiso de circulacion (que no ficha tecnica), tu primera fecha de matriculacion es posterior a dicha fecha, debes seguir leyendo. De lo contrario estas exento de cumplirlo.

¿A que vehiculos afecta? (emisiones de pesados y ligeros)
- Si tu vehiculo, tiene emisiones de ligeros (ver ahora en ficha tecnica apartado V.9.), tiene el codigo EURO 6 (seis con numero normal, que signfica HIGH, emisiones de ligeros) y ademas, la fecha de matriculacion es posterior a 31/08/2019, muy seguramente tienes que cumplirlo. Es decir no superar los 2740 kg de tara tras la reforma.
- Por el contrario, si tu vehiculo, en el apartado V.9 de tu ficha pone EURO VI (6 con numeros romans), estamos hablando de un HEAVY o vehiculo con emisiones de pesados, que paga mas en su impuesto de matriculacion por emitir mas CO2, por lo que esta exento de cumplir la limitacion del peso que comentais tras su reforma.. En esto punto, hay varios vehiculos "grandes" como MAN TGE, IVECO, L4, que por el la TARA inicial (mas de 2400kg) salen directamente con emisiones de pesados.

Definiciones que debeis saber
- Tara, es el peso en vacio declarado por el fabricante. En las fichas tecnicas nuevas no existe ese valor.
- MOM (masa en orden de marcha), para no liaros ya que son mas cosas, es la tara del vehiculo en vacio declarado por el fabricante + 75 kg del conductor. Este es el valor que aparece en las fichas nuevas en el campo  G.
- Masa Real o TARA tras la reforma, es el peso una vez trasnformado el vehiculo sin conductor. Esto esta muy de moda entre las ITV`s con el nuevo manual de reformas. Es decir, terminas de equipar tu camper, y te la llevas a pesar sin nadie dentro. Este valor se llama MASA REAL.
- Masa de referencia ( o masa de ensayos para emisiones), es el maximo peso del vehiculo cargado para hacer los ensayos de emisiones.
- Final de serie, Esto es un concepto que significa (para que todos lo entendamos): Un fabricante no le da tiempo a matricular todos los vehiculos fabricados en un año, la normativa (cual sea) cambia, y no sus vehiculos no cumplirian la normativa en el momento de ser matriculados. Declara un final de serie, y dichos vehiculos durante un tiempo, estan exentos de cumplir la normativa que halla cambiado. Por ejemplo, emisiones.

A partir de aqui, tenemos varios escenarios.

CASO 1
Vehiculo anterior a fecha de primera matriculacion 31/08/2019. Esta exento de cumplir reglamento, y por lo tanto puedes exceder de los 2740 kg, de MASA REAL

CASO 2
Vehiculo que con independencia de la fecha primera matriculacion, tiene en su campo de ficha tecnica V.9 el valor de EURO VI. Esta exento de cumplir reglamento y puede exceder de los 2740 kg, de MASA REAL.

CASO 3
Vehiculo con emisiones de ligeros, es decir, campo V.9 valor EURO 6, y ademas en fecha de primera matriculacion es posterior a 31/09/2019. Ver si hay opcion de que el fabricante halla efectuado un final de serie. Esto cada vez es mas complejo. Si el vehiculo esta recogido en un final de serie, estaria exento.

CASO 4
Vehiculo con emisiones de ligeros, fecha primera matriculacion posterior a 31/08/2019 y no esta recogido en un final de serie. Comienza a complicarse:

- Como bien dicen los foreros, se puede solicitar un Certificado de Ensayo al fabricante, para verificar en que condiciones y con que Masa de Referencia (acordaros, diferente de MASA REAL) se hizo el ensayo.
Algunos fabricantes como FORD o MAN, en algunos vehiculos llegan mas de 2840 kg de Masa de Referencia, es decir, algunos hasta 3100 kg. En este caso, si el fabricante te dice que 3100  de Masa de Referencia, tu MASA REAL no puede ser superior a 3100 kg de peso en ningun caso.

- En ultimo caso, si ocurre como FCA le ha comentado al forero Wimax, no puede superarse la MASA REAL de 2840 kg, teniendo que desmontar elementos para conseguir dicha MASA REAL.



Una apreciacion sobre las tolerancias.
En el manual de procedimiento de inspeccion de ITV de (creo) hace dos o tres años, se daba la famosa tolerancia del 5% a las masas de los vehiculos, por temas de calibracion y ajuste de pesada en ITV.

En la actualidad, segun la ultima version ( a dia de este post) MANUAL DE PROCEDIMIENTO DE INSPECCION DE ESTACIONES ITV VERSIÓN 7.5.0 COVID-19, no existe dicha tolerancia. No os preocupeis. Explico. Lo que se hace es que se pesa el vehiculo por ejes y en total, y no puede ser superior a la MMTA del vehiculo por ejes ni en total.

Lo que se aplica, o aplicamos los ingenieros, es el Reglamento de Masas y Dimensiones R(UE) 1230/2010 en el que puedes aplicar un 3% de tolerancia. No obstante vuelvo a repetir, en la ITV solo miran que no exceda la MMTA.

Por cierto, esto es con indiferencia de trasnformaciones furgones vivienda, o AUTOCARAVANA (siempre que se pueda)

Seguramente no voy a ver este hilo en mucho tiempo, por lo que si teneis alguna duda, me podeis enviar un email y os respondere muy gustosamente, ya que es una faena, todo esto.


Un fuerte abrazo a todos.

Asturman


aluvi

Muchas gracias por el aporte, Sergio.


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