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Zona Técnica => Papeleos => Multas => Mensaje iniciado por: hibai en Septiembre 04, 2016, 17:45:56 pm

Título: Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: hibai en Septiembre 04, 2016, 17:45:56 pm
Buenas a tod@s,

Hace un par de meses varios amigos y yo tuvimos un placentero despertar a base de sirenas y golpes en la puerta.
La Guardia Civil de Costas y Aduanas nos multó a cada uno con 240€  por acampada ilegal.
El tema es que al agente le dijimos educadamente que no estabamos acampando de ninguna forma, puesto que no había ni techos levantados, ni sillas, ni ningun otro objeto fuera de las furgonetas. A lo cual el agente nos respondió que la sanción sería exclusivamente por estacionamiento ilegal.

Llegada la multa, nos han denunciado por acampada ilegal, sanción grave, a 40 euros el metro cuadrado.

Sabe alguien de qué manera esta gente entra en razón, y cual es la mejor forma de recurrir esta multa??

Gracias
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: Nm en Septiembre 04, 2016, 22:04:57 pm
.
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: hibai en Septiembre 04, 2016, 22:56:09 pm
Efectivamente era el parking de abajo. La cuestión es recurrir la denuncia por acampada, ya que no teniamos nada fuera de las furgonetas.
La multa por mal estacionamiento la pagaría con mas gusto  .lengua2   pero los 240 por acampada ilegal....
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: TibeBrkn en Septiembre 06, 2016, 15:42:58 pm
Tienen obligacion desde este año de dar la multa, o sea, de darte la denuncia.. si no la exigiste, eso es un problema.. y si la tenias, tenia que poner aparcamiento ilegal.. si eso ponia y tu tienes esa copia, no pueden cambiar la denuncia porque si, asi que la puedes recurrir por defecto de forma.. si te dan la denuncia poniendo que es acampada y no escribes donde firmas, poniendo que no estas de acuerdo y que sacas una foto en ese mismo instante en el que te estan multando indicando el estado en el que esta la furgo, poniendo la denuncia por ejemplo, tambien lo tendras complicado para recurrirla.

La verdad es que ya es cansino el tema de la acampada ilegal, estoy de acuerdo con que multen por estar mal estacionado, si es asi y si nos pasamos de listos por querer dormir donde no se puede.. incluso que persigan de verdad la acampada, que es tanto de un furgonetero, como el del coche dominguero que monta el tenderete para comer la familia y eso no se persigue.. Pero levantar el techo no es acampar.. dormir en un vehiculo habilitado para tal fin, tp es acampar..

Yo creia que este problema se daba con los locales, que al final ellos ponen una multa correcta en base a una ley ilegal, lo que es ilegal es la ley y lo que hay que recurrir es la ley.. y es en ese punto donde no entiendo como las asociaciones campistas, furgoneteras y demas no se unen para denunciarlas nada mas sacarlas.. y no tener que ser el que reciba la multa que recurre la multa, no lo aceptan y les dicen que tienen que recurrir la ley.. Pero con guardias civiles que tienen una circular de trafico explicando lo de la acampada, eso si que no lo entiendo.. aparcamiento ilegal siempre que se denuncie, pero la acampada, solo cuando sea acampada..

Siento el toston, pero es que vaya guerra..
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: hibai en Septiembre 10, 2016, 17:40:47 pm
La verdad es que en su momento no me dieron copia de denuncia ni me hicieron firmar nada. Se limitaron a pedirme el DNI y sacar unas fotos a la furgoneta, la cual no tenia ningun tipo de objeto por el cual se me pudiera denunciar por acampada.
Intentaré recurrir la denuncia alegando que no era una acampada, pero si un estacionamiento prohibido.
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: jotayeye en Septiembre 10, 2016, 18:31:27 pm
No es un estacionamiento prohibido. No se en que te basas para de ir eso.
Es acampada. Ley injusta, pero es así.
Mira exactamente porqué te han denunciado, examina la ley de costas, y si crees que puedes recurrir hazlo en base a eso. Pero aparcar en un aparcamiento no está prohibido, acampar en el dominio público marítimo terrestre SÍ.
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: susoromero en Septiembre 10, 2016, 19:52:52 pm
Cita de: hibai en Septiembre 04, 2016, 17:45:56 pm
Buenas a tod@s,

Hace un par de meses varios amigos y yo tuvimos un placentero despertar a base de sirenas y golpes en la puerta.
La Guardia Civil de Costas y Aduanas nos multó a cada uno con 240€  por acampada ilegal.
El tema es que al agente le dijimos educadamente que no estabamos acampando de ninguna forma, puesto que no había ni techos levantados, ni sillas, ni ningun otro objeto fuera de las furgonetas. A lo cual el agente nos respondió que la sanción sería exclusivamente por estacionamiento ilegal.

Llegada la multa, nos han denunciado por acampada ilegal, sanción grave, a 40 euros el metro cuadrado.

Sabe alguien de qué manera esta gente entra en razón, y cual es la mejor forma de recurrir esta multa??

Gracias


Hay un hilo reciente que habla sobre la ley de costas. Dominio público marítimo terrestre y zona de servidumbre de protección 
Incluye un enlace al visor del ministerio de agricultura y medio ambiente: http://sig.magrama.es/dpmt/

http://www.furgovw.org/index.php?topic=323675.0

Creo que cada vez nos lo ponen más difícil para recurrir.
Espero que no sea tu caso y el recurso prospere.

Salud
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: jotayeye en Septiembre 10, 2016, 21:09:01 pm
De todas formas con la cantidad de furgocerdos que suele haber por Laga no me extraña... ya sé que al final pagan justos por pecadores, pero.....
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: JAMG en Septiembre 10, 2016, 21:16:43 pm
 Hay un hilo reciente que habla sobre la ley de costas. Dominio público marítimo terrestre y zona de servidumbre de protección 
Incluye un enlace al visor del ministerio de agricultura y medio ambiente: http://sig.magrama.es/dpmt/

http://www.furgovw.org/index.php?topic=323675.0

Creo que cada vez nos lo ponen más difícil para recurrir.
Espero que no sea tu caso y el recurso prospere.

Salud


Muy bueno, sigo el lío.
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: hibai en Septiembre 13, 2016, 19:10:09 pm
Estacionamiento prohibido porque en el parking de abajo solo es posible aparcar de 8:00 a 20:00, en eso me baso, y en lo que me dijo el picolo. Acampada ninguna, ya que no había nada fuera del vehículo, ni techos levantados y eso es lo que pretendo recurrir.
comparto y estoy tb en contra de  lo de los campamentos que algunos se montan en lagar y otras playas, no se si será tu caso, pero no es el mío  :-\
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: jotayeye en Septiembre 13, 2016, 20:09:53 pm
Yo creo que no debes ir por ese camino porque el que estés mal aparcado no excluye que puedas estar acampado.
Vamos, que si es verdad que no se puede estacionar por la noche, estabas cometiendo dos infracciones.
Por otro lado, la GC creo que no pinta nada en tema de tráfico en el pais vasco, así que yo me inclino más porque el colega de verde pasara de enfrentamientos con la gente y se dedicara a tomar datos para luego tranquilamente hacer lo que le saliera de los huevos en el cuartel...
Aquí es donde veo yo el fallo porque si tu estás haciendo un uso indebido del dpmt, el agente tiene la obligacion no solo de multarte sino de decirte que te pires. Como se ve que no hizo nada de eso, yo iría por ese camino...
En el artículo 68 del decreto 1471 de 1989 lo dice...
(https://www.furgovw.org/galeria/fotos/the-selwa/3a8758aa27db70b1d2f825a3e0392de9_big.jpg)
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: jotayeye en Septiembre 13, 2016, 20:14:21 pm
Sigo en este mensaje:
Como ves en el punto cuatro del reglamento lo pone claro. Por lo tanto no puede ser que tu estuvieras cometiendo una infracción si el agente no te dijo que te fueras, eso es porque él no consideró que estuvieras acampado.
De lo que de dijo de mal aparcado... no creo que el vaya a reconocerlo sobre todo porque como dije, si no me equivoco, aquí para tráfico tenemos a la ertzaintza.
Suerte.
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: jotayeye en Septiembre 13, 2016, 20:17:00 pm
Bueno y seguramente, si lees la ley y el reglamento verás más incongruencias.
(Igual tenía que haber editado el primer mensaje en vez de escribir tres )
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: CAMPERVOY en Septiembre 27, 2016, 13:03:22 pm
La trampa,
          está en que en la denuncia pone que estabas acampado. Si recurres y dices que no estabas acampado, como la palabra del agente vale más que la tuya, poco puedes hacer.
          La única alternativa en esos casos es recabar testigos que puedan acreditar que no tenías nada fuera de la furgo.
          La cuestión es que te han denunciado por acampar a sabiendas de que no estabas acampando, lo de siempre...
Un saludo,
Anton
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: hibai en Octubre 09, 2016, 21:14:01 pm
La palabra del agente fue admitir que no estabamos acampados...luego esta claro que ha hecho lo que le ha dado la gana. Igual que nos dijo el muy sinvergüenza que iban a Laga porque les llamaban los del ayuntamiento de Ibarrangelu... se creen que somos tan tontos... en fin.
El recurso ya esta enviado. Creo que mas testigo que las fotos que nos sacaron (en las que no había nada fuera de las furgos) no puede haber.

Supongo que se limpiaran el culo con el recurso,
Ya os contaré.

Gracias
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: CAMPERVOY en Octubre 10, 2016, 15:30:18 pm
Para esos casos,
          vamos a tener que empezar a llevar algún artilugio que grabe vídeo y sonido oculto, para poder defendernos. Para poder defendernos de esos a quienes pagamos un pastizal para eso mismo, precisamente. País...
Anton
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: jotayeye en Octubre 12, 2016, 18:46:48 pm
Cita de: hibai en Octubre 09, 2016, 21:14:01 pm
La palabra del agente fue admitir que no estabamos acampados...luego esta claro que ha hecho lo que le ha dado la gana. Igual que nos dijo el muy sinvergüenza que iban a Laga porque les llamaban los del ayuntamiento de Ibarrangelu... se creen que somos tan tontos... en fin.
El recurso ya esta enviado. Creo que mas testigo que las fotos que nos sacaron (en las que no había nada fuera de las furgos) no puede haber.

Supongo que se limpiaran el culo con el recurso,
Ya os contaré.

Gracias

¿Se puede saber como has hecho elbrecurso?
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: gitacamper en Octubre 12, 2016, 21:10:24 pm
Yo hubiera pagado con descuento en vez de recurrir...

Enviado desde mi VF-795 mediante Tapatalk

Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: eltoni en Octubre 15, 2016, 15:39:34 pm
Y que horario hay para estar aparcado dentro de la zona de servidumbre?
Título: MULTA EN LA PLAYA DE LAGA IBARRANGELU PERNOCTAR
Publicado por: ibonj en Abril 30, 2017, 12:39:44 pm
Hola, os informo sobre la SANCIÓN POR PERNOCTAR EN EL PARQUIN DE LA PLAYA DE LAGA, Ibarangelu, Bizkaia:

El día 9 de agosto de 2015, la guardia civil sanciono, solo  al titular del vehículo (a mi) por acampar en la playa de Laga, cuando nos encontrábamos en el interior de la furgoneta, parte de la familia, (mi hijo el mayor estaba haciendo Surf) a las siete y cinco de la mañana.

La furgoneta esta preparada, es vehículo vivienda,  pero no teníamos el techo elevado, ni nada fuera de la misma, solo habíamos acudido temprano a hacer Surf. Hacia las seis y cuarto de la mañana. (junto con la denuncia la fotografía deja constancia de estos hechos).

La multa , sanción,   nos llego al cabo de un mes al domicilio, imponiéndonos la sanción en base al  art. 33.5  Ley de Costas, estacionamiento y circulación de vehículos, por ACAMPAR -  PERNOCTAR, los agentes de la guardia civil manifiestan que observan en el interior del vehículo una persona durmiendo,  que se encontraba  en el interior del mismo,   y al tratarse de una furgoneta adaptada como vivienda,  se presupone que se esta pernoctando,  así que me comunican verbalmente que me llegará la sanción, pero no se nos hace entrega de la misma.  y dado que el estacionamiento no esta permitido en horas nocturnas,.

Desde entonces he presentado los recursos correspondientes, denegándonos los mismos  y actualmente estoy  recurriendo en el TSJ del País Vasco.

La defensa la baso en:
1.- El estacionamiento en la zona esta permitido.-
2.- No estaba pernoctando
3.- No existe señal de prohibición.

Lo mas sorprendente, es que he pedido  entre otras pruebas e informes,  al Ayuntamiento de Ibarrengelu, para que emita informe  en aras a demostrar que el parquin de Laga es un parquin abierto al publico, y que esta permitido el estacionamiento y la circulación de vehículos,  (todo ello porque no existe señal de prohibición; Hay dos viviendas, y un restaurante "Toki Alai". Y  Los hondartzainas, o personal contratado  en épocas estival, regulan el trafico y aparcamiento).

La respuesta del  Ayuntamiento, en escrito presentado por la Secretaria Interventora,   a las preguntas formuladas por esta defensa,  en relación a la sanción que nos ha sido impuesta por aparcamiento, estacionamiento ilegal  y circulación en el parquin de la playa, por la Guardia civil  que:

1.- El Ayuntamiento  de Ibarrangelu  no tiene competencia  en la zona (sobre el parquin de la Playa), por lo que su normativa urbanística no consta existencia de un parquin en la Playa de Laga.
Si bien es cierto, que anualmente, se solicita a la Demarcación de Costas autorización para el uso de 2.000 m2 como aparcamiento, durante la temporada de playa. Al inicio de la rampa de acceso  existe una barrera de control de galibo que limita el acceso a los vehículos que superen 2,30 m. de altura.

2.- Que es cierto que  Dentro de la Zona de dominio público existe un edificio con dos viviendas y un establecimiento hostelero.
En temporada de playas el acceso al establecimiento hostelero y a las viviendas esta restringido para vehículos autorizados y personas con movilidad reducida. (yo nunca he visto esa señal de prohibido estacionar o limite de horario).
4.- Que no se contratan   hondartzainas en época estival.


Permanezco a la espera de la resolución del procedimiento que os iré comentando.
Un saludo a todos,










Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: manuelcastagnal en Mayo 03, 2017, 01:59:59 am
Cita de: jotayeye en Septiembre 10, 2016, 18:31:27 pm
No es un estacionamiento prohibido. No se en que te basas para de ir eso.
Es acampada. Ley injusta, pero es así.
Mira exactamente porqué te han denunciado, examina la ley de costas, y si crees que puedes recurrir hazlo en base a eso. Pero aparcar en un aparcamiento no está prohibido, acampar en el dominio público marítimo terrestre SÍ.
Yo si que no se de donde sacas eso que afirmas con tanta rotundidad. .confuso2 .confuso2
entonces aparcar en zona maritimo terrestre es acampar???? no conocia yo estas nuevas leyes.... y si aparca una vespino tambien es acampar?????
tu lo que estas es discriminando un vehiculo por criterios de construccion o utilizacion cosa que es ilegal segun la norma de maximo rango (que sea de maximo rango quiere decir que ninguna otra puede contradecir eso) te recomiendo un vistazo a la 08/v-74 punto 3.1 en particular y toda ella en general
Título: Re:MULTA EN LA PLAYA DE LAGA IBARRANGELU PERNOCTAR
Publicado por: manuelcastagnal en Mayo 03, 2017, 02:04:41 am
Cita de: ibonj en Abril 30, 2017, 12:39:44 pm
Hola, os informo sobre la SANCIÓN POR PERNOCTAR EN EL PARQUIN DE LA PLAYA DE LAGA, Ibarangelu, Bizkaia:

El día 9 de agosto de 2015, la guardia civil sanciono, solo  al titular del vehículo (a mi) por acampar en la playa de Laga, cuando nos encontrábamos en el interior de la furgoneta, parte de la familia, (mi hijo el mayor estaba haciendo Surf) a las siete y cinco de la mañana.

La furgoneta esta preparada, es vehículo vivienda,  pero no teníamos el techo elevado, ni nada fuera de la misma, solo habíamos acudido temprano a hacer Surf. Hacia las seis y cuarto de la mañana. (junto con la denuncia la fotografía deja constancia de estos hechos).

La multa , sanción,   nos llego al cabo de un mes al domicilio, imponiéndonos la sanción en base al  art. 33.5  Ley de Costas, estacionamiento y circulación de vehículos, por ACAMPAR -  PERNOCTAR, los agentes de la guardia civil manifiestan que observan en el interior del vehículo una persona durmiendo,  que se encontraba  en el interior del mismo,   y al tratarse de una furgoneta adaptada como vivienda,  se presupone que se esta pernoctando,  así que me comunican verbalmente que me llegará la sanción, pero no se nos hace entrega de la misma.  y dado que el estacionamiento no esta permitido en horas nocturnas,.

Desde entonces he presentado los recursos correspondientes, denegándonos los mismos  y actualmente estoy  recurriendo en el TSJ del País Vasco.

La defensa la baso en:
1.- El estacionamiento en la zona esta permitido.-
2.- No estaba pernoctando
3.- No existe señal de prohibición.

Lo mas sorprendente, es que he pedido  entre otras pruebas e informes,  al Ayuntamiento de Ibarrengelu, para que emita informe  en aras a demostrar que el parquin de Laga es un parquin abierto al publico, y que esta permitido el estacionamiento y la circulación de vehículos,  (todo ello porque no existe señal de prohibición; Hay dos viviendas, y un restaurante "Toki Alai". Y  Los hondartzainas, o personal contratado  en épocas estival, regulan el trafico y aparcamiento).

La respuesta del  Ayuntamiento, en escrito presentado por la Secretaria Interventora,   a las preguntas formuladas por esta defensa,  en relación a la sanción que nos ha sido impuesta por aparcamiento, estacionamiento ilegal  y circulación en el parquin de la playa, por la Guardia civil  que:

1.- El Ayuntamiento  de Ibarrangelu  no tiene competencia  en la zona (sobre el parquin de la Playa), por lo que su normativa urbanística no consta existencia de un parquin en la Playa de Laga.
Si bien es cierto, que anualmente, se solicita a la Demarcación de Costas autorización para el uso de 2.000 m2 como aparcamiento, durante la temporada de playa. Al inicio de la rampa de acceso  existe una barrera de control de galibo que limita el acceso a los vehículos que superen 2,30 m. de altura.

2.- Que es cierto que  Dentro de la Zona de dominio público existe un edificio con dos viviendas y un establecimiento hostelero.
En temporada de playas el acceso al establecimiento hostelero y a las viviendas esta restringido para vehículos autorizados y personas con movilidad reducida. (yo nunca he visto esa señal de prohibido estacionar o limite de horario).
4.- Que no se contratan   hondartzainas en época estival.


Permanezco a la espera de la resolución del procedimiento que os iré comentando.
Un saludo a todos,
me siento orgulloso de que luches por tus derechos, la pernocta solo es aparcar de noche y si no esta prohibido aparcar da igual si dentro del vehiculo duermes, usas el potty, te haces una tortilla o escuchas musica que no moleste, yo usaria la 08/v-74 para defenderte, ninguna norma la puede contradecir pues es de maximo rango y te da la razon a ti, o eso entiendo yo, otra cosa es como se gestionen las multas y el agente que te toque
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: manuelcastagnal en Mayo 03, 2017, 12:03:11 pm
Excepto en parques naturales o línea de costa pero aún así no estabas acampado si no aparcado
Título: Re:MULTA EN LA PLAYA DE LAGA IBARRANGELU PERNOCTAR
Publicado por: Elfossie en Mayo 04, 2017, 15:15:07 pm
Cita de: ibonj en Abril 30, 2017, 12:39:44 pm
Hola, os informo sobre la SANCIÓN POR PERNOCTAR EN EL PARQUIN DE LA PLAYA DE LAGA, Ibarangelu, Bizkaia:

El día 9 de agosto de 2015, la guardia civil sanciono, solo  al titular del vehículo (a mi) por acampar en la playa de Laga, cuando nos encontrábamos en el interior de la furgoneta, parte de la familia, (mi hijo el mayor estaba haciendo Surf) a las siete y cinco de la mañana.

La furgoneta esta preparada, es vehículo vivienda,  pero no teníamos el techo elevado, ni nada fuera de la misma, solo habíamos acudido temprano a hacer Surf. Hacia las seis y cuarto de la mañana. (junto con la denuncia la fotografía deja constancia de estos hechos).

La multa , sanción,   nos llego al cabo de un mes al domicilio, imponiéndonos la sanción en base al  art. 33.5  Ley de Costas, estacionamiento y circulación de vehículos, por ACAMPAR -  PERNOCTAR, los agentes de la guardia civil manifiestan que observan en el interior del vehículo una persona durmiendo,  que se encontraba  en el interior del mismo,   y al tratarse de una furgoneta adaptada como vivienda,  se presupone que se esta pernoctando,  así que me comunican verbalmente que me llegará la sanción, pero no se nos hace entrega de la misma.  y dado que el estacionamiento no esta permitido en horas nocturnas,.

Desde entonces he presentado los recursos correspondientes, denegándonos los mismos  y actualmente estoy  recurriendo en el TSJ del País Vasco.

La defensa la baso en:
1.- El estacionamiento en la zona esta permitido.-
2.- No estaba pernoctando
3.- No existe señal de prohibición.

Lo mas sorprendente, es que he pedido  entre otras pruebas e informes,  al Ayuntamiento de Ibarrengelu, para que emita informe  en aras a demostrar que el parquin de Laga es un parquin abierto al publico, y que esta permitido el estacionamiento y la circulación de vehículos,  (todo ello porque no existe señal de prohibición; Hay dos viviendas, y un restaurante "Toki Alai". Y  Los hondartzainas, o personal contratado  en épocas estival, regulan el trafico y aparcamiento).

La respuesta del  Ayuntamiento, en escrito presentado por la Secretaria Interventora,   a las preguntas formuladas por esta defensa,  en relación a la sanción que nos ha sido impuesta por aparcamiento, estacionamiento ilegal  y circulación en el parquin de la playa, por la Guardia civil  que:

1.- El Ayuntamiento  de Ibarrangelu  no tiene competencia  en la zona (sobre el parquin de la Playa), por lo que su normativa urbanística no consta existencia de un parquin en la Playa de Laga.
Si bien es cierto, que anualmente, se solicita a la Demarcación de Costas autorización para el uso de 2.000 m2 como aparcamiento, durante la temporada de playa. Al inicio de la rampa de acceso  existe una barrera de control de galibo que limita el acceso a los vehículos que superen 2,30 m. de altura.

2.- Que es cierto que  Dentro de la Zona de dominio público existe un edificio con dos viviendas y un establecimiento hostelero.
En temporada de playas el acceso al establecimiento hostelero y a las viviendas esta restringido para vehículos autorizados y personas con movilidad reducida. (yo nunca he visto esa señal de prohibido estacionar o limite de horario).
4.- Que no se contratan   hondartzainas en época estival.


Permanezco a la espera de la resolución del procedimiento que os iré comentando.
Un saludo a todos,


El artículo 33.5 dice:
5.  Quedarán prohibidos el estacionamiento y la circulación no autorizada de vehículos, así como los campamentos y acampadas.

No habla nada de pernocta.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l22-1988.t3.html

Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: CAMPERVOY en Mayo 05, 2017, 13:01:37 pm
Nos vamos aclarando,
            el temita es que, al ser zona marítimo terrestre, y dependiente por tanto de la Adm.Central del Estado, tanto el restaurante como la vivienda y el aparcamiento son, con la ley en la mano, ilegales. Peeeeero claro, hacen la vista gorda y permiten el funcionamiento del aparcamiento, del restaurante y tal (en vez de derribarlos) pero la vista gorda no llega tan lejos como para que permitan a los furgoneteros que usen el mismo para sus fines delictivos, a ver qué va a ser esto... no se me desmanden   8)
           País...
Un saludo,
Anton
             
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: Inuk en Mayo 05, 2017, 13:11:53 pm
Que putada!

Cita de: CAMPERVOY en Octubre 10, 2016, 15:30:18 pm
Para esos casos,
          vamos a tener que empezar a llevar algún artilugio que grabe vídeo y sonido oculto, para poder defendernos. Para poder defendernos de esos a quienes pagamos un pastizal para eso mismo, precisamente. País...
Anton


Cuidado con grabar, fotografiar,... a la policia.

Con la "ley Mordaza"...

http://www.lavanguardia.com/local/valencia/20150814/54434858655/multa-800-euros-fotografiar-coche-de-policia-mal-aparcado.html
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: VwARELA en Mayo 05, 2017, 14:23:27 pm
Cita de: Inuk en Mayo 05, 2017, 13:11:53 pm
Que putada!

Cuidado con grabar, fotografiar,... a la policia.

Con la "ley Mordaza"...

http://www.lavanguardia.com/local/valencia/20150814/54434858655/multa-800-euros-fotografiar-coche-de-policia-mal-aparcado.html

Según la ley lo prohibido y sancionable es el uso de las imágenes, cuando al usarlas se ponga en peligro la seguridad del agente o en riesgo una operación....
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: VwARELA en Mayo 05, 2017, 14:24:44 pm
Cita de: CAMPERVOY en Octubre 10, 2016, 15:30:18 pm
Para esos casos,
          vamos a tener que empezar a llevar algún artilugio que grabe vídeo y sonido oculto, para poder defendernos. Para poder defendernos de esos a quienes pagamos un pastizal para eso mismo, precisamente. País...
Anton

+1
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: Inuk en Mayo 05, 2017, 17:30:29 pm
Cita de: VwARELA en Mayo 05, 2017, 14:23:27 pm
Según la ley lo prohibido y sancionable es el uso de las imágenes, cuando al usarlas se ponga en peligro la seguridad del agente o en riesgo una operación....

Pues será a criterio de la autoridad...

Si por fotografiar un coche no "camuflado" mal aparcado vacio sin policias dentro consideran que led  ponen en "peligro"...  grabar los agentes cuando estan actuando puede ser mucho más "peligroso".

No sé, mi no entender... .loco2
Título: Re:MULTA EN LA PLAYA DE LAGA IBARRANGELU PERNOCTAR
Publicado por: eltoni en Septiembre 08, 2017, 02:35:44 am
Cita de: Elfossie en Mayo 04, 2017, 15:15:07 pm
El artículo 33.5 dice:
5.  Quedarán prohibidos el estacionamiento y la circulación no autorizada de vehículos, así como los campamentos y acampadas.

No habla nada de pernocta.

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l22-1988.t3.html


Es que que yo sepa la pernocta realmente no existe, o estas aparcado o estas acampado y punto pelota.
Lo que hagas estando aparcado no le interesa a nadie ni a la misma ley.

Por tanto yo no usaría nunca el termino pernocta, o aparcado o acampado...
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: manuelcastagnal en Septiembre 08, 2017, 10:20:21 am
la pernocta es aparcar entre la puesta y la salida del sol, en muchos sitios hay discriminacion horaria para el aparcamiento y esto si es legal, pero aqui como lo que quieren es multar a camper/acs pues se sacan de la manga que estaba acampado, cuando estaba aparcado, y si no hay ningun cartel que prohiba aparcar de noche no es ilegal, y mas si estas en un aparcamiento rodeado de casas, no se si te fijaste en la linea de costa, son unos pibotes como cubos de arena pero de cemento que tienen una placa encima, si uniendolos con una linea imaginaria quedas por el lado del mar estas ilegal, si quedas por el  otro legal (a veces la placa essta en el suelo o en una roca), pero si estas en un aparcamiento regulado y puesto por el ayuntamiento (aunque sea en periodo estival) tu estas bien aparcado, a quien tendria que multar costas es al ayuntamiento por poner el aparcamiento, pero non a los que aparquen
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: eltoni en Septiembre 08, 2017, 10:58:06 am
Cita de: manuelcastagnal en Septiembre 08, 2017, 10:20:21 am
la pernocta es aparcar entre la puesta y la salida del sol, en muchos sitios hay discriminacion horaria para el aparcamiento y esto si es legal, pero aqui como lo que quieren es multar a camper/acs pues se sacan de la manga que estaba acampado, cuando estaba aparcado, y si no hay ningun cartel que prohiba aparcar de noche no es ilegal, y mas si estas en un aparcamiento rodeado de casas, no se si te fijaste en la linea de costa, son unos pibotes como cubos de arena pero de cemento que tienen una placa encima, si uniendolos con una linea imaginaria quedas por el lado del mar estas ilegal, si quedas por el  otro legal (a veces la placa essta en el suelo o en una roca), pero si estas en un aparcamiento regulado y puesto por el ayuntamiento (aunque sea en periodo estival) tu estas bien aparcado, a quien tendria que multar costas es al ayuntamiento por poner el aparcamiento, pero non a los que aparquen


Vale, según entiendo la pernocta es como dices, no tiene nada que ver con lo que pase dentro del vehículo, es decir todos los coches aparcados en la calle en madrid de noche están pernoctando, no?

un saludo
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: origuli en Septiembre 08, 2017, 12:39:01 pm
Tambien es interesante.GRAVAR toda.la conversaciom con los agentes con el mòbil...

Y mandarlo a la.comisaria en cuestion...
Al jefe mismo...
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: manuelcastagnal en Septiembre 10, 2017, 01:58:17 am
Cita de: eltoni en Septiembre 08, 2017, 10:58:06 am
Vale, según entiendo la pernocta es como dices, no tiene nada que ver con lo que pase dentro del vehículo, es decir todos los coches aparcados en la calle en madrid de noche están pernoctando, no?

un saludo
si, la normativa asi lo entiende, lo que tu hagas dentro del vehiculo es cosa tuya y esta prohibido discriminar por el uso o contruccion del vehiculo (que duermas en el o que este construido para poder dormir en el), recomiendo leer, descargar, imprimir y portar la 08/v-74 (para poder argumentar a los agentes de la ley que tu creias que no pasaba nada porque cumplias la normativa, sin poneros chulos porque ellos tienen el recetario y la presuncion de veracidad) cuando un ayuntamiento nos prohibe pernoctar o aparcar y otros vehiculos pueden es ilegal, y cuando ponen limitaciones tienen que ser coherentes (en bilbao, creo que era, prohibian aparcar a vehiculos de mas de 1500kgs excepto turismos, esto es una ilegalidad (la señal) intentando parecer legal)
Si quieren sancionar por ruidos o vertidos ya hay unas herramientas legales para sancionarnos CUANDO lo hagamos, no que presupongan que lo vamos a hacer porque nuestro vehiculo tiene una cama (este es otro argumento discriminativo ilegal) en este caso vendra la policia y nos sancionara por vertidos o ruidos o actividades que trasciendan al exterior o desborden el perimetro del vehiculo pero eso es otro tema
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: crapochi en Septiembre 10, 2017, 09:21:45 am
Cita de: manuelcastagnal en Septiembre 10, 2017, 01:58:17 am
si, la normativa asi lo entiende, lo que tu hagas dentro del vehiculo es cosa tuya y esta prohibido discriminar por el uso o contruccion del vehiculo (que duermas en el o que este construido para poder dormir en el), recomiendo leer, descargar, imprimir y portar la 08/v-74 (para poder argumentar a los agentes de la ley que tu creias que no pasaba nada porque cumplias la normativa, sin poneros chulos porque ellos tienen el recetario y la presuncion de veracidad) cuando un ayuntamiento nos prohibe pernoctar o aparcar y otros vehiculos pueden es ilegal, y cuando ponen limitaciones tienen que ser coherentes (en bilbao, creo que era, prohibian aparcar a vehiculos de mas de 1500kgs excepto turismos, esto es una ilegalidad (la señal) intentando parecer legal)
Si quieren sancionar por ruidos o vertidos ya hay unas herramientas legales para sancionarnos CUANDO lo hagamos, no que presupongan que lo vamos a hacer porque nuestro vehiculo tiene una cama (este es otro argumento discriminativo ilegal) en este caso vendra la policia y nos sancionara por vertidos o ruidos o actividades que trasciendan al exterior o desborden el perimetro del vehiculo pero eso es otro tema

Dar argumentos sin contrastar los datos es llenar de mentiras esto, que como queda escrito alguien puede venir y creer que es verdad "porque lo ha leido en un foro de furgonetas".
Manda una foto de esas señales que "crees" que hay en Bilbao, anda...
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: crapochi en Septiembre 10, 2017, 09:27:29 am
Cita de: manuelcastagnal en Septiembre 08, 2017, 10:20:21 am
la pernocta es aparcar entre la puesta y la salida del sol, en muchos sitios hay discriminacion horaria para el aparcamiento y esto si es legal, pero aqui como lo que quieren es multar a camper/acs pues se sacan de la manga que estaba acampado, cuando estaba aparcado, y si no hay ningun cartel que prohiba aparcar de noche no es ilegal, y mas si estas en un aparcamiento rodeado de casas, no se si te fijaste en la linea de costa, son unos pibotes como cubos de arena pero de cemento que tienen una placa encima, si uniendolos con una linea imaginaria quedas por el lado del mar estas ilegal, si quedas por el  otro legal (a veces la placa essta en el suelo o en una roca), pero si estas en un aparcamiento regulado y puesto por el ayuntamiento (aunque sea en periodo estival) tu estas bien aparcado, a quien tendria que multar costas es al ayuntamiento por poner el aparcamiento, pero non a los que aparquen

Primero, ¿Tú conoces el sitio?
Deja de confundir a la gente. Si estás en ese sitio durmiendo por la noche estás acampado, y punto.
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: manuelcastagnal en Septiembre 10, 2017, 10:44:24 am
a ver yo puedo entender que no conozcas como va el tema, pero lo que no entiendo es que defiendas tu ignorancia sin argumentos, eres tu el que lia al chaval, leete la 08-v/74 que son solo unas paginas y descubriras un nuevo mundo de conceptos y situaciones legales,
antes de soltar cosas con tanta ..... no se muy bien como definir la impresion que me has causado... es muy recomendable leer
si tu no sabes como estan las leyes por favor no confundas al resto por tu opinion prejuiciosa
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: manuelcastagnal en Septiembre 10, 2017, 10:49:39 am
Para ayudarte en tu aprendizaje te acerco el punto 3, esta instruccion es de obligado cumplimiento y las autoridades municipales o autonomicas no podran legislar en contrario (tambien lo dice pero al principio, si no te lo crees solo tienes que leertela)
3.- PARADA Y ESTACIONAMIENTO
Bajo el título "Parada y estacionamiento", el Reglamento General de Circulación
regula en su capítulo VIII (artículos 90 a 94), las normas aplicables a estas
maniobras, relativas a lugares en que deben efectuarse, modo y forma de
ejecución, colocación del vehículo, ordenanzas municipales y lugares prohibidos,
que deberán ser observadas por todos los vehículos con carácter general.
3.1 - Vías Urbanas
En relación con los lugares en que deben efectuarse la parada y el estacionamiento
en vías urbanas, al artículo 90.2 del Reglamento General de Circulación indica en
su párrafo segundo que deberá observarse al efecto lo dispuesto en las ordenanzas
que dicten las autoridades municipales, en relación con las cuales el artículos 93
dice lo siguiente:
"1. El régimen de parada y estacionamiento en vías urbanas se regulará por
ordenanza municipal, y podrán adoptarse las medidas necesarias para evitar el
entorpecimiento del tráfico, entre ellas, limitaciones horarias de duración del
estacionamiento, así como las medidas correctoras precisas, incluida la retirada del
vehículo o su inmovilización cuando no se halle provisto del título que habilite el
estacionamiento en zonas limitadas en tiempo, o excedan de la autorización
concedida hasta que se logre la identificación del conductor.
2. En ningún caso podrán las ordenanzas municipales oponerse, alterar, desvirtuar,
o inducir a confusión con los preceptos de este reglamento."
Una de las quejas que con mayor frecuencia se formulan ante esta Dirección
General de Tráfico por los usuarios de autocaravanas es la prohibición de
estacionamiento aplicable a estos vehículos en parte o en la totalidad de las vías
urbanas que algunos ayuntamientos incorporan a sus ordenanzas.
Estas regulaciones se realizan al amparo del artículo 7 del texto articulado de la Ley
sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por
Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, que atribuye a los municipios, en
el ámbito de esa Ley, una serie de competencias, y entre ellas:
"b) La regulación mediante Ordenanza Municipal de Circulación, de los usos de las
vías urbanas, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos
entre todos los usuarios, con la necesaria fluidez del tráfico rodado, así como el
establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la
rotación de los aparcamientos, ..."
Por ello, a juicio de esta Dirección General de Tráfico es indiscutible que la
exclusión de determinados usuarios debe ser necesariamente motivada y
fundamentada en razones objetivas como pueden ser las dimensiones exteriores de
un vehículos o su masa máxima autorizada, pero no por su criterio de construcción
o utilización ni por razones subjetivas como pueden ser los posibles
comportamientos incívicos de algunos usuarios tales como ruidos nocturnos, vertido
de basura o de aguas usadas a la vía pública, monopolización del espacio público
mediante la colocación de estructuras y enseres u otras situaciones de abuso
contra las cuales las autoridades locales disponen de herramientas legales eficaces
que deben ser utilizadas de forma no discriminatoria contra todos los infractores, ya
sean usuarios de autocaravanas o de cualquier otro tipo de vehículo.
Las autocaravanas pueden, por tanto, efectuar las maniobras de parada y
estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que
cualquier otro vehículo.
Respecto al modo y forma de ejecución de la parada y el estacionamiento, el
artículo 91 del Reglamento General de Circulación establece que estas maniobras
"deberán efectuarse de tal manera que el vehículo no obstaculice la circulación ni
constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la vía, cuidando especialmente
la colocación del vehículo y evitar que pueda ponerse en movimiento en ausencia
del conductor."
En cuanto a la colocación del vehículo el artículo 92 del citado Reglamento General
de Circulación establece lo siguiente:
"1.La parada y el estacionamiento se realizarán situando el vehículo paralelamente
al borde de la calzada. Por excepción, se permitirá otra colocación cuando las
características de la vía u otras circunstancias así lo aconsejen.
2. Todo conductor que pare o estacione su vehículo deberá hacerlo de forma que
permita la mejor utilización del restante espacio disponible.
3. Cuando se trate de un vehículo a motor o ciclomotor y el conductor tenga que
dejar su puesto, deberá observar, además, en cuanto le fuesen de aplicación, las
siguientes reglas:
a) Parar el motor y desconectar el sistema de arranque y, si se alejara del vehículo,
adoptar las precauciones necesarias para impedir su uso sin autorización.
b) Dejar accionado el freno de estacionamiento.
c) En un vehículo provisto de caja de cambios, dejar colocada la primera velocidad,
en pendiente ascendente, y la marcha hacia atrás, en descendente, o, en su caso,
la posición de estacionamiento.
d) Cuando se trate de un vehículo de más de 3.500 kilogramos de masa máxima
autorizada, de un autobús o de un conjunto de vehículos y la parada o el
estacionamiento se realice en un lugar con una sensible pendiente, su conductor
deberá, además, dejarlo debidamente calzado, bien sea por medio de la colocación
de calzos, sin que puedan emplear a tales fines elementos como piedras u otros no
destinados de modo expreso a dicha función, bien por apoyo de una de las ruedas
directrices en el bordillo de la acera, inclinando aquéllas hacia el centro de la
calzada en las pendientes ascendentes, y hacia fuera en las pendientes
descendentes. Los calzos, una vez utilizados, deberán ser retirados de las vías al
reanudar la marcha."
No establece el Reglamento General de Circulación otras condiciones que deban
cumplirse al efectuar la parada o el estacionamiento de un vehículo, por lo que esta
Dirección General de Tráfico considera que mientras un vehículo cualquiera está
correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la
zona de estacionamiento, ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no es
relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo y la
autocaravana no es una excepción, bastando con que la actividad que pueda
desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de
elementos que desborden el perímetro del vehículo tales como tenderetes, toldos,
dispositivos de nivelación, soportes de estabilización, etc.
3.2 Vías Interurbanas
El artículo 90.1 del Reglamento General de Circulación define los lugares en los
que deben efectuarse las paradas y los estacionamientos en vías interurbanas
señalando que deberá hacerse fuera de la calzada, en el lado derecho de ésta,
dejando libre la parte transitable del arcén.
También con carácter general en autopistas y en autovías están prohibidas las
maniobras de parada y estacionamiento para todos los vehículos, salvo en zonas
especialmente habilitadas para ello.
Son de aplicación a la parada y el estacionamiento en vías interurbanas las normas
relativas al modo y forma de ejecución contenidos en el artículo 91 del Reglamento
General de Circulación recogido en el punto anterior, así como las consideraciones
hechas en relación con el estacionamiento en vías urbanas acerca de la presencia
de personas en el interior del vehículo correctamente estacionado, ello sin perjuicio
de la posibilidad de estacionar en áreas de estaciones de servicio o en terrenos
privados con cuyos titulares puedan acordarse otras condiciones.
Otros conceptos de alguna manera asociados al estacionamiento de autocaravanas
como el de acampada y pernocta no tienen acogida en la normativa sobre,
circulación de vehículos a motor y seguridad vial, por lo que este organismo no
puede pronunciarse sobre su definición ni sobre sus implicaciones.
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: manuelcastagnal en Septiembre 10, 2017, 10:54:17 am
y aqui tienes una de las señales de excepto turismos, esta no es la de santander o bilbao pero es la que aparece primero al buscar en google (herramienta que puede ser muy util para comprobar antes de hablar) lo que comento, las que han generado mas polemica son esas dos ciudades, espero haberte sido util http://barcelonaencamper.blogspot.com.es/2014/07/senales-de-prohibicion-en-villa.html
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: manuelcastagnal en Septiembre 10, 2017, 11:01:06 am
y para seguir hablando de cosas que no pueden ser pero que las administraciones hacen pongo este ejemplo de la señal de prohibido autocaravanas que es ilegal porque contradice a la 08/v-74 al discriminar por criterios de construccion y utilizacion (las autocaravanas tienen el mismo derecho que el resto de vehiculos y si tu estas aparcado lo que hagas dentro del interior del vehiculo es cosa tuya, excepto si desbordas perimetro, haces mucho ruido, viertes liquidos o arrojas basura pero esto ya lo regulan otras leyes y hay otros mecanismos para corregirlo y deben de ser siempre cuando hayan cometido la infraccion, no cuando se imaginen que la van a cometer) bueno pues la señal es ilegal ademas de por esto es ilegal porque no esta recogida en el codigo de circulacion porlo que al no haber un acuerdo sobre ella no se puede interpretar de una sola manera (aunque esto es mas complejo de explicar)
yo no le digo a la gente cosas al tumtum, le digo donde vienen y las explico, pero la normativa esta al alcance de todos
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: crapochi en Septiembre 10, 2017, 11:13:05 am
Me parece muy bien que intentes ayudar pero te confundes desde la base. Y es que quien multa en Laga no es tráfico, así que por muy aparcado que estés, por muy que no desbordes el perímetro, por muy que no tires líquidos, o por muy que no pongas calzos estabilizadores, te vas a llevar la multa.
De hecho, la multa no la pone (solo) la ertzaintza, la ponen (también) los picoletos, que, por si no lo sabes, aquí no llevan ellos lo de tráfico.
De todas formas, esto ya está explicado en el hilo, creo que lo explicó un forero que se llamaba jotayeye o algo así. Por eso digo que estás liando al personal.
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: manuelcastagnal en Septiembre 10, 2017, 11:27:30 am
ahi es donde se podria discutir, y podria llegarse en caso de juicio a diferentes sentencias, ya que si tu estas en un aparcamiento que el ayuntamiento ha habilitado para aparcar yo entiendo que estas bien aparcado, mas si hay construcciones, aunque es posible que algun juez no lo vea asi y otro si, pero aqui el responsable seria el ayuntamiento que pone ahi el aparcamiento
respecto a la linea imaginaria de costas la jurisprudencia que conozco fallo a favor del autocaravanista porque la guardia civil lo sancionaba por estar en la franja maritima (no por acampar porque si estas dentro de tu vehiculo no acampas, sino que aparcas), pero el demostro que estaba "por encima" de la linea imaginaria y gano el juicio
yo creo que aqui nadie lia al personal, las leyes de aparcamiento no valen en la zona de costa y parques naturales, esto pense que estaba claro, pero si hay un aparcamiento y casas no tiene sentido que prohiban aparcar y permitan que se usen las casas¿porque no derriban las casas?¿como llevan la comida a las casas? en coche supongo y a esos coches no les multan? y al resto de usuarios del aparcamiento no les multan?
lo que espero que quede claro es que dormir en tu autocaravana no es acampar, y lo de este caso en particular que leyes habria que usar es hilar muy fino, repito que para mi si estas en un aparcamiento puesto por el ayuntamiento en el que no hay ningun cartel de discriminacion horaria y con construcciones que no son derribadas para mi (no se lo que diran todos los jueces) estas bien aparcado
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: manuelcastagnal en Septiembre 10, 2017, 11:28:51 am
si la multa pone que estan acampados y no lo estaban (pues estaban aparcados) ¿no se puede recurrir por defecto de forma? yo creo que si, es como cuando ponen mal el dia u otros datos
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: manuelcastagnal en Septiembre 10, 2017, 11:33:14 am
si estuviese aparcado en un entorno natural dentro de la franja de costa nada se podria alegar, excepto que hubiese defectos de forma como que digan que estaba acampado, o pusiese el agente algun dato erroneo, y si, los defectos de forma valen para ganar este tipo de cosas y yo los veo como algo honesto recurrir por ahi pues la administracion es la que mas tiene que guardar las formas y procedimientos y conseguir esto me parece mas importante que que cobren una multa
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: Meyerr en Septiembre 10, 2017, 12:21:47 pm
Cita de: jotayeye en Septiembre 10, 2016, 18:31:27 pm
No es un estacionamiento prohibido. No se en que te basas para de ir eso.
Es acampada. Ley injusta, pero es así.
Mira exactamente porqué te han denunciado, examina la ley de costas, y si crees que puedes recurrir hazlo en base a eso. Pero aparcar en un aparcamiento no está prohibido, acampar en el dominio público marítimo terrestre SÍ.


¿Por qué?
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: manuelcastagnal en Septiembre 10, 2017, 15:53:05 pm
Cita de: Meyerr en Septiembre 10, 2017, 12:21:47 pm
¿Por qué?

si, yo tambien querria saber en que se basa para decir que estaba acampado y no aparcado. Buscamos las definiciones de aparcar y acampar y a mi me parece que estaba aparcado, igual faltan datos o hay una parte que se me paso...... .confuso2 .confuso2
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: eltoni en Septiembre 10, 2017, 16:10:42 pm
Cita de: crapochi en Septiembre 10, 2017, 09:27:29 am
Primero, ¿Tú conoces el sitio?
Deja de confundir a la gente. Si estás en ese sitio durmiendo por la noche estás acampado, y punto.


si es zona de playa da igual lo que hagas en el vehiculo a partir de x hora todo dios fuera o multa, no?
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: manuelcastagnal en Septiembre 10, 2017, 16:29:29 pm
y si estas en tu vehiculo y no estas durmiendo y es de noche? y si solo estas con los ojos cerrados? y si solo tienes uno cerrado? y si tu vehiculo es un seat panda? y si es un camion? .meparto .meparto
si mi vehiculo esta aparcado esta aparcado, independientemente de lo que hagas dentro del vehiculo, si haces cosas que trasciendan al exterior (ruidos por encima de la normativa, basuras o liquidos) te multaran porque esta prohibido, pero esta prohibido para todos, motoristas, ciclistas y peatones tampoco pueden armar escandalo ni tirar cosas, y si a ellos no se les impide estar alli mientras no cometan la infraccion ¿porque quieren sancionar o expulsar de ahi a campers y autocaravanas? porque presuponen que como nuestro vehiculo tiene cama somos mas cerdos, opinion cada uno la suya, pero la ley dice que esa discriminacion basandose en suposiciones es ilegal
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: Dvilrg en Septiembre 10, 2017, 16:41:31 pm
Arreglado!
Se puede cerrar .meparto
Título: Re:Multa en playa de Laga (Bizkaia) como recurrir?
Publicado por: mahyex en Septiembre 11, 2017, 22:26:41 pm
Bueno. ¿Recurres la multa ?  ¿O no?