Sobre el impuesto de transmisiones al comprar furgo

Iniciado por kangrena, Enero 31, 2014, 09:51:11 am

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kangrena

Febrero 22, 2014, 12:11:04 pm #15 Ultima modificación: Febrero 22, 2014, 12:13:19 pm por kangrena
Vuelvo a la carga con unas dudillas...

Para comprar de segunda mano en la comunidad valenciana, está esta web para calcular el itp: http://portales.gva.es/c_economia/web/hacienda/index2_coches_c.htm

Como podéis comprobar las californias antiguas no aparecen en la lista, por lo que como se ha dicho por aquí es el valor que pongas. Al hacerlo para una de más de 12 años, lo que sale a pagar es el 4% del valor (pinchando una vez elegida la fecha de transmisión la opción "otras marcas").
Vamos que si pongo 2000€ pues se pagará 80€, lo que no está nada mal.

Mi duda es, como el contrato que se entrega tiene esos 2.000€ o lo que sea...¿qué ocurre si por ejemplo, por vicios ocultos y demás tengo que acabar reclamando al vendedor? Está claro que será sobre ese valor irrisorio no???
Vamos, que es un arma de doble filo. ¿cómo lo veis? ¿qué haríais?

Otra cuestión importante...¿este valor lo tienen en cuenta los seguros en caso de un porrazo?? Vamos, que viene un camión y me revienta la furgo estando aparcada...qué me da el seguro??? 2.000€??

perroflautero

En lo del seguro es complicado, depende de la poliza y la compañia, normalmente indemnizan sobre el valor venal sea para bien o para mal, vamos que si compras una chatarra e inviertes miles de euros o lo haces constar en poliza (previa negociacion con el seguro) o no veras ni un duro de las mejoras, y al contrario, si compras una mierda pero tiene un valor venal superior pues sales ganando, el valor de compra no es el valor venal del vehiculo.
De lo otro no estoy muy seguro, creo que las operaciones de compraventa entre particulares esta cubierta unos mese contra vicios ocultos que el vendedor tendria que reparar independientemente del valor de compra, incluso si en el contrato de compraventa figura alguna clausula en contra, creo que seria considerada una clausula abusiva y por tanto nula, pero mejor seria que te informase un gestor habituado a la compraventa de vehiculos porque estara al dia de la legislacion que se aplica.

manuelcastagnal

puedes hacer dos contratos con los dos precios uno para asegurarte en un posible contratiempo y otro para llevar el contrato a hacienda (si quiere el vendedor claro)
, tu podrias pedir el valor de mercado de un vehiculo con esas caracteristicas, a un amigo le jodieron la t3 no se la querian pagar segun lo que valia y se compro otra de un valor similar, con factura legal y sin chanchullos de precios, y luego en el juicio se lo tuvieron que abonar.....
e= m*c^2
furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

kangrena

Os  cuento lo que me ha costado al final el tema en la comunidad valenciana:

Como el vehículo pasaba de los 12 años de antigüedad (por días...jeje) el precio es fijo:
Si más de 2.000cm3: Paga 140€
Si menos de 2.000cm3: Paga menos..no me acuerdo lo que me digo el gestor.

Luego las tasas de tráfico que son fijas más lo que cobre la gestoría. A mí me salió todo 299€, como no tenía mucho tiempo y estaba fuera de casa lo preferí así.
Claro, como el precio es fijo, da igual lo que se haya firmado en el contrato privado. Nosotros el contrato privado lo tenemos con el precio real de la venta, así que al menos he pagado legalmente.

manuelcastagnal

nunca habia visto ese sistema, pero de todo hay en españistan
e= m*c^2
furgonetear sin parar es mi ideal, siempre quiero mas,

MB-100D

Marzo 10, 2014, 02:43:12 am #20 Ultima modificación: Marzo 14, 2014, 20:45:48 pm por MB-100D
Mi experiencia en Andalucia:
1- En tu oficina local del Registro de la Propiedad; si les dices modelo de coche o furgo y año de primera matriculacion; te dicen el valor minimo de tasacion que tienen establecido para dicho vehiculo.
2- Tributaras el 4% si la Potencia Fiscal del vehiculo es inferior a 15 (C.V.F) y  el 8% si se supera ese valor de Potencia.
3- Tributas por la cantidad que aparesca reflejada en el contrato de compra-venta, sin importar si alcanza o no el valor de tasacion reconocido en el momento de celebrarse la venta.
4- Si al Tributar pagas por un valor inferior al de Tasacion; solo debe ocurrir que si Hacienda revisa tus documentos; en la siguiente Declaracion de la Renta, te manden una compensatoria para que pagues la difencia que resulta de restar al valor de tasacion oficial,el valor de lo que pagaste por la cantidad reconocida en el contrato de compra-venta.
5- En la DGT la tasa es de 52 €.



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osorbe

Hola yo me encuentro en algo parecido, estoy a punto de comprar una Gig Nugget del 2009, pero no la encuentro en ninguna tabla o es que no se buscarla. Tiene menos de 10 años asi que creo que deberia aparecer. Alguien sabe donde puedo encontrarla????? Soy de Alacant y en unos dias voy a ver a la
BICHA  .baba .baba.
Agradeceria que alguien me orientase, ya que si me gusta es cuestion de dias que me la compreeeeeeeee .palmas .palmas .palmas.
Bueno voy a pasear que con el fresquito que hace seguro que me centro ya que el entusiasmo a la hora de comprar no es muy bueno.
Gracias

Patxi VW

Noviembre 14, 2019, 15:13:45 pm #22 Ultima modificación: Noviembre 14, 2019, 18:38:36 pm por Patxi VW
Articulo: https://www.blogcochesegundamano.com/calcular-impuesto-de-transmisiones-coche-segunda-mano/

Segun este artículo, el % del ITP se calcula bien sobre el valor fiscal del vehículo (Tablas oficiales de BOE segun Hacienda) o bien sobre el precio de venta que aparezca en el Contrato de Compra-Venta. Sobre el mayor de los dos.