Contestacion Costas interpretacion término "instalacion"

Iniciado por Principiante, Octubre 25, 2010, 22:30:58 pm

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Principiante

respuesta de la Direccion General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar, a la consulta de que debe entenderse por "instalación" en el art 68.3 del RD 1471/89

Principiante

acabo de ver que la sección de papeleo también permite subir archivos, quizás esté mejor ubicado alli el tema.


TRUMAM

Octubre 25, 2010, 22:58:12 pm #2 Ultima modificación: Octubre 25, 2010, 23:01:46 pm por TRUMAM
Muchas gracias Principiante, te lo pongo con chicheta y lo pongo en el índice de legislación.

AAAIA

38 frkpt

TRUMAM

En el primer mensaje, al final, tienes los dos enlaces, la solicitud y la contestación. No pinches sobre el título que eso no funciona

El_Navarro_Errante

Yo sigo teniendo la misma puñetera duda de siempre.
¿Que diferencia hay entre dormir en una furgo y dormir en un 600?
Lo importante es llegar. Cuando sea, pero llegar.

Seguridad en toldo Fianma
http://www.furgovw.org/index.php?topic=241433.msg2601344#msg2601344

Ronch

Cita de: SnipesPJ en Junio 14, 2012, 10:18:57 am
Yo sigo teniendo la misma puñetera duda de siempre.
¿Que diferencia hay entre dormir en una furgo y dormir en un 600?


Yo creo que la diferencia esta en el tipo de homologacion ¿no?

Si es un turismo o un vehiculo mixto no habra problema, o habra menos problema.

arsenio

Hemos ganado últimamente un recurso al solicitar una prueba testimonial de los agentes denunciantes sobre la formación específica e instrucciones documentadas para interpretar la diferencia entre la "instalacón" de una autocaravana y el estacionamiento. Al mismo tiempo que solicitamos una prueba pericial de la Dirección General de Tráfico sobre el concepto del estacionamiento y el criterio sobre la presencia de los pasajeros en el interior de una autocaravana estacionada.

La argumentación de la defensa es que para que la autocaravana (vehículo) sea considerado como un medio de acampada debe ir más allá del estacionamiento a la instalación. Que explique Costas cómo se puede considerar el uso de un vehículo estacionado como medio de acampada cuando la presencia en el interior no modifica la situación legal del vehículo.

valdepeñas

Cita de: arsenio en Mayo 21, 2013, 11:39:47 am
Hemos ganado últimamente un recurso al solicitar una prueba testimonial de los agentes denunciantes sobre la formación específica e instrucciones documentadas para interpretar la diferencia entre la "instalacón" de una autocaravana y el estacionamiento. Al mismo tiempo que solicitamos una prueba pericial de la Dirección General de Tráfico sobre el concepto del estacionamiento y el criterio sobre la presencia de los pasajeros en el interior de una autocaravana estacionada.

La argumentación de la defensa es que para que la autocaravana (vehículo) sea considerado como un medio de acampada debe ir más allá del estacionamiento a la instalación. Que explique Costas cómo se puede considerar el uso de un vehículo estacionado como medio de acampada cuando la presencia en el interior no modifica la situación legal del vehículo.


Arsenio...  Eres un crack

DISCOVAN

Intereseantisimo.... y me apunto tu alegación para el recurso arsenio... cojonudo Nunca he tenido problemas en costa, pero mas vale estar prevenido.
Cita de: arsenio en Mayo 21, 2013, 11:39:47 am
Hemos ganado últimamente un recurso al solicitar una prueba testimonial de los agentes denunciantes sobre la formación específica e instrucciones documentadas para interpretar la diferencia entre la "instalacón" de una autocaravana y el estacionamiento. Al mismo tiempo que solicitamos una prueba pericial de la Dirección General de Tráfico sobre el concepto del estacionamiento y el criterio sobre la presencia de los pasajeros en el interior de una autocaravana estacionada.

La argumentación de la defensa es que para que la autocaravana (vehículo) sea considerado como un medio de acampada debe ir más allá del estacionamiento a la instalación. Que explique Costas cómo se puede considerar el uso de un vehículo estacionado como medio de acampada cuando la presencia en el interior no modifica la situación legal del vehículo.


Ahí le has dao.... .palmas .palmas
]

Elfossie

La resurrección de los mamuts conducirá, afortunadamente, a la revolución iconoclasta.
Gran porra Denunciados Cabo de Gata 2016 a pesar de las advertencias:
Elfossie +10 y subo otros +10
GLazcano +15

Tetr3s

interesante el asunto, el caso es que el dominio publico maritimo terrestre abarca pocos metros desde la linea de costa. Con retirarse esa distancia ya no entrarias...y por otro lado mientras estes sobre asfalto no debiera haber problema, porque ya es un parking y costas nada tiene que decir allí.

En resumen, aparcar sobre asfalto y si viene alguien decirle que estabas indispuesto...en fin...


Utopian

Hola,

Ya sé q hace tiempo q nadie escribe por aquí pero en fin... buscando info encontré este texto q me parece terrorífico (la respuesta del nota de costas) ya q más o menos viene q decir q si permaneces un tiempo (indefinido y totalmente arbitrario, por lo q parece) estás acampado.. Y coincido plenamente con el colega Arsenio q dice q a ver cómo explica costas ómo se puede considerar el uso de un vehículo estacionado como medio de acampada cuando la presencia en el interior no modifica la situación legal del vehículo...

Por otro lado, por ejemplo, hay un parking de tierra a unos 80/100m de una playa donde a veces dormimos... Hasta dónde llega costas? Y desde luego, hay q considerar q hay parkings de tierra también... no sólo asfaltados. En fin. Muchas contradicciones, todo muy vago.

PORQUÉ COÑ NO PODRÁN HACER UNA LEY Q ACLARE BIEN TODO Y NOS DEJAN YA D TOCAR LOS... porqué qué mierda le importa a nadie q estemos dentro de nuestros vehículos?? GGRRR me ponen de los nervios las injusticias.

Saludos,

U.
La libertad de hoy es el resultado de la lucha de nuestras madres, padres y/o abuel@s.. ¡No nos quedemos sentad@s viendo cómo nos la quitan!

Asturman

Creo que esta contestación no tiene ninguna validez legal. Las únicas personas con potestad para interpretar las leyes son los/as jueces.

guspei

si, la verdad que es muy duro sentir esta impotencia de no saber si te van a multar o no.