Duda legal sobre el portabicis fiamma

Iniciado por eskorbuto, Septiembre 02, 2016, 01:38:48 am

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eskorbuto

Buenas noches,
Tengo una T3 y llevo un portabicis fiamma detras con su placa V20 bien colocadita y las luces traseras y la matricula a la vista.
Resulta que la semana pasada, bajando por la A23 desde Teruel direccion Valencia, me para la Guardia Civil. Estaban registrando a otro coche que tenían parado, nosotros al vernos con las niñas atrás nos piden documentación y ya está.
Justo cuando estoy arrancando uno de los gardia civiles me hace bajar y me comenta que no puedo llevar el portabicis sin una placa portamatriculas con luces, freno, intermitentes detras... Le comento que trata del portabicis fiamma diseñado para T3, las luces y la matricula quedan visibles debajo de las bicicletas. Ademas llevo la placa V20 colocada. El contesta que no es qüestión que se vean o no, sino que no puede colgar nada detrás de la matricula. Como no lo tengo claro le digo que lo arreglare, no me multan y me dejan seguir.
¿Tenian razon ellos?

+gvr

Cita de: eskorbuto en Septiembre 02, 2016, 01:38:48 am
... no puede colgar nada detrás de la matricula.


Evidentemente si se puede y en mayor o menor medida dependiendo de la clasificación de la furgo.

Con la ley en la mano si ocultas matrícula o pilotos traseros los tienes que replicar. En caso contrario, que creo que es el tuyo, pues no. Pero también es verdad que por la noche, o en condiciones de baja visibilidad, tienes que llevar una luz roja en la zona más sobresaliente del portabicis independientemente de si no se tapan las de la furgo. Si tienes bola de remolque ponte un portamatriculas con luces e iras mejor  ;)

Un saludo!
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

Elfossie

Artículo 15. Dimensiones de la carga.
1. La carga no sobresaldrá de la proyección en planta del vehículo, salvo en los casos y
condiciones previstos en los apartados siguientes. En los de tracción animal, se entiende por
proyección la del vehículo propiamente dicho prolongada hacia adelante, con su misma anchura, sin
sobrepasar la cabeza del animal de tiro más próximo a aquél.
2. En los vehículos destinados exclusivamente al transporte de mercancías, tratándose de
cargas indivisibles y siempre que se cumplan las condiciones establecidas para su estiba y
acondicionamiento, podrán sobresalir:
a) En el caso de vigas, postes, tubos u otras cargas de longitud indivisible:
1.º En vehículos de longitud superior a cinco metros, dos metros por la parte anterior y tres
metros por la posterior.
2.º En vehículos de longitud igual o inferior a cinco metros, el tercio de la longitud del
vehículo por cada extremo anterior y posterior.
b) En el caso de que la dimensión menor de la carga indivisible sea superior al ancho del
vehículo, podrá sobresalir hasta 0,40 metros por cada lateral, siempre que el ancho total no sea
superior a 2,55 metros.

3. En el resto de los vehículos no destinados exclusivamente al transporte de mercancías la
carga podrá sobresalir por la parte posterior hasta un 10 por 100 de su longitud, y si fuera
indivisible, un 15 por 100.
4. En los vehículos de anchura inferior a un metro la carga no deberá sobresalir lateralmente
más de 0,50 metros a cada lado de su eje longitudinal. No podrá sobresalir por la extremidad
anterior, ni más de 0,25 metros por la posterior.
5. Cuando la carga sobresalga de la proyección en planta del vehículo, siempre dentro de los
límites de los apartados anteriores, se deberán adoptar todas las precauciones convenientes para
evitar daños o peligros a los demás usuarios de la vía pública, y deberá ir resguardada en la
extremidad saliente para aminorar los efectos de un roce o choque posibles.
6. En todo caso, la carga que sobresalga por detrás de los vehículos a que se refieren los
apartados 2 y 3 deberá ser señalizada por medio de la señal V-20
a que se refiere el artículo 173 y
cuyas características se establecen en el anexo XI del Reglamento General de Vehículos. Esta señal
se deberá colocar en el extremo posterior de la carga de manera que quede constantemente
perpendicular al eje del vehículo. Cuando la carga sobresalga longitudinalmente por toda la anchura
de la parte posterior del vehículo, se colocarán transversalmente dos paneles de señalización, cada
uno en un extremo de la carga o de la anchura del material que sobresalga. Ambos paneles deberán
colocarse de tal manera que formen una geometría de «v» invertida. Cuando el vehículo circule entre
la puesta y la salida del sol o bajo condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan
sensiblemente la visibilidad, la carga deberá ir señalizada, además, con una luz roja
. Cuando la carga
sobresalga por delante, la señalización deberá hacerse por medio de una luz blanca.
7. Las cargas que sobresalgan lateralmente del gálibo del vehículo, de tal manera que su
extremidad lateral se encuentre a más de 0,40 metros del borde exterior de la luz delantera o
trasera de posición del vehículo, deberán estar entre la puesta y la salida del sol, así como cuando
existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad,
respectivamente, señalizadas, en cada una de sus extremidades laterales, hacia adelante, por medio
de una luz blanca y un dispositivo reflectante de color blanco, y hacia atrás, por medio de una luz
roja y de un dispositivo reflectante de color rojo.
8. En el caso de circulación de vehículos en régimen de transporte especial, se estará a lo
dispuesto en su autorización.

http://www.guardianesdelasfalto.com/informe-a-consulta-sobre-porta-bicicletas-y-se-tilde-al-v-20-vf21-vt6940-vp25662.html


Aunque en la página de la dgt, no hace mención alguna a la luz...

http://revista.dgt.es/es/reportajes/2014/07JULIO/0729-Como-llevar-las-bicis-bien.shtml#.V9Y6p5tf05g
La resurrección de los mamuts conducirá, afortunadamente, a la revolución iconoclasta.
Gran porra Denunciados Cabo de Gata 2016 a pesar de las advertencias:
Elfossie +10 y subo otros +10
GLazcano +15

rix

Con el tema de la luz no sé si se ponen demasiado, pero por la falta de la señal si que han caído multas. Además, si no recuerdo mal sólo vale unos 20 euros máximo, así que mejor ponerla y olvidarte de problemas. Yo con bicis la pongo siempre.

Lo que me hace dudar un poco es que mi bici es un pelín más ancha que  el culo de la furgo, pero no sobresale más que los retrovisores, así que tampoco me rallo demasiado con el tema. Porque como tenga que meter señales transversales en los laterales de las ruedas ocuparán más las señales que las bicis  .meparto

lafurgoverde

En cualquier caso yo creo que por seguridad y "economía" es mejor señalizar con luces, yo llevo unas que van a pilas y las pongo si conduzco de noche con bicis.