Multa por llevar muebles anclados Afectados!

Iniciado por Guiye, Marzo 03, 2015, 12:23:58 pm

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javi979

Me quedo por aqui, que hay enlaces muy interesantes
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Nm

Marzo 24, 2015, 15:15:50 pm #61 Ultima modificación: Mayo 17, 2020, 15:25:40 pm por Nm
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+gvr

Cita de: Primastarbeige en Marzo 24, 2015, 15:15:50 pm
Entonces cuando te recibe una grúa, te tiene que vaciar el deposito de combustible, porque ese deposito no esta homologado para llevar combustible en otro vehículo? O en un remolque ? En mi moto caben 15 litros, y se pueden llevar muchos mas en el interior del vehículo en recipientes homologados.
No entiendo  .panico


Recifico!!! que dicen que es de sabíos.

Miraba las exenciones del ADR del epígrafe 1.1.3.1 Exenciones relacionadas con la naturaleza de la operación de transporte que es el que me afecta por mitrabajo... pero revisando la normativa resulta que hay otro epígrafe específico que si lo contempla

1.1.3.3 Exenciones relativas al transporte de los carburantes líquidos

Las disposiciones del ADR no se aplicarán al transporte:
a)
...
b) del carburante contenido en el depósito de los vehículos o de otros medios de transporte (por ejemplo, embarcaciones) que sean transportados como cargamento, cuando dicho depósito esté destinado a su propulsión o al funcionamiento de alguno de sus equipos.
Las llaves de paso situadas entre el motor o los equipos y el depósito de carburante, deberán estar cerradas durante el transporte, excepto cuando sea indispensable que dicho equipo permanezca operativo. Cuando proceda, los vehículos u otros medios de transporte deberán ser cargados verticalmente y ser fijados para que no vuelquen.


O sea, que si se puede. Solo hay que tener esas precauciones, llave de paso cerrada e depósito en vertical, o sea que no se puede llevar la moto tumbada con carburante en el depósito.

Siento la confusión!

Un saludo!
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

jonymepeino

Otra cosa sera dentro de una furgo, al menos dependiendo de la clasificacion de esta, no sera el primero que va de tandas con la moto cargada en la furgo, le paran en un control y se la clavan...
NO RESPONDO CONSULTAS TÉCNICAS POR MP                         -------LO SIENTO-----

                    ¡¡Change to Camper!!

Californication:
http://www.furgovw.org/index.php?topic=299876.0
 CaliFORDnication custom: https://www.furgovw.org/index.php?topic=351899.0

+gvr

Por supuesto, no se puede llevar en cualquiera...

un saludo!
Busco SEPARADOR / REJILLA DE CARGA para WV T4.  http://www.furgovw.org/index.php?topic=250557.0

Busco BARRAS de CARGA para WV T4. http://www.furgovw.org/index.php?topic=295774.0

Nm

Marzo 24, 2015, 20:50:56 pm #65 Ultima modificación: Mayo 17, 2020, 15:24:54 pm por Nm
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stratov62

Bueno señores, ayer la GC me puso una a mi de 80€ pronto pago 40€, por llevar carga sin asegurar, me dijo que debia llevar un separador de carga, asi que a comprar uno o a homologar, no obstante, si homologo podria anclarlo al suelo?

Saludos,


Tene


Iñork ez zidan esan euskaldun izatea zein nekeza den...

beep-beep

Cita de: davidmat en Marzo 12, 2015, 21:13:49 pm
estas son las cosas que no entiendo de las normas.... que si llevo los arcones todos sueltos por la parte de atrás o con dos pulpos, es carga y vale..... pero si me preocupo por la seguridad y me da por utilizar algún amarre de los de carga o tornillo a la estructura para que no nos maten en caso de accidente, pues es reforma y voy mal....

A ver, mi intención es tener la furgo en 8 plazas en invierno y pasar a 4 o 5 y los arcones para la cama en verano.... ¿Cómo lo hago? ¿que legalizo? la tengo como 1000. Si la paso a 1038 ¿me vale para todo y puedo irlo montando y desmontando a voluntad sin problemas?


Por ir sueltos y considerarlo carga no te valdrá el atarlo con pulpos o mejor dicho mal-atarlo. Lo mas seguro que si se chusca el de la boleta te multe por ir carga suelta sin amarrar. Para ello deberas de emplear cinchas de calidad y amarradas a los puntos de anclaje que lleva la zona de carga de un vehiculo determinado.

A un amigo le caban de hacer desmontar en la ITV una furgo de curro por llevar dos cajones anclados a un tablero de suelo y tambien a partes de chapa de la furgo, y llevaba manpara separadora. Vamos como lo lleva el 99,99% de los curritos de este pais.
Una vez le pegué una patada a una lampara, salió el genio y como deseo le pedí mucha y buena salud. El cabrón me hizo autónomo.

Argibay

El separador de carga debe de ser entero, me refiero a que tiene que cubrir todo el ancho de la furgo o solo lo de los asientos, porque he visto alguna que solo lleva detras de los 2 asientos delanteros que no se si sera legal.Me refiero en un mixto.


Nm

Mayo 05, 2015, 00:08:06 am #71 Ultima modificación: Noviembre 17, 2016, 21:11:56 pm por Primastarbeige
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matx

Pues vaya tela yo siempre e ido en las furgos sin separador ni nada de eso, con pulpos y cinchas y nunca me an dicho nada y e pasado controles y demas y nada
citroen jumper -99  X
vito 108cdi -99
elnagh joxy16 -04   X
fiat ducato globetrotter -90

josetransit74

Hola compañero tu furgo es una Transit?
Es que yo tengo una el 98 y no me saben dezir los puntos d anclaje d la Transit además podrías ayudarme y dezir me donde comprar los anclajes d anillas que yevas en el suelo?
Gracias y saludoa

tio calavera

Si en las furgonetas mixtas adaptables la carga tiene que ir amarrada, alguien puede explicarme, ¿por que las furgonetas de mensajería no llevan los paquetes amarrados?.
¿Es por que la caja es independiente del espacio del piloto?, si es así ¿en una furgoneta con separador de carga ,no necesitaríais amarrar nada? , o los del transporte incumplen la normativa, o solo depende del peso del paquete.
Perdonar, pero son solo preguntas al aire, de todas formas el titulo del hilo es ,personas a las que han multado y tras cinco paginas solo dos multas , una por llevar anclado al chasis lo que se considera reforma entiendo que por eso fue la multa y otra por invadir el espacio por encima de los asientos traseros sin red separadora de carga, ambas cosas creo que todos las tenemos claras , en estos casos no hay vacío legal.
Y lo ultimo , a los señores que fabrican esos baúles tipo obicuo ,etc ,eso de que valen para todo tipo de vehículos, nada de nada, por que si la furgoneta es turismo , ese baúl no seria equipaje de mano.
Perdonar la parrafada pero a mi todo esto de las normas me pone un poco de los nervios, un saludo a todos.
" Galicia canibal "