MULTAS: Muebles camper en vehículo mixto o turismo (no homologado como vivienda)

Iniciado por Tierras_Insólitas, Abril 07, 2012, 09:30:22 am

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chinijo

Vaya lio, aunque empiezo a entender el significado de cada codigo, no me queda claro si voy o no legal.
Mi caso, una Berlingo XTR.

3100 Vehiculo Mixto Adaptable. Tendría que pasar la ITV a los dos años, la he pasado a los tres años, cuando me entere del tema, aproveche el paso que tenia que ir a la ITV, para pasarla a turismo, 1000 y aprovecharme de la periodicidad de las revisiones,no se si ademas de esto, habria alguna otra entaja, limite de velocidad, importe del impuesto municipal, etc.

Mi preparacion CAMPER, se traduce a la minima expresión, un par de arcones y unos tableros que hacen de base de la cama, como todo queda bastante ajustado en el espacio, no llevo nada amarrado y nada se me mueve, un camping gas en su maletin, una nevera tipo playa como cualquiera que se va a pasar un fin de semana al campo o a la playa, pensaba que:

- Si los muebles van fijados-anclados etc son reforma y necesitan homologacion.

- Si son desmontables y van sueltos ( o que se puedan soltar facilmente ) no necesitan homologar.

La duda me surge, ahora como turismo. Puedo llevar esos dos cajones y esas maderas??????
Ahora ni siquiera las llevo trincadas, si le pongo unas cinchas con unas chicharras, pasaria como una carga, particular¿¿¿¿
No me preocupa tanto la ITV, pues siempre puedo desmontarlo si hiciera falta, solo me han abierto el maletero cuando hice el cambio de mixto a turismo, luego lo normal, abrir las puertas y tirar de los cinturones, no se ve nada de camperizacion. Me preocupa mas si me para la G.C.

Por otro lado, como turismo, pasa ITV cada dos años y a partir de 10 años cada 6 meses.... entonces me pregunto, me interesaria mas tenerlo como lo tenia, 3100 Vehiculo mixto y al cumplir los 10 años ( tiene 4 ahora ) pasarlo a turismo....

A veces cuanto mas lee uno, se satura de informacion y en vez de aclararme, surjen nuevas dudas.

Gracias anticipadas por dar luz entre tanta oscuridad.

salvadorte

Cita de: chinijo en Abril 12, 2012, 21:10:56 pm
Vaya lio, aunque empiezo a entender el significado de cada codigo, no me queda claro si voy o no legal.
Mi caso, una Berlingo XTR.

3100 Vehiculo Mixto Adaptable. Tendría que pasar la ITV a los dos años, la he pasado a los tres años, cuando me entere del tema, aproveche el paso que tenia que ir a la ITV, para pasarla a turismo, 1000 y aprovecharme de la periodicidad de las revisiones,no se si ademas de esto, habria alguna otra entaja, limite de velocidad, importe del impuesto municipal, etc.

Mi preparacion CAMPER, se traduce a la minima expresión, un par de arcones y unos tableros que hacen de base de la cama, como todo queda bastante ajustado en el espacio, no llevo nada amarrado y nada se me mueve, un camping gas en su maletin, una nevera tipo playa como cualquiera que se va a pasar un fin de semana al campo o a la playa, pensaba que:

- Si los muebles van fijados-anclados etc son reforma y necesitan homologacion.

- Si son desmontables y van sueltos ( o que se puedan soltar facilmente ) no necesitan homologar.

La duda me surge, ahora como turismo. Puedo llevar esos dos cajones y esas maderas??????
Ahora ni siquiera las llevo trincadas, si le pongo unas cinchas con unas chicharras, pasaria como una carga, particular¿¿¿¿
No me preocupa tanto la ITV, pues siempre puedo desmontarlo si hiciera falta, solo me han abierto el maletero cuando hice el cambio de mixto a turismo, luego lo normal, abrir las puertas y tirar de los cinturones, no se ve nada de camperizacion. Me preocupa mas si me para la G.C.

Por otro lado, como turismo, pasa ITV cada dos años y a partir de 10 años cada 6 meses.... entonces me pregunto, me interesaria mas tenerlo como lo tenia, 3100 Vehiculo mixto y al cumplir los 10 años ( tiene 4 ahora ) pasarlo a turismo....

A veces cuanto mas lee uno, se satura de informacion y en vez de aclararme, surjen nuevas dudas.

Gracias anticipadas por dar luz entre tanta oscuridad.

Mi caso particular es igual que el tuyo 3100 A partir de los 10 años cada 6 meses.La mía, No la puedo pasar a turismo, imposible, pero mirava a ver si a partir del año que viene la pasaba a mixta vivienda, no me ahorro el tema de la itv, pero si que me legalizaba los muebles....lios y complicaciones en mi itv, me han hecho desistir. Por lo que he decidido montar y desmontar los muebles ( NO ME CUESTA NADA DE TIEMPO) separador de carga de facil desmontaje, por si te para la gc y dismular con cinchas. Muy bien económicamente me tienen que ir las cosas para pasarla el año que viene lo pase a autocaravana ya que si que la puedes pasar cada año y tienes reducción en impuestos. Cada cual lo que mejor le convenga y cada uno te contará su pelicula, eres tú el que tiene que decidir.

Spooney

Cita de: URDULIZ en Abril 12, 2012, 19:44:33 pm


Por ejemplo, buena noticia es que a partir de junio por poner un asiento no hace falta proyecto, o sea que yo me ahorro 450 napos+ 18% iva en cada asiento, a partir de junio. Eso es una buena noticia.


   :o ¿Tal cual?  ¿Esto quiere decir que por fin puedo acoplarme un dichoso asiento individual de segunda fila en mi furgo sin tener que sufrir por si me para la benemérita? Si es así, me voy a la cama más contento que una tortuga con rueditas!!!  ;D

Hankun

Bueno pues yo pregunté dos veces en dos itvs distintas para contrastar información antes de ponerme a camperizar mi furgo, y lo que me dijeron las dos veces es que puedes hacer los muebles que quieras, y como quieras, sin tener que homologar nada siempre que no fijes la estructura al chasis ni enganches de los asientos ni nada así, puedes hacer unos muebles a medida que encajen en la furgo y no se muevan lo más mínimo pero que no vayan enganchados a ella. No me dijeron nada de que se tengan que poder quitar solo con las manos, de la necesidad de poner una barra separadora ni nada de nada, el tema de policías pues es lo de siempre si quieren nos pueden multar por cualquier cosa, y luego recurre si quieres, y el tema de los asientos, en mi caso es mixta adaptable y en los papeles pone 2/8 plazas, pregunte y me dijeron que podía dejarlo en 2 plazas sin ningún problema, en el caso de turismos me parece que no se puede hacer, se tiene que mantener el mismo numero de asientos que figura en los papeles.
Make Peace, Not War


Nm


Hankun

Hombre no creo que sepa yo mas que alguien que trabaja en la itv, pero me parece que si eres turismo y te pone en los papeles que 6 plazas, tienes que pasar la itv con 6 plazas, y en caso de que vayas sin alguna y te pare trafico podría haber multa, es mi opinión y lo que leí por otros sitios...
Make Peace, Not War


Nm


Hankun

Si fuera tu haría lo que vas hacer, vale mas todo por escrito y firmado que luego pasa lo que pasa, es un caso raro pero la lógica me diría que lo que tu pediste no le importaría a la itv en cuestión, mirarían los papeles de la furgo y lo que ponga ahí, espero equivocarme Primastarbeige, suerte!
Make Peace, Not War


URDULIZ

Lo siento, no puedo contestar mensajes privados, estoy muy ocupado.

pacojones

URDULIZ GRACIAS POR TODO, la verdad es que esto de CAMBIAR LEYES y NORMATIVAS es una verguenza, hoy vale mañana no pasao si, luego sólo si llevas 3 papeles luego con 1 vale luego con 2... Y CON CARACTER RETROACTIVO!!

La verdad es que estoy hecho un lio... como casi todos... y claro que me gusta ir lo más legal posible y para ello quiero gastar lo justo, ni más ni menos:

Tengo una MERCECES SPRINTER 3100 Mixto Adaptable que en papeles pone 6 plazas pero el asiento de atrás de 3 lo puedo quitar-poner

--> Quiero viajar unas veces con el asiento puesto y otras sin el (Supongo que sin problema)
--> Quiero panelarla (parece que si no supera el 5% del peso permitido se puede ATORNILLAR el panel)
--> Quero llevar una o varias motos sin gasolina en el depósito y ancladas con cinchas en los anclajes originales de la furgo
--> LLevo un separador de carga CASERO ¿SIRVE?? y ¿Es necesario para las motos si sólo sobrepasa un pelín la altura del asiento el manillar??
--> Quiero llevar una estructura de madera (con un somier y un colchón encima) anclado con cinchas a los anclajes originales de la furgo y que no sobrepasa la altura de los asientos
--> Quiero llevar un mueble de PVC y un armario (o bien una estructura de aluminio o bien uno de PVC) anclado con cinchas a los tornillos que sujetan los paneles??
--> Quiero ponerle una clarabolla en el techo, recortando chapa sin tocar ningún nervio ¿Hay que hacer algo para para legalizar?


TODO ESTO VIENE PORQUE
  --> SI VOY LEGAL CON ESTO ME CONFORMO
  --> SI NO VOY LEGAL Y TENGO QUE HOMOLOGAR entonces pasaré a 3148 pondré más cosas, más comodidades, repisas, armarios de madera, ducha, quizás otra cama en el techo o una litera, quizás otros asientos-cama, quizás amplie plazas, cambiar llantas,.... APROBECHAR.. eso sí que pueda llevar motos dentro!!!

GRACIAS A TODOS, SALUDOS y a ver que pasa..... y gracias por aguantar mi "divagaciones" .sombrero

Tierras_Insólitas

Cita de: pacojones en Abril 13, 2012, 12:01:43 pm
  --> SI NO VOY LEGAL Y TENGO QUE HOMOLOGAR entonces pasaré a 3148 pondré más cosas, más comodidades, repisas, armarios de madera, ducha, quizás otra cama en el techo o una litera, quizás otros asientos-cama, quizás amplie plazas, cambiar llantas,.... APROBECHAR.. eso sí que pueda llevar motos dentro!!!

GRACIAS A TODOS, SALUDOS y a ver que pasa..... y gracias por aguantar mi "divagaciones" .sombrero


A 3148 o a 1034??? Yo seguramente lo pase a Turismo Vivienda  ;D
Nuestro Blog de viajes: www.tierrasinsolitas.com

Nuestra furgo y bricos (RE-Camperizando de nuevo...): http://www.furgovw.org/index.php?topic=237309.0

URDULIZ

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mac.condor

 la historia de pacojones como la mia es usar la furgo con múltiples usos porque va a ser que no nos vamos a comprar una furgo para cada caso. Lo que veo es que no se puede homologar nada porque entonces no se convierte en mueble de quita y pon; y si se uqeda fijo perdemos el otro uso que queremos darle.

Ah, y decir que conozco a mas de uno que tiene un motor o una moto metida dentro de casa: yo tengo una minimoto encima de la chimenea.   .meparto

Lo de la manpara vuelvo a preguntar lo mismo: ¿no existía una ley que decía que si la carga no pasaba de la altura del asiento no hacía falta, siempre y cuando vaya todo fien atado?
no se sabe lo bueno que es un arbol hasta que  cae; igual le pasa al hombre

yo leo la biblia. Se llama "ARIAS PAZ"

Hankun

Pacojones con respecto a la claraboya, hay que pedir permiso a la marca y demás...
Make Peace, Not War


URDULIZ

Os pongo dos contestaciones recientes, la primera es parte de un escrito de 5 puntos que os pondré más adelante, ya que yo también tengo que masticar las noticias, el segundo es completo. Son mensajes recibidos por dos laboratorios distintos y sobre temas distintos que explicaré más adelante y lo voy a adecuar a una de las preguntas más famosas del foro.

Por ejemplo pregunta: si me instalo........bla,bla,bla.......y voy a donde.... bla,bla,bla....... que me dice que me hace el certificado:

1)      La "venta de informes" de cumplimiento de actos reglamentarios para la legalización de una reforma no es legal. El fabricante que dispone de unos ensayos realizados en un Servicio Técnico es el único que conoce el producto y la manera de que cumpla la instalación. Se admiten plantas de montaje autorizadas, pero no el envío de un determinado asiento y los ensayos realizados para que un taller no controlado los instale (esto se conoce como "venta de informes/ensayos").




Como veo que no está claro lo que es tener más plazas o menos
Como veo que entendeis lo que es 3148, 3100, 1048 etc  todo ello M1 Esto puede que os responda a la pregunta de lo que podeis cargar en un vehículo para uso particular de un particular. ( y por donde puede que vengan los tiros proximamente)



Según las fotos enviadas vemos que la reducción de plaza delantera consiste en sustituir el asiento doble del copiloto,

por lo tanto, necesitamos documentación de la procedencia del nuevo asiento y fotografías del marcado de los cintos.

También comentarle que para que el vehículo siga siendo categoría M1 debemos bajar la MTMA a 2.470 kg.

Nos mantenemos a la espera de su respuesta.


Que significa esto? que un vehículo pasa de 2900Kg a solo poder cargar 2470Kg que es la suma del peso del vehículo más el número de plazas + un pequeño %. Y si es mixto, entonces en el caos de no llevar gente, puede sustituir el peso de la carne por carga.

Y si es mixto de empresa entoces sigue con sus 2900Kg. claro está que debe seguir manteniendo las  condiciones de carga.



El resto del 1er mensaje, me teneis que perdonar pero tengo la obligatoriedad de esperar.

Saludos,
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