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Tengo la legislación de la comunidad de Madrid, pero no sé como adjuntar un pdf o un word, y no veo en ellas referencia al tema que nos ocupa. Si me dices como hacerlo te las envío directamente. Saludos. (no sé si copiarlas completas sin ver las referencias que buscamos), espero tu contestación al respecto. Saludos.
En lo referente a Andalucía pone:2. Sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, únicamente se permitirá la acampada de autocaravanas en las zonas específicamente habilitadas por los Municipios al efecto, en el marco de lo establecido en la normativa de carreteras. Asimismo, se adoptarán las medidas medioambientales necesarias para asegurar la adecuada conservación y protección del lugar en que se ubiquen.Por lo que entiendo que se exige estar dentro de las normas de circulación y por tanto favorables a la pernocta según lo establecido por la DGT.
En Andalucía se protege la costa y los parques naturales bajo el amparo de normas sobre costas y espacios naturales y nunca regulada por la consejería de turismo.
En Andalucía la ley de turismo diferencia claramente ac´s del resto de elementos como tiendas y caravanas